Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/4/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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vicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar directamente la suma determinada, al Presidente de la Asociación Cooperadora, señor Alcides Rubén Ulrich.
DECRETO Nº 310 GOB
Paraná, 26 de febrero de 2013
Ampliando el Decreto Nº 76/13 GOB mediante la incorporación de los Organismos que a continuación se detallan, y a partir del 02/01/13.
Jurisdicción 10 - Gobernación Secretaria Legal y Técnica de la Pcia.: 65 hs.
mensuales.
Jurisdicción 30 - Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Dirección General de Informática: 350 hs.
mensuales.
Jurisdicción 40-Ministerio de Desarrollo Social Dirección de Comedores: 1.559 hs. mensuales.
Autorizando a las Direcciones Generales de Administración y/o Áreas Contables Jurisdiccionales a liquidar y abonar las horas extraordinarias incorporadas precedentemente, asimismo, juntamente con la Dirección General de Presupuesto procederán a la adecuación presupuestaria que corresponda.
DECRETO Nº 315 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 27 de febrero de 2013
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales la Sra. Diana Beatriz Schiantarelli, con patrocinio letrado de la Dra. Patricia Lorena Del Prado, interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo procede contra el presunto retardo en resolver un reclamo tramitado med i a n t e a c t u a c i o n e s c a r a t u l a d a s b a j o Nº 1281142 RU;
Que según surge de la consulta en el Sistema Informático de Seguimiento de Expedientes dichos actuados se encuentran desde el 22 de octubre de 2012 en la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación;
Que conforme lo establecido por las normas legales y reglamentarias vigentes, corresponde hacer lugar al recurso incoado e intimar o la referida dependencia a que, en el término de diez días hábiles, proceda al debido diligenciamiento de dicho actuación;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la Sra. Diana Beatriz Schiantarelli, con patrocinio letrado de la Dra. Patricia Lorena Del Prado, constituyendo domicilio legal en calle Laprida Nº 424 de esta ciudad, por presunto retardo en resolver un reclamo tramitado mediante actuaciones caratuladas como Nº 1281142 RU, de conformidad a lo manifestado en los considerandos precedentes.
Art. 2º: Intímase a la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación a que proceda al debido diligenciamiento de la referida actuación, en el término de diez 10
días hábiles.
Art. 3º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4º: Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación, para la notificación de la recurrente. Cumplido, pase a la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 316 GOB
Paraná, 27 de febrero de 2013
Aceptando la adscripción dispuesta por el
BOLETIN OFICIAL
Tribunal Electoral de la Provincia de Entre Ríos, al Sr. José Luis Díaz, DNI 23.115.388, domiciliado en la ciudad de Nogoyá, dependiente del Tribunal Electoral de la Provincia de Entre Ríos, para prestar servicios en ámbito de la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación, a partir del mes de noviembre del año 2012.
DECRETO Nº 317 GOB
Paraná, 27 de febrero de 2013
Aprobando los contratos de locación de obra suscriptos entre el Sr. Director General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, Cr. Gustavo Javier Tortul y los Sres.
L u c i a n o I v á n G a b r i e l Fernández, M I Nº 34.904.676, Tomás Andrés Jullier, MI Nº 3 5 . 4 4 2 . 5 0 5 , J u l i á n Lanfranco, MI
Nº 30.558.609, Cristian José Manuel Marani, MI
Nº 31.232.355 y Nahuel Facundo Ríos, MI Nº 32.509.068, en los que se establecen las cláusulas y condiciones para la ejecución de las tareas que en los mismos se especifican, por el período comprendido entre el 2 de enero y el 31 de diciembre del corriente año, los que agregados pasan a formar parte de este texto legal.
Exceptuando la presente gestión de las disposiciones de los Decretos Nº 3722/08 GOB y su modificatorio Nº 7773/08 MGJEOSP.
Encuadrando la contratación en las disposiciones del Art. 27º, Inciso c, Apartado b, Punto 3 de la Ley 5140 y sus modificatorias incluida la Ley 8964 t.o. del Decreto Nº 404/95
MEOSP y Art. 142º, Inc. 4, Aparts. a y b del Decreto Nº 795/96 MEOSP.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a liquidar y abonar a los Sres. Luciano Iván Gabriel Fernández, Tomás Andrés Jullier, Julián Lanfranco, Cristian José Manuel Marani y Nahuel Facundo Ríos, previa presentación de facturas correspondientes y constancias de trabajo, las sumas mensuales establecidas en la Cláusula Cuarta de los referidos contratos, p o r e l p e r í o d o c o m p r e n d i d o ent r e e l 02/01/2013 y el 31/12/2013, en concepto de honorarios por las obras encomendadas.

MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS
DECRETO Nº 312 MEHF
FIJANDO SUMA DE ASIGNACION
Paraná, 26 de febrero de 2013
VISTO:
Los disposiciones en materia de asignaciones familiares del sector público provincial; y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 12º de la Ley Nº 5.729, establece que la Asignación por Ayuda Escolar Primaria se hará efectiva anualmente en el mes de marzo de cada año, o en aquel en que comience el año lectivo;
Que por Decreto Nº 788/90 MEH, se dispone una asignación por ayuda preescolar;
Que es propósito de este Poder Ejecutivo reconocer en el presente ejercicio un subsidio por Ayuda Escolar Media y Superior a los Agentes de la Administración Pública Provincial que tengan hijos que concurran a establecimientos donde se imparte educación de Nivel Medio y/o Superior;
Que por Decreto Nº 1324/00 MEOySP, se define lo que se entiende por Escolaridad Primaria y Secundaria;
Que el Artículo 13º de la Ley Nº 5729 precisa que la asignación complementaria de vacaciones consistirá en la duplicación de los montos que se tuviere derecho a percibir en el mes de enero de cada año en concepto las asignaciones previstas en la ley, con determinadas excepciones;
Que es decisión de este Poder Ejecutivo abonar con los haberes del mes de Febrero el monto anual correspondiente a la Asignación
Paraná, viernes 5 de abril de 2013
por Escolaridad Primaria, Media y Superior, prevista en el Artículo 1º, Inciso h de la Ley Nº 5729;
Que el párrafo 2º del Artículo 10º de la Ley Nº 5729, modificado por el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 6866/81 ratificado por Ley Nº 7506, contempla que el monto de la asignación por ayuda escolar primaria se duplicará cuando el hijo a cargo fuere discapacitado;
Que por Decreto Nº 1498/93 MEOSP se fijan los valores de las asignaciones familiares por escolaridad primaria, media y superior aplicables o hijos discapacitados o incapacitados;
Que el Artículo 32º de la Ley Nº 5.729 faculta a este Poder Ejecutivo para fijar el monto de las asignaciones previstas en ella;
Que estas erogaciones se encuentran previstas en el presupuesto vigente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Fíjase en la suma de pesos ciento treinta y uno $ 131,00 la asignación por ayuda escolar primaria contemplada en el Artículo 1º, inciso i y Artículo 12º de la Ley Nº 5729.Art. 2º: Dispónese que cuando un hijo con discapacidad concurra a establecimiento oficial o privado controlado por autoridad competente, donde se imparta educación común o especial, o de rehabilitación, el monto de la asignación establecido en el artículo 1º del presente se duplicará de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 6866, ratificado por Ley Nº 7506.Art. 3º: Fíjase el monto de la asignación por ayuda preescolar, establecida por Decreto Nº 788/90 MEH, en la suma de pesos cuarenta $
40,00.
Art. 4º: Establécese, por única vez un subsidio por ayuda escolar media y superior, por un monto de pesos ciento once con cincuenta centavos $ 111,50, para los hijos de los agentes de la Administración Pública Provincial, que concurran a establecimientos oficiales o privados, reconocidos por el Estado, que impartan educación de Nivel Medio y/o Superior.Art. 5º: Dispónese que los beneficios dispuestos en los Artículos 3º y 4º, de la presente normal legal, quedan sujetos a la modalidad y control fijados por la Administración para la asignación por ayuda escolar primaria, y a la duplicación prevista en el Artículo 2º de este decreto.Art. 6º: Autorízase a la Dirección General de Ajustes y Liquidaciones a liquidar en una sola vez con los haberes del mes de Febrero de 2013, y por el equivalente al año 2013, la asignación por escolaridad primaria, media y superior, incluyendo la proporción correspondiente a asignación complementaria de vacaciones, prevista en el Artículo 1º, Inciso j de la Ley Nº 5729, que corresponda sobre este concepto.Art. 7º: El gasto que origine lo dispuesto por el presente Decreto, se imputará a las partidas previstas para la atención de las asignaciones familiares del presupuesto vigente de cada una de las Jurisdicciones.Art. 8º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 8º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCIÓN Nº 2330 M.S.
Paraná, 29 de agosto de 2012
Otorgando un subsidio por la suma de $
1.420,00, a favor de la señora Carina Bibiana Capurro, DNI Nº 23.497.193, con domicilio en calle Coronel Hereñú Nº 457 dela localidad de Gualeguay, destinado a solventar gastos para la compra de un par de ortesis cortas AFO para

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/4/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha05/04/2013

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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