Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/3/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 7 de marzo de 2022

BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
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arts. 42, 45 y 79 del Código Penal-, en carácter de co-autor -art. 45 del C. P.- e imponerle la única de cinco 5
años y ocho 8 meses de prisión que resulta comprensiva de la presente y de la condena anteriormente dictada en fecha 17/09/2021 -que se encuentra firmeque lo declaró autor responsable de los delitos de coacciones agravadas por uso de arma de fuego, robo agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa, tentativa de lesiones graves con arma de fuego y daño, hechos vinculados entre sí bajo las reglas del concurso real -arts.
391 y cnds. del Cód. Procesal Penal, arts. 5, 12, 40, 41, 41 bis, 42, 45, 55, 90, 149 ter inc. 1, 166 inc. 2 y 183 del C.P.- y le impuso la pena de cuatro años y seis meses de prisión Cfr. Legajo de OGA Nº 14030, caratulado Silva Alexander Miguel, Silva Georgina Magdalena, Silva Sabrina Daniela, Silva Diego Gustavo s/ Coacciones agravadas tentativa de homicidio daño en concurso real robo agravado por el uso de arma de fuego, con más las accesorias legales -art. 12 del C.P.-.
II Declarar las costas a cargo del imputado -arts. 584 y 585 del C.P.P..III No regular los honorarios profesionales de los Dres. Javier I. Aiani y Walter Rolandelli en razón de no haberlo peticionado expresamente art. 588 del C.P.P. y art. 97 inc. 1 del Decreto Ley 7046/82 ratificado por Ley 7503.IV Efectúese por la Dirección de O.G.A. el informe a la víctima dispuesto por el art. 11 bis Ley 24.660
incorporado por art. 7 Ley 27.375 - B.O. 28.07.2017, y en su caso cumplimente los recaudos allí previstos.V Protocolicese, regístrese, comuníquese la presente, sólo en su parte dispositiva, a la Oficina de Gestión de Audiencias, Jefatura de Policía de Entre Ríos, Boletín Oficial, Juzgado Electoral, Secretaría Electoral Municipal, Área de Antecedentes Judiciales del S.T.J., Registro Nacional de Reincidencia y demás organismos administrativos. Practíquese cómputo de pena, líbrense los despachos pertinentes, y en estado archívese.- Fdo:
Dr. Gervasio Pablo Labriola, Vocal de Juicio y Apelaciones Nº 5.Se hace saber que el nombrado Alexander Miguel Silva, alias Colombo, es argentino, DNI 41.980.444, nacido en Paraná, el 22/06/1994, domiciliado en Barrio 4 de Julio, calle Francia -cerca de la plazacasa de ladrillo hueco, de Paraná, hijo de Justo Silva y de María del Carmen Cabrera.Pongo a su conocimiento que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación es el 20/12/2025 veinte de diciembre de dos mil veinticinco.Paraná, 18 de febrero de 2022 - Noelia V. Ríos, Secretaria OGA - Paraná S.C-00015529 3 v./07/03/2022

-- -- -Por medio del presente testimonio, se comunica la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena respecto de José María Rodríguez, dispuesta en la sentencia que a continuación se transcribe, a sus efectos:
En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos a los siete días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno RESUELVO: I.- Declarar a JOSE MARIA RODRIGUEZ, D.N.I. N 42.242.687, cuyos demás datos de filiación ya se mencionara, autor material y penalmente responsable de los delitos de: tenencia ilegitima de arma de fuego de guerra Leg. 142345, 189 bis, inc. 2, segundo párrafo y, robo agravado por el uso de arma y lesiones graves -166 inc. 2, 90 Legajos N 152483 y 152897 unidos bajo las reglas del concurso real, previstos en los artículos 55 y, art. 45 C.P. y, condenarlo a la pena de cinco 5 años de prisión de cumplimiento efectivo cfme. art. 5, 40, 41 del Código Penal y, art. 391 del C.P.P.-, debiendo practicarse inmediato computo por parte de la señora Directora de la OGA. Costas de Oficio. -art. 584 ss. y cc. del C.P.P.II.- Disponer el inmediato alojamiento de JOSE MARIA RODRIGUEZ, D.N.I. N 42.242.687 en la Unidad Penal Nº1 de la ciudad de Paraná, oficiando al señor Director de la Unidad Penal.III.- Incorporar las evidencias -ahora pruebasenunciadas, obrantes en los legajos N 142345, 152483 y 152897
acompañados por la Fiscalía al presente, debiendo personal de OGA anexar por cuerda las mismas;
procediéndose al eventual desglose de aquella documental que -de peticionarlooportunamente individualice el MPF mediante la incorporación de piezas certificadas en su reemplazo.
IV.- Notificar a la victima: Gonzalo Abdon Zamora de la presente -cfme. art. 11 bis de la Ley N 24.660, ref. por la Ley N 27.375 y, art. 73 inc. e del C.P.P.E.R..V.- Proceder a dar lectura y entregar copia de la presente el día: viernes 10 de diciembre de 2021, a la hora 11:00.VI.- Protocolícese, regístrese, comuníquese la presente, sólo en su parte dispositiva, a la Jefatura de Policía de Entre Ríos, Boletín Oficial, Área de Antecedentes Judiciales del S.T.J. y Registro Nacional de Reincidencia,

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/3/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha07/03/2022

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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