Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/1/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 12 de enero de 2022

BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
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real en calle Atahualpa Yupanqui N 432 de la ciudad de Paraná, Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos y se ha dispuesto que quienes se consideren con derecho podrán presentar sus pedidos de verificación ante la sindicatura, Cra. Lorena Gabriela Moraguez, con domicilio constituido en calle Sarobe N 451 de esta ciudad, quien atenderá los días lunes, martes, miércoles y viernes de 8 a 10 hs y jueves de 18 a 20 hs días hábiles judiciales hasta el día 23.03.2022 inclusive.
Se han fijado los días 05.05.2022 y 17.06.2022 para que la síndica presente, respectivamente, los informes previstos en los arts. 35 y 39 por remisión del art. 200 de la Ley 24.522.
DEJO CONSTANCIA que el edicto que antecede deberá publicarse por cinco 5 días en el Boletín Oficial y El Diario de Paraná, sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos necesarios para oblar el costo de publicación, cuando los hubiere art. 89 de la Ley 24522.
Paraná, 22 de diciembre de 2021 María Victoria Ardoy, secretaria.
F. 05-00001146 5 v./14/01/2022

GUALEGUAYCHU

El Juzgado Civil y Comercial Nº 2, de la ciudad de Gualeguaychú sito en calle Saenz Peña Nº 94, a cargo de Dr.
Marcelo J. Arnolfi, Secretaría a cargo de la Dra. Sofía De Zan, comunica por cinco días en los autos Sánchez Heber Luis María s/ Quiebra quiebra del patrimonio del fallecido - Hoy concurso, Expediente Nº 12385 que con fecha 23 de diciembre de 2021 se ha decretado la quiebra del patrimonio del fallecido, Sr. HEBER LUIS MARÍA
SÁNCHEZ, DNI Nº 5.853.254, CUIT Nº 20-5853254-2, con domicilio denunciado en calle Lavalle Nº 222 ciudad.
Interviene la sindicatura a cargo del Contador Luis Alberto Dalcol, domicilio en 25 de Mayo 891, primer piso.
Hágase saber a los acreedores y herederos que se ha ordenado intimar a los herederos del fallido a poner a disposición del Sr. Síndico, dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad y giro de la actividad como asimismo la entrega de sus bienes; disponer el desapoderamiento de los bienes del fallido, ordenando a sus herederos y a terceros su entrega al síndico, en la forma dispuesta por el art. 177, inc. 2º LCQ; intimar a terceros, incluyendo a los estudios jurídico y contables que asesoran al deudor, para que entreguen al Síndico los bienes y documentación del fallido procediéndose a la inmediata incautación y segura posesión de los mismos con los alcances de ley; prohibir a la fallida hacer o recibir pagos, los que serán ineficaces. Publíquese por cinco días.
Gualeguaychú, 27 de diciembre de 2021 - Sofía De Zan, secretaria.
F.C. 04-00025540 5 v./13/01/2022

SENTENCIAS

GUALEGUAY

Hago saber que en el marco del Legajo de I.P.P. Nº 32881/21, caratulado N.M.A. s/ Su denuncia, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en su conocimiento la parte pertinente de la sentencia de fecha 27 de octubre de 2021, recaída en autos respecto del incurso Gastón Daniel Pereyra, alias no posee, de nacionalidad argentina, titular del D.N.I. Nº 39.033.917, nacido en Gualeguay, el 16/09/1995, con estudios primarios completos hijo de Fernando García y de Mónica Esther Pereyra, que dice:
SENTENCIA: 1º Homologar el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes y considerarlo parte integrante de la presente.2º Declarar a GASTON DANIEL PEREYRA, ya filiado en autos, autor penalmente responsable de la comisión del delito de abuso sexual simple, atribuible a Pereyra en calidad de autor -arts. 119 primer párrafo y 45 del CP-, hecho ocurrido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que le fuera imputado, y en consecuencia condenar al mismo a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional, acordándose además la imposición de las siguientes reglas de conducta por el plazo de tres años -art. 27 bis C.P.-: Prohibición para Gastón Daniel Pereyra de realizar cualquier tipo de acto molesto, violento y/o perturbador hacia la persona de Miriam Alejandra Nosiglia, sea en forma directa o indirecta y por cualquier vía o medio, así como la prohibición de acercarse a un radio

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/1/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha12/01/2022

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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