Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/6/2017

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 13 de junio de 2017
controles para pequeñas intervenciones hidráulicas que ameritan un control menos riguroso que el dispuesto por la Ley 9172 y normas concordantes.
4. Expte. 251.205 Bonzi, Luis Eduardo GANALVER S.A evaluada una sanción o intimación a continuar el trámite, se resuelve de común acuerdo que dado el tiempo transcurrido sin actividad de CORUFA se comience por la intimación a reanudar el procedimiento, bajo apercibimiento de imponer las sanciones de ley.
5. Exptes. 576.259 BESCA S.A. Buena Esperanza. En atención a lo resuelto a fs. 249 por resolución plenaria de fecha 7.11.13 donde se dispuso la autorización con las condiciones allí dispuestas y por el término de 5 años a contar del respectivo decreto reglamentario. Que asimismo en atención a lo dictaminado a fs. 254
vta, corresponde al plenario reordenar el presente expediente, y dar una solución administrativa, actualizándolo a los criterios vigentes.
En consecuencia, siguiendo con lo dictaminado a fs. 260, de común acuerdo el plenario dispone modificar la resolución de fs. 249 por la siguiente: Otorgar a la firma BESCA S.A. ad referéndum de lo que oportunamente disponga el poder ejecutivo un permiso precario y temporario de uso de aguas superficiales de la Cañada de Torres, Distrito Tatutí, Departamento Federación, con fines de riego agropecuario por volumen de 513,87 hm3, bajo las limitaciones establecidas por Ley 9172 y normas complementarias, por el plazo de 10 años, contando el mismo a partir de la presente resolución. En consecuencia, elévese al Poder Ejecutivo a fin de que se proceda a la correspondiente ratificación. Notifíquese.
6. Expte. 1.416.519 VACAPI. De común acuerdo se resuelve intimar al interesado a que se manifieste si desea continuar con el proyecto de obra presentado, tal cual consta en el presente expediente, o si en su defecto se harán modificaciones, haciendo saber que en este último caso deberán analizarse nuevamente el proyecto productivo por las áreas técnicas. Notifíquese.
7. Expte. 556.959 Río Barrancas S.A. De acuerdo a los informes técnicos de las tres áreas que comprenden el ámbito administrativo de Corufa se resuelve: Otorgar bajo las limitaciones establecidas por la Ley 9172 y normas complementarias, por el término de 10 años el permiso de uso precario y permanente de Aguas a través de la obra hidráulica realizada por Río Barrancas S.A.
en la Estancia La Colorada, en Distrito Tatutí, Departamento Federación, ad referéndum de lo que oportunamente disponga el Poder Ejecutivo.
Ordénese la publicación de edictos a cargo de la Coordinación de Corufa, y cumplido el plazo legal sin oposiciones elévese al Poder Ejecutivo para su aprobación definitiva. Respecto a la sanción dispuesta en el Acta Plenaria Nº 54, de fecha 06
de junio de 2006, por los motivos expuesto en el informe que antecede, déjese sin efecto. Notifíquese.
8. Expte. 1.124.894 interlagos-fideicomiso CAT Del Litoral La coordinación informa estado del presente expediente, y se resuelve de común acuerdo intimar a la presentante a reanudar el procedimiento y a cumplimentar toda la documentación exigida por ley dentro del plazo de 60 días Depósito del Bono, acreditación de la vinculación jurídica, representación legal, formularios tipo, registración de cada uno de los pozos de agua subterránea, asimismo para que informe sobre las obras realizadas, y cumpla con los requerimientos del informe de fs. 169 análisis de aguas, vertidos de acuerdo a la Ley 6260, todo ello bajo apercibimiento de que cumplido el plazo sin haber cumplimentado se imponga una sanción de pesos doscientos mil $ 200.000.
9. Expte. 1.165.682 IBERPAPEL Argentina S.A.: Analizados los informes técnicos agronómicos, hidráulico y legal que anteceden, el Plenario de común acuerdo resuelve: 1 aprobar a Iberpapel Argentina S.A., ad-referéndum de lo que oportunamente disponga el Poder Ejecutivo, y por el término de 10 años a contar
BOLETIN OFICIAL
a partir de la presente resolución plenaria de Corufa, la obra hidráulica de Defensa y toma de Agua realizada en la Estancia La Pellegrini, Departamento de Colón, bajo las condiciones y condicionalidades que surgen del proyecto productivo y de obra hidráulica presentado por la interesada y por la Ley 9172 y normas complementarias. 2 Ordenar la correspondiente publicación de edictos por cuenta y orden de la Coordinación de Corufa, y cumplido el plazo legal sin objeciones de vecinos, elévese al Poder Ejecutivo para su correspondiente aprobación definitiva. 3 En atención a los argumentos expuestos en el informe legal que antecede, y teniendo en cuenta las condiciones económicas de la responsable de las infracciones, se dispone de común acuerdo la imposición de una sanción del orden de doscientos mil $ 200.000, que deberá ser pagada dentro del plazo de 60 días corridos de notificada la presente, mediante depósito bancario en la cuenta Corriente del Nuevo Banco de Entre Ríos Nº 90.256/4, imputable al Fondo Provincial del Agua Ley 9172, bajo apercibimiento de hacer caer la autorización mencionada, y de iniciar la correspondiente acción judicial de ejecución.
10. 10. Expte. 1.909.151. Sociedad Rural Villaguay. Se tiene presente el informe de inspección realizado por el Área de Planificación Hidrológica, y en consecuencia se resuelve: 1
Considerar ilegal la obra inspeccionada 2 Ordenar la inmediata interrupción de la tareas de construcción de la obra, y disponer la realización inmediata de obras paliativas que eliminen la afectación de los campos vecinos, 3
Disponer la imposición al propietario de una multa de $ 50.000 que deberá ser abonada dentro de los 15 días de notificada, a través de depósito en Cuenta Corriente del Nuevo Banco de Entre Ríos Nº 90.256/4, atribuible al Fondo Provincial del Agua, bajo apercibimiento de elevar la sanción en un 100 % en caso de incumplimiento. 4 Para el supuesto de que el interesado decida mantener y avanzar con el proyecto de obra se hace saber que antes deberá cumplimentarse en forma previa con el procedimiento establecido por la Ley Provincial de Aguas Nº 9172 y su decreto reglamentario. Notifíquese.
11. Expte. 1.901.816 Florenza Denuncia Obra Irregular. Analizado el presente, el plenario resuelve de común acuerdo: 1 Declarar irregular la obra construida. 2 Por la irregularidad y por los perjuicios causados al vecino se impone en forma solidaria al propietario y al arrendatario según informe de fs. 19 una multa de pesos veinte mil $ 20.000 que deberá ser pagada dentro de los 30 días siguientes de notificada la presente resolución mediante depósito en la Cuenta Corriente del Nuevo Banco de Entre Ríos Nº 90.256/4, 3
Intimar a que en el plazo de 90 días realice las adecuaciones técnicas que garanticen el caudal mínimo ecológico en la cuenca a través de un procedimiento automatizado, bajo apercibimiento de mayores sanciones, y 4 Intimar a que en el plazo de 60 días se presenté en forma completa toda la documentación y requisitos legales para habilitar la obra según Ley 9172 Dec 7.457, bajo apercibimiento de imponer una multa de pesos cien mil $ 100.000. Notifíquese.
12. Expte. 1.590.026. Desagues Indebidos en Zona Puerto Víboras. Analizado el presente se resuelve de común acuerdo: 1 Tener por recibido los informes técnicos y constatadas las infracciones a la Ley 9.172, 2 Imponer una multa de pesos ochenta mil $ 80.000 a cada uno de los propietarios de las tres propiedades en infracción, según el informe de fs. 7, que deberá ser pagada mediante depósito en la Cuenta Corriente del Nuevo Banco de Entre Ríos Nº 90.256/4 dentro de los 90 días de notificada la presente, 3 Otorgar un plazo de 60 días corridos para que los propietarios adecuen sus propiedades a la Ley 8.318 y Ley 9.172 a fin de evitar toda forma de perjuicio a los caminos de la zona y/o vecinos, 4 Para el caso que los propietarios en infracción acredi-

15
taren el cumplimiento de la intimación que antecede en tiempo y forma, déjese sin efecto la multa dispuesta en el punto 2. Notifíquese.
13. Manifestación Cpicer: Se acuerda poner en vigencia la obligatoriedad del visado del Colegio de Ingenieros civiles.
14. Se cierra el acto.
Eduardo A. Asueta, Coord. Prov. de Sess.
Terr. y CORUFA
F. 500-00006699 3 v./14.6.17

INTIMACION
ANTERIOR

VILLAGUAY
MUNICIPALIDAD DE VILLAGUAY
La Municipalidad de Villaguay hace saber a los infractores que procederá a la disposición administrativa de los motovehículos y automotores que hayan sido retenidos en el marco de procedimientos de tránsito y se hallan depositados en dependencias municipales, cuya estadía exceda los plazos previstos en el Art. 11
de la Ordenanza 1408.
Por ello y de acuerdo al Decreto 660/2017 del Departamento Ejecutivo Municipal, intima por el plazo de quince 15 días a los titulares de los vehículos que se encuentren en dicha situación cuya estadía exceda los seis 6 meses, a fin de que se presente ante el Juzgado de Faltas de nuestra ciudad, sito en calle Alem N 557, de lunes a viernes en el horario de 7 a 12 horas, con documentación fehaciente que acredite derechos sobre el mismo. Todo ello a fines de hacer valer sus derechos y regularizar su situación, bajo apercibimiento de incorporarlo al patrimonio municipal y someterlos al proceso de descontaminación, compactación y disposición final en el marco del Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final PRO.NA.COM del Ministerio de Seguridad de la Nación.
Villaguay, 31 de mayo de 2017 Debora S.
Can to n D ebat, S e c r e t a r í a d e Se gurida d, Asuntos Legales e Institucionales.
F.C.S. 502-00016120 3 v./13.6.17

DESIGNACION DE GERENTE
NUEVA

NOGOYA
M&M INVESTMENT S.R.L.
Hace saber que en la ciudad de Nogoyá, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, en fecha 21 de octubre de 2.016, en asamblea unánime, los socios de la sociedad comercial M&M
INVESTMENT S.R.L., Juan José Moggia, Documento Nacional de Identidad número 5.880.349", Silvia Aída Ormaechea, Documento Nacional de Identidad número 10.279.750", y José Matías Moggia,Documento Nacional de Identidad número 26.874.816", han resuelto designar como gerente titular de la sociedad al socio José Matías Moggia y establecer como sede social el domicilio de calle San Martín Nº 1160 de la ciudad de Nogoyá, Departamento Nogoyá, Provincia de Entre Ríos.
Registro Público de Comercio DIPJ, Paraná, 1 de febrero de 2017 Mariano R. Catena, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 502-00016189 1 v./13.6.17

MODIFICACION DE CONTRATO
NUEVA

NOGOYA
SUR ENTRERRIANO SRL
Por disposición del Sr. Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas se

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/6/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha13/06/2017

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2017>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930