Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 14/8/2013

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Nº 25.279 - 147/13

PARANA, miércoles 14 de agosto de 2013

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría Gral. y de Relaciones Institucionales de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE EDUCACION, DEPORTES Y PREVENCION DE
ADICCIONES
DECRETO Nº 1858 MEDyPA
APROBANDO PROGRAMA
Paraná, 1 de julio de 2013
VISTO:
La decisión del Poder Ejecutivo de instituir un Programa Provincial de Becas Deportivas como política uniforme del Gobierno de la Provincia; y CONSIDERANDO:
Que desde el año 2008, este Poder Ejecutivo viene estableciendo políticas deportivas uniformes que permitan mejorar el desarrollo deportivo de la Provincia de Entre Ríos, permitiendo a las actividades, instituciones y deportistas fijar objetivos de mediano y largo plazo;
Que en este sentido se inscriben el Régimen de Apoyo a las Instituciones Deportivas de la Provincia de Entre Ríos que participen en competencias de alcance nacional instituido mediante Decreto N 5335/08 GOB del día 11 de septiembre de 2008, la creación del Programa de Desarrollo Deportivo Entre Ríos se Activa dispuesto por Decreto N3020/12 MEDYPA de fecha 17 de septiembre de 2012 y el Régimen de Aportes a las Ligas de Fútbol y Asociaciones de Básquetbol de la Provincia, el que con el objetivo de aliviar costos de organización de sus certámenes oficiales anuales se estableciera a través del dictado del Decreto N
1010/13 MEDYPA de fecha 22 de abril de 2013;
Que el Programa de Becas Deportivas que se instituye por el presente tiene como objeti-

EDICION: 30 Págs. - $ 2,50

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Dr. D. Guillermo Smaldone Dra. Da. Sigrid Elisabeth Kunath
vos centrales: a Promover y estimular a los deportistas entrerrianos a mejor sus rendimientos deportivos; b Facilitar su participación en eventos nacionales e internacionales;
c Promover y apoyar la capacitación e investigación de los entrenadores dedicados al deporte provincial, y d Estimular a que niños y jóvenes entrerrianos se inicien y se desarrollen en la práctica de disciplinas deportivas;
Que son beneficiarios de este programa aquellos deportistas y entrenadores que pertenezcan a instituciones deportivas de primer, segundo o tercer grados, legalmente constituidas y reconocidas en la Provincia, que están afiliadas a la Federación Nacional respectiva y con reconocimiento vigente otorgado a ésta por la Secretaría de Deportes de la Nación y/o el Comité Olímpico Argentino;
Que serán las Asociaciones o Federaciones Deportivas las encargadas de postular a los beneficiarios del Programa de Becas Deportivas, quienes deben estar federados. Para postularse, los deportistas deberán tener cumplidos quince 15 años al día 31 de diciembre del año en que acredite el mérito deportivo para su postulación, en tanto los entrenadores deberán reunir las condiciones requeridas para la categoría de Mentor Deportivo. Si el postulante fuere deportista y se encontrare en edad escolar, será condición de otorgamiento su certificación como alumno regular.
Que, como supuestos de excepción y mediante resolución fundada, la Subsecretaria de Deportes de la Provincia podrá autorizar su otorgamiento a deportistas menores de quince 15 años, previa intervención del señor Ministro de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones;
Que el Programa Provincial de Becas Deportivas incluye los siguientes deportes individua-

les y de conjunto: 1 Aeróbicos; 2 Ajedrez; 3
Arquería; 4 Atletismo; 5 Básquetbol; 6 Bochas; 7 Boxeo; 8 Canotaje; 9 Ciclismo; 10
Esgrima; 11 Fútbol; 12 Gimnasia; 13 Golf;
14 Hóckey sobre Césped; 15 Hóckey sobre Patín; 16 Judo; 17 Karate; 18 Lucha; 19
Nado Sincronizado; 20 Natación; 21 Pádel;
22 Patín; 23 Pelota a Paleta; 24 Remo; 25
Rugby; 26 Sóftbol; 27 Taekwondo; 28 Tenis de Mesa; 29 Tiro; 30 Triatlón/Duatlón; 31
Vela y 32 Vóleibol; 32 Beach Vóley; 33 Pelota a Mano; 34 Montain Bike; 35 BMX; 36
Lucha Olímpica; 37 Squash;
Que se establecen diferentes categorías para el Programa de Becas Deportivas.
Para los deportistas, las de Estimulo Deportivo, Rendimiento Deportivo, de Alto Rendimiento Deportivo y para disciplinas deportivas individuales por la Participación en Competencias Internacionales, a su vez, para entrenadores de los deportes individuales y colectivos señalados, la de Mentor Deportivo. Las condiciones de acceso al programa de cada una de las categorías de Becas Deportivas, tanto como los montos anuales que se fijan para el año 2013 forman parte y se consignan en el anexo I del presente decreto;
Que la beca deportiva tendrá un período de duración anual;
Que no podrán ser beneficiarios del Programa de Becas Deportivas: a Los deportistas entrerrianos que no representen a Instituciones Deportivas de la Provincia en competencias de carácter nacional y/o internacional; b Los deportistas entrerrianos que representen a otra Federación o Asociación Provincial y c Los deportistas entrerrianos que perciban retribuciones económicas por ejercer su actividad deportiva en forma profesional;
Que se deja expresamente determinado que

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 14/8/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha14/08/2013

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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