Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 25/4/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 25 de abril de 2013
2013, para lo cual fue contratada la firma E Buono S.A. por un monto total de $ 565.900,00, según Ordenes de Publicidad N 4323, 4324 y 4325 emitidas por la citada repartición.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo N 27, inciso c, apartado b punto 10 del Decreto Nº 404/95 MEOSP, texto único y ordenado de la Ley N 5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley N
8964, concordante con el artículo N 142, punto 11, apartado b del Decreto N 795/96 de Reglamentación de Contrataciones del Estado, y sus modificatorios.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar a la firma E Buono S.A. la suma total de $ 565.900,00, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, certificación de la publicidad emitida y presentación del certificado de libre deuda vigente de ATER.
DECRETO Nº 527 MCyC
RECTIFICANDO ARTÍCULO
Paraná, 21 de marzo de 2013
VISTO:
El Decreto N 18/13 MCyC; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se autorizó al Ministerio de Cultura y Comunicación realizar la contratación con no más de ochenta 80 medios digitales, por mes para difundir acciones de gobierno de las distintas áreas de la Administración Central y poder contratar con los medios de comunicación digitales la publicación de más de un banner simultáneamente, constituyendo cada uno de ellos una campaña diferente, y por un importe que no supere los pesos doscientos mil $ 200.000,00 mensuales durante enero y febrero/13 y por un importe de pesos doscientos veinte mil $ 220.000,00
mensuales por el período de marzo a diciembre/13, previa emisión de la correspondiente orden de publicidad, debidamente suscrita por el señor Gobernador y el señor Ministro de Cultura y Comunicación;
Que conforme surge de la nota remitida por el señor Ministro de Cultura y Comunicación obrante a fs. 3, se interesa una reserva preventiva de fondos de la partida 3.6.0. del Presupuesto 2013, por un monto de pesos ochocientos mil $ 800.000,00, con el objeto de ampliar el monto mensual autorizado por el citado instrumento legal, para la financiación de campañas de comunicación en medios digitales de marzo a diciembre del corriente año, de pesos doscientos veinte mil $ 220.000,00 mensuales a pesos trescientos mil $ 300.000,00 mensuales para la contratación de no más de 90
medios digitales por mes;
Que en consecuencia y atento al requerimiento del señor Ministro, correspondería rectificar el artículo 1 del Decreto N 18/13 MCyC
en la parte pertinente que expresa: por un importe que no supere los pesos doscientos mil $ 200.000,00 mensuales durante enero y febrero/13 y por un importe de pesos doscientos veinte mil $ 220.000,00 mensuales por el período de marzo a diciembre/13 el cual a partir del presente pasa a expresar: por un importe que no supere los pesos doscientos mil $ 200.000,00 mensuales durante enero y febrero/13 y por un importe de pesos trescientos mil $ 300.000,00 mensuales por el período de marzo a diciembre/13
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación ha tomado la intervención de su competencia, como así también la señora contadora delegada de la Contaduría General de la Provincia;
Que corresponde encuadrar el gasto en las disposiciones del artículo N 27, inciso c,
BOLETIN OFICIAL
apartado b punto 10 del Decreto N 404/95
MEOSP, texto único y ordenado de la Ley N
5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley N 8964, concordante con el artículo N
142, punto 11, apartado b del Decreto N
795/96 de Reglamentación de Contrataciones del Estado, y sus modificatorios;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Rectifícase el artículo 1 del Decreto N 18/13 MCyC en la parte pertinente que expresa: por un importe que no supere los pesos doscientos mil $ 200.000,00 mensuales durante enero y febrero/13 y por un importe de pesos doscientos veinte mil $ 220.000,00
mensuales por el período de marzo a diciembre/13 el cual a partir del presente pasa a expresar: por un importe que no supere los pesos doscientos mil $ 200.000,00 mensuales durante enero y febrero/13 y por un importe de pesos trescientos mil $ 300.000,00 mensuales por el período de marzo a diciembre/13
de conformidad a los fundamentos vertidos en los considerandos precedentes.
Art. 2º Encuádrase la presente gestión en las disposiciones del artículo N 27, inciso c, apartado b punto 10 del Decreto N 404/95
MEOSP, texto único y ordenado de la Ley N
5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley N 8964, concordante con el artículo N
142, punto 11, apartado b del Decreto N
795/96 de Reglamentación de Contrataciones del Estado, y sus modificatorios.
Art. 3º Impútase el gasto a Dirección de Administración 984, Carácter 1, Jurisdicción 60, Subjurisdicción 01, Entidad 0000, Programa 01, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 02, Obra 00, Finalidad 1, Función 32, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente 0001, Inciso 3, Partida Principal 6, Partida Parcial 0, Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07, del Presupuesto Vigente.
Art. 4º Facúltase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar a los distintos medios la suma de pesos trescientos mil $ 300.000,00
mensuales por los meses de marzo a diciembre de 2013, ascendiendo a un monto total de pesos ochocientos mil $ 800.000,00, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, certificación de la publicidad emitida y presentación del certificado de libre deuda vigente de ATER.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Cultura y Comunicación.
Art. 6º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasar las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Pedro Báez
DECRETO Nº 528 MCyC
Paraná, 21 de marzo de 2013
Aprobando la contratación realizada por el Ministerio de Cultura y Comunicación, en concepto de publicidad para el aviso institucional Creció Entre Ríos - Gobierno de Entre Ríos a difundirse durante el mes de diciembre de 2012, para lo cual fueron contratados los diferentes medios por un monto total de hasta $
159.074,03 según ordenes de publicidad emitidas por la citada repartición, conforme detalle que como anexo pasa a formar parte del presente.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo N 27, inciso c, apartado b punto 10 del Decreto N 404/95 MEOSP, texto único y ordenado de la Ley N 5140 de
5 Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley N
8964, concordante con el artículo N 142, punto 11, apartado b del Decreto N 795/96 de Reglamentación de Contrataciones del Estado, y sus modificatorios.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar a los distintos medios las sumas respectivas conforme se detalla en anexo adjunto, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, certificación de la publicidad emitida y presentación del certificado de libre deuda vigente de ATER.
DECRETO Nº 529 MCyC
Paraná, 21 de marzo de 2013
Aprobando la contratación realizada por el Ministerio de Cultura y Comunicación en concepto de publicidad para el aviso institucional Reempadronamiento Ley 4035 - Ministerio de Desarrollo Social - Gobierno de Entre Ríos para lo cual fueron contratados diferentes medios por un monto total de hasta $ 108.937,41, según ordenes de publicidad emitidas por la citada repartición, conforme al detalle que como anexo pasa a formar parte del presente.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo N 27, inciso c, apartado b punto 10 del Decreto N 404/95 MEOSP, texto único y ordenado de la Ley N 5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley N
8964, concordante con el artículo N 142, punto 11, apartado b del Decreto N 795/96 de Reglamentación de Contrataciones del Estado, y sus modificatorios.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar a los distintos medios las sumas respectivas conforme se detalla en anexo adjunto, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, certificación de la publicidad emitida y presentación del certificado de libre deuda vigente de ATER.
DECRETO Nº 545 MCC
Paraná, 21 de marzo de 2013
Aceptando a partir del 1º de enero de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, la adscripción del señor Pedro de Jesús Pérez González, DNI 18.780.322, al ámbito de la Subsecretaría de Políticas Culturales dependiente del Ministerio de Cultura y Comunicación, dispuesta por Resolución N 0127/13 DGE.
Aceptando, a partir del 1 de enero de 2013
y hasta el 31 de diciembre de 2013, la adscripción de la señora Lucila María Victoria Moro DNI 12.729.836, al ámbito de la Secretaría de Cultura dependiente del Ministerio de Cultura y Comunicación, dispuesta por Resolución N
0128/13 DGE.
Aceptando a partir del 1 de enero de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, la adscripción del señor Mariano Aníbal Jesús Rojas DNI
27.617.687, al ámbito del Ministerio de Cultura y Comunicación, dispuesta por Resolución N
0129/13 DGE.
Aceptando, a partir del 1 de enero de 2013
y hasta el 31 de diciembre de 2013, la adscripción del señor Pablo Ignacio Churruarín DNI
21.048.655, al ámbito del Ministerio de Cultura y Comunicación, dispuesta por Resolución N
0165/13 DGE.

MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS
DECRETO Nº 993 MEHF
DISPONIENDO CREACION DE
PROGRAMA DE EMISION DE TITULOS
Paraná, 22 de abril de 2013
VISTO:
La tramitación tendiente a la creación de un

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 25/4/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha25/04/2013

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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