Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/7/2013

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Nº 25.254 - 122/13

PARANA, miércoles 10 de julio de 2013

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría Gral. y de Relaciones Institucionales de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE TRABAJO
DECRETO Nº 1277 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 17 de mayo de 2013
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Alfieri, Isolina Irene;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 29 de abril de 2013, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente Nº 1266243, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 14 de febrero 2013 en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos;
Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra.
Alfieri, Isolina Irene, con domicilio legal en calle Avda. Alameda de la Federación N 621, de
EDICION: 56 Págs. - $ 2,50

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Dr. D. Guillermo Smaldone Dra. Da. Sigrid Elisabeth Kunath
esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Trabajo.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Guillermo Smaldone
DECRETO Nº 1278 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 17 de mayo de 2013
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la Sra.
Irusta Ofelia Yolanda;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 23 de abril de 2013, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, no siendo posible conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG, respecto de la resolución de los recursos de queja, agregar volante del expediente por número único, atendemos al volante correspondiente a la base de datos de la Caja de Jubilaciones y
Pensiones de la Provincia de Entre Ríos obrante a fs. 03, para identificar la mora o no del trámite en cuestión, y del que surge que el mismo se encuentra desde el 23 de noviembre de 2010 en el Área Contabilidad Presupuestaria y Servicios Administrativos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la Sra. Irusta Ofelia Yolanda, con domicilio legal en calle San Juan Nº 176, P.B. B de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Área Contabilidad Presupuestaria y Servicios Administrativos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por el actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Trabajo.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Guillermo Smaldone

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/7/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha10/07/2013

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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