Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/11/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

Marcelo s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 15111, año 2020, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados al fallecimiento de la Sra. GROSSO GRACIELA NOEMI, DNI
N 12.448.726, fallecida ab intestato en la ciudad de San José el día 23 de octubre de 2006 y del Sr. BECKER NICOLAS MARCELO, DNI
N 11.711.966, fallecido ab intestato en fecha 12 de setiembre de 2020, en la ciudad de Colón, ambos vecinos de la ciudad de San José, para que en el plazo de treinta días corridos lo acrediten, en la forma y bajo los apercibimientos de ley.
La resolución que ordena el libramiento del presente en su parte pertinente, textualmente dispone: Colón, 21 de octubre de 2020.
Publíquense edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un periódico de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta días, Art. 2340 del Código Civil y Comercial. María José Diz, Jueza.
Colón, 27 de octubre de 2020 Juan Carlos Benítez, secretario F.C. 04-00012370 3 v./06/11/2020
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, de la ciudad de Colón, Prov. de Entre Ríos, a cargo de Arieto Alejandro Ottogalli, Juez, Secretaría a cargo de la Dra. Flavia Cecilia Orcellet, en los autos caratulados Klaus, Adolfo s/ Sucesorio ab intestato Expte. N 14503, cita por el término de treinta días, bajo apercibimiento de ley, a quienes se consideren con derechos, para que así lo acrediten, a los bienes dejados por el fallecimiento del causante, ADOLFO KLAUS, DNI Nº 8.418.875, fallecido el día 05 de marzo de 2020, con último domicilio en calle Avda. Los Aromas Nº 6 de la ciudad de Ubajay, Dpto. Colón, Prov. de Entre Ríos.
Como recaudo se transcribe la resolución que así lo dispone y que en su parte pertinente dice: Colón, 24 de agosto de 2020 Resuelvo:
3.- Decretar la apertura del juicio sucesorio ab intestato de Adolfo Klaus, DNI N 8.418.875, vecino que fue de la ciudad de Ubajay, Depto. Colón. 4.- Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley Arieto Alejandro Ottogalli, Juez.
Colón, 16 de octubre de 2020 Flavia C. Orcellet, secretaria.
F.C. 04-00012391 3 v./09/11/2020
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, de la ciudad de Colón, de esta Provincia, a cargo de Arieto Alejandro Ottogalli, Juez, Secretaría de la Dra. Flavia C. Orcellet, en los autos caratulados Benítez Gregorio -Sucesorio ab intestato, Expte. N
14425-20, cita y emplaza, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados al fallecimiento del causante BENITEZ GREGORIO, D.N.I. Nº 4.709.796, vecino que fue de Distrito Tercero, Colonia Santa Rosa, Departamento Colón y que falleciera sin dejar testamento conocido el día 21 de febrero de 2020 en Colonia San Miguel, Dpto.
Colón, Provincia de Entre Ríos, para que en el término de 30 días lo acrediten.
La resolución que así lo ordena, en su parte pertinente indica Colón, 21 de agosto de 2020. 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio ab intestato de Gregorio Benítez, DNI N4.709.796, vecino que fue de Pueblo Cazes, de este departamento. 3.- Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley.- Fdo. Dr. Arieto Alejandro Ottogalli, Juez.
Colón, 26 de octubre de 2020 Flavia C. Orcellet, secretaria.
F.C. 04-00012413 3 v./09/11/2020

CONCORDIA
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, de la ciudad de Concordia, a cargo del Dr. Gabriel Belén, Secretaría a cargo de la Dra. Gimena Bordoli, en autos caratulados: Merro, Andrés Eugenio s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 9042, cita y emplaza por treinta días corridos, a quienes se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento de ANDRÉS EUGENIO MERRO, DNI Nº 8.039.780, cuyo fallecimiento ocurrió en la ciudad de Concordia, el día 24 de noviembre de 1999; bajo apercibimientos de ley.
Como mejor recaudo se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo ordena: Concordia, 22 de octubre de 2020 Visto:

Paraná, jueves 5 de noviembre de 2020

Resuelvo: 1.- 2.- 3.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Andrés Eugenio Merro, MI Nº 8.039.780, vecino que fuera de esta ciudad.- 4.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local; en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten.- 5 - 6.- 7 8.- 9.- 10 Notifíquese conforme los Arts. 1
y 4 del Acuerdo General STJ N 15/18 SNE. Fdo. Dr. Gabriel Belén, Juez Civil y Comercial.
Concordia, 23 de octubre de 2020 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 04-00012279 3 v./05/11/2020
En el juicio caratulado Tolomei Rodolfo Ramón s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 9039 que tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial N 2, de esta ciudad de Concordia, a cargo del Dr.
Gabriel Belén Juez, Secretaría única a cargo de la Dra. Gimena Bordoli, se cita por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento de Don TOLOMEI RODOLFO RAMON, DNI Nº 10.911.901, nacido en Concordia, el día 29 de marzo de 1954, domiciliado en Victorino Simón Nº 1385 y fallecido el día 24 de septiembre de 2020, ambos en la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos Se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo dispone: Concordia, 14 de octubre de 2020. Visto: Resuelvo:
1.- 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Rodolfo Ramón Tolomei, DNI Nº 10.911.901, vecino que fuera de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten. 4.- 5.- 6 7.- 8.- 9.- 10.- 11.- Notifíquese, conforme los Arts.
1 y 4 del Acuerdo General STJ Nº 15/18 SNE. Gabriel Belén, Juez.
Concordia, 14 de octubre de 2020 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 04-00012290 3 v./05/11/2020
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6 a cargo del Dr. Diego Luis Esteves, Juez interino, Secretaría única a cargo de la Dra. Natalia Gambino, sito en calle Mitre Nº 28, 2º piso, ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, cita por el término de treinta días 30, en autos: García Carla Romina s/
Sucesorio ab intestato, Expte. N 9024 - Año 2020, a todos quienes se consideren con derechos a los bienes dejados por fallecimiento CARLA ROMINA GARCIA, DNI 38.545.471, nacida el día 06 de Enero de 1995, hija de Carlos Enrique García y de Patricia Liliana Kloss, fallecida el día 03 de Agosto de 2019, vecina que fuera de la cuidad de Concordia, E.R., quien era de estado civil soltera sin hijos.
A tal fin se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo dispone: Concordia, 07 de octubre de 2020. Visto: Resuelvo:
1.- Tener por presentado al Sr. Esteban Andrés Binaghi en ejercicio de sus propios derechos, con el patrocinio letrado del Dr. Diego A.A. Cabrera, con el domicilio real denunciado y procesal constituído, por parte, otórgasele intervención conforme a derecho. 2.Decretar la apertura del juicio sucesorio de Carla Romina García, vecina que fuera de esta ciudad. 3. Mandar a publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local para que en el plazo de treinta días corridos se presenten todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, para que así lo acrediten. 4.- Manifestar bajo juramento la inexistencia de otros herederos conocidos de la causante. 5.- Dar intervención al Ministerio Fiscal. 6.- Librar oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos, a fin de comunicar la iniciación de las presentes actuaciones. 7.- 8.- Tener presente las cesiones de derechos manifestadas con la documental pertinente. 9.- Dar intervención a la Administradora Tributaría de Entre Ríos ATER. 10.- La presente se suscribe mediante firma electrónica -Resolución STJER N 28/20, del 12/04/2020, Anexo IV. A lo demás, oportunamente. Fdo. Dr. Diego Luis Esteves, Juez.
Mail Institucional: jdocyc6-con@jusentrerios.gov Concordia, 19 de octubre de 2020 Natalia Gambino, secretaria.
F.C. 04-00012307 3 v./05/11/2020
Juzgado Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Concordia, Entre Ríos, a cargo del Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Juez Civil y Comercial, Secretaría a cargo del Dr. José María Ferreyra, en los autos caratulados Falcón, Desiderio s/ Sucesorio ab intestato, Expte.
N 13264, cita y emplaza por el término de treinta 30 días, a los herederos y acreedores de Don DESIDERIO FALCON, DNI N

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/11/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha05/11/2020

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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