Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/2/2017

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Nº 26.105 - 023/17

PARANA, miércoles 1º de febrero de 2017

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBIERNO Y
JUSTICIA
DECRETO Nº 2221 MGJ
RECHAZANDO POR IMPROCEDENTE
RECURSO
Paraná, 4 de agosto de 2016
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por la apoderada legal del Cabo 1º de Policía retirado Jorge Luis Buchet, M.I. Nº 20.018.762, contra la Resolución D.P. Nº 254/15; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada resolución se rechazó una presentación efectuada por el señor Buchet, en la cual peticionaba que se le reconozcan las lesiones, agravamiento y patología sufridas como en servicio y que se remita a la Caja de Jubilaciones para la adecuación de su haber; y Que la Resolución D.P. Nº 254/15 fue notificada al recurrente el día 12 de marzo de 2015
e interpuso el recurso en fecha 19 de marzo de 2015, por lo que corresponde considerarlo como interpuesto en tiempo y forma, según el artículo 62º de la Ley Nº 7.060; y Que a través de la resolución recurrida se dispuso rechazar el reclamo efectuado, con fundamento en la Resolución DAI Nº 7/08, de fecha 2 de enero de 2008, que resolvió considerar la patología gastroduodenitis crónica como desvinculado del servicio policial; así como el Decreto Nº 3.322/11 MGJE, que dispuso el pase a retiro obligatorio por invalidez y, finalmente, la Resolución D.P. Nº 1.487/11, que fijó el cese de las funciones con goce de haberes, no fueron oportunamente recurridos
E D ICION: 16 Págs. - $ 5,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Dr. D. Ariel Lisandro de la Rosa Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider
por el señor Buchet; motivo por el cual los mismos se encuentran firmes y consentidos por el recurrente; y Que en ese estado, el señor Buchet deduce recurso de apelación jerárquica contra la mencionada resolución, reiterando los mismos argumentos de su presentación original que fueron oportunamente valorados, sin expresar ningún tipo de agravios contra la resolución puesta en crisis; y Que, atento a ello, el presente recurso debe ser rechazado in límine puesto que no formula una crítica concreta y razonada de la resolución cuestionada, no brinda ningún fundamento concreto por el cual considera que la misma resulta ilegítima, errónea y/o absurda por abuso y/o desviación de poder; y Que a todo evento, se dable recalcar que el ahora recurrente dejó firmes y consentidos una serie de actos administrativos que consolidaron definitivamente su situación; en especial, la Resolución DAI Nº 7/08, como así también, el decreto que dispuso su pase a retiro obligatorio y la resolución que dispuso el cese en las funciones activas, por lo que el haber de retiro se le ha venido calculando en base a la antigedad, jerarquía y demás atributos alcanzados por el agente mientras estuvo en actividad; y Que, por lo expuesto, atento a la firmeza de la Resolución DAI Nº 7/08, el Decreto Nº 3 . 3 2 2 / 1 1 M GJ E y l a R e s o l u c i ó n D . P . N º 1.487/11 y, siendo que no existen agravios concretos que analizar, corresponde rechazar el presente recurso de apelación por improcedente; y Que obra intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia como, asimismo, de la Fiscalía de Estado de la Provincia, en el sentido expuesto;

Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase por improcedente el recurso de apelación jerárquica interpuesto por la apoderada legal del Cabo 1º de Policía retirado, Jorge Luis Buchet, M.I. N 20.018.762, contra la Resolución D.P. Nº 254/15, conforme los motivos expuestos en lo considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Comuníquese, publíquese. Con copia del presente, pasen las actuaciones la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 2222 MGJ
Paraná, 4 de agosto de 2016
Reconociendo la ejecución de la obra encomendada al señor Alejandro Manuel Ludueña, DNI Nº 31.995.392, en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, por el periodo 4 de enero al 30 de abril de 2016, por un monto total de $ 32.000,00.
Aprobando el contrato de locación de obra oportunamente celebrado entre el señor Ministro de Gobierno y Justicia, Mauro Gabriel Urribarri, y el señor Alejandro Manuel Ludueña, DNI Nº 31.995.392, por el término de ocho meses, a partir del 2 de mayo de 2016, el que adjunto forma parte integrante del presente decreto.
Encuadrando el presente trámite en los alcances del artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3 del Decreto Nº 404/95 MEOSP, t.u.o.
de la Ley 5.140, concordante con el artículo

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/2/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha01/02/2017

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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