Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/8/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

Art. 3 - Comuníquese, publíquese, remítase copia a Legislatura de la Provincia y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri Ariel L. de la Rosa Luis A. Benedetto Carlos Schepens
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 677 MS
DENEGANDO LICENCIA
Paraná, 30 de diciembre de 2015
VISTO:
Los presentes actuaciones por las cuales el Hospital San Martín de Paraná, comunica inasistencias del Dr. Carlos Aníbal Berlo, DNI
N 12.499.927, desde el día 30 de agosto de 2011; y CONSIDERANDO:
Que el citado galeno revista en un cargo de Médico Interno de Guardia -Carrera Profesional Asistencial SanitarioEscalafón Sanidad del citado nosocomio;
Que de acuerdo lo expuesto en autos el Dr.
Berlo, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía desde el 30.8.11 al 31.12.12, por desempeñarse como Oficial Mayor -TécnicoTemporario del Superior Tribunal de Justicia en el Departamento Médico Forense de Paraná, aunque de acuerdo a la resolución del 23
de agosto de 2011 del Superior Tribunal de Justicia obrante a fs. 2 de autos el período en que cumpliría dichas funciones sería desde el 30.8.11 y hasta el 31.12.11;
Que la licencia solicitada por el mencionado galeno no es viable en tanto que la Ley 9892
no contempla este tipo de licencias, como así tampoco el Decreto N 5703/93 MGJE, Ley 3289 y la Ley 9755 modificada por Ley 9811
establece en el artículo 34º inciso j que las personas vinculadas laboralmente con lo Administración Pública Provincial tendrán derecho a licencias, justificaciones y franquicias, además en su artículo 52 que la licencia por cargo electivo de mayor jerarquía, aunque aclara que dicha norma no se encuentra reglamentada y en su última parte, dispone que hasta tanto se firmen los convenios colectivos de trabajo, sigue vigente el régimen anterior, a lo que hay que sumarle la modificación introducida por el artículo 14 de la Ley 9811 al artículo 121º que prevé la ultra-actividad del Decreto Ley 3298, por lo que ante la laguna normativa, corresponde integrarla con las disposiciones que rigen para los demás empleados públicos;
Que en virtud de lo ante dicho, corresponde tener en cuenta lo expuesto por la Ley 7960, que prevé dos tipos de licencias: una sin goce de haberes por desempeñar cargos electivos o de mayor jerarquía, artículo 4 y otra con goce de haberes durante cuarenta y cinco días previos al acto eleccionario y tres días posteriores al mismo. Como ambas fueron previstas exclusivamente para empleados públicos que fueron candidatos partidarios en elecciones nacionales, provinciales o municipales, literalmente la situación del Dr. Berlo no encuadra en la misma;
Que asimismo el Departamento Liquidaciones informa a fs. 34 de autos que los haberes del Dr. Carlos Aníbal Berlo, DNI N 12.499.927
fueron licenciados a partir del mes de diciembre de 2011;
Que debido a que el Dr. Berlo no se reintegró a cumplir funciones en el Hospital San Martín de Paraná, luego de terminado el período de licencia que solicitara para desempeñar un cargo de mayor jerarquía, el mencionado nosocomio procedió a intimarlo, mediante Carta Documento N 00007201 de fecha 01.9.14 obrante a fs. 27/29 de autos, para que en un plazo de 5 días hábiles de notificado, proceda a regularizar su situación laboral, lo cual hasta la fecha
del último informe del Hospital, obrante a fs. 37
de autos, no se ha producido;
Que a fin de acreditar las inasistencias incurridas por el Dr. Berlo, se solicitó al Hospital San Martín de Paraná, se adjunte a las actuaciones copia certificada de las planillas de asistencia del mencionado galeno correspondientes al período en cuestión, obrando a fs.
37 de autos informe de la Jefa del Departamento Recursos Humanos del mencionado nosocomio, de donde surge la imposibilidad de cumplimentar lo requerido;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, ha tomado la intervención que le compete, dictaminando que atento a la documental obrante en autos, corresponde denegar la licencia por cargo de mayor jerarquía solicitado por el Dr. Carlos Aníbal Berlo, DNI
N 12.499.927, disponer la instrucción de un Sumario Administrativo al mencionado galeno, por estar su conducta presuntamente incursa en lo prescripto por el artículo 71 -incisos a y b de la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provinciay arbitrar los medios necesarios a fin de proceder al recupero de los haberes indebidamente percibidos en el período comprendido entre el 30.8.11 y el 31.12.11, fecha en que le fueran licenciados sus haberes;
Que atento a la vigencia de la Ley 9755
Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, la que por el artículo 121 derogó la Ley 3289, hecho éste que podría eventualmente cuestionar el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20 y concordantes Resolución N 555/71 Y Decreto Nº 2/70 SGG, corresponde continuar plenamente con la vigencia de la misma en todos sus términos, hasta la aprobación de la nueva reglamentación de procedimientos administrativos para los sumarios, conforme lo establece el artículo 1 del Decreto N 2840/07 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Deniégase la solicitud de licencia por cargo de mayor jerarquía al Dr. Carlos Aníbal Berlo, DNI N12.499.927, Médico Interno de Guardia -Carrera Profesional Asistencial SanitariaEscalafón Sanidad del Hospital San Martín de Paraná.
Art. 2º Dispónese la instrucción de un Sumario Administrativo al Dr. Carlos Aníbal Berlo, DNI Nº 12.499.927, quién revista en un cargo de Médico Interno de Guardia -Carrera Profesional Asistencial SanitariaEscalafón Sanidad del Hospital San Martín de Paraná, por estar su conducta presuntamente incursa en lo prescripto por el artículo 71 -incisos a y b de la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente decreto.
Art. 3º Arbítrense los medios necesarios a través de la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud para proceder al recupero de los haberes indebidamente percibidos por el Dr. Carlos Aníbal Berlo, DNI N
12.499.927, durante el período comprendido entre el 30.8.11 y el 31.12.11, conforme lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 4º Manténgase plenamente en vigencia y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20 y concordantes Resolución N
555/71 y Decreto N 2/70 SGG, conforme lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto Nº 2840/07 GOB.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 6º C o m uníquese, publíquese, pásense las presentes actuaciones a la Dirección de sumarios dependiente de Fiscalía de Estado a sus efectos y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Ariel L. de la Rosa
Paraná, lunes 22 de agosto de 2016
RESOLUCION Nº 2018 MS
Paraná, 6 de julio de 2015
Otorgando un subsidio por la suma de $
44.098,02, a favor del Sr. Osvaldo Mario Wolf, DNI Nº 12.431.996, domiciliado en calle Dasso Nº 154 de Diamante, destinado a solventar gastos por la compra de medicamentos.
La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 86/15 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.
Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital San José de Diamante, por un importe de $ 44.098,02, destinado al subsidio otorgado anteriormente al Sr. Osvaldo Mario Wolf, DNI Nº 12.431.996, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCION Nº 2019 MS
Paraná, 6 de julio de 2015
Otorgando un subsidio por la suma de $
1.538,00, favor del Sr. Sergio Rubén Buenar, DNI Nº 17.088.500, domiciliado en calle Supremo Entrerriano Nº 1170 de Villa Elisa, destinado a solventar gastos por la compra de medicamentos.
La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 86/15 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.
Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital San Roque de Villa Elisa, por un importe de $ 1.538,00, destinado al subsidio otorgado anteriormente al Sr. Sergio Rubén Buenar, DNI Nº 17.088.500, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCION Nº 2020 MS
Paraná, 6 de julio de 2015
Otorgando un subsidio por la suma de $
1. 135,00, a favor del Sr. Pedro Salvador Arriondo, DNI Nº 36.301.411, domiciliado en calle D. Villa s/n de La Paz, destinado a solventar gastos por la realización de una resonancia magnética.
La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 86/15 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.
Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital 9 de Julio de La Paz, por un importe de $ 1.135,00, destinado al subsidio otorgado anteriormente al Sr. Pedro Salvador Arriondo, DNI Nº 36.301.411, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCION Nº 2021 MS
Paraná, 6 de julio de 2015
Otorgando un subsidio por la suma de $
6.336,00, a favor de la Sra. María Isabel Leguizamón, DNI Nº 20.668.858, beneficiaria Incluir Salud Nº 405-9109043-00, domiciliada en calle L. Sartorio Nº 1024 de Concepción del Uruguay, destinado a solventar gastos por la compra de medicación para 3 ciclos de tratamiento.
La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 86/15 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.
Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la transferencia al Hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay, por un importe de $ 6.336,00, destinado al subsidio otorgado anteriormente a la Sra. María Isabel Leguizamón, DNI Nº 20.668.858, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/8/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha22/08/2016

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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