Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/12/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

tomos del registro de intervenciones extraprotocolares, conforme lo normado por el artículo 143 de la Ley Registral Provincial N 6964 y Artículos 108, 110 y 112
del Decreto-Ley N 6200, ratificado por Ley N 7504, al Archivo Notarial del Registro Publico del Departamento Federación, con asiento en la ciudad de Chajarí y al Colegio de Escribanos de Entre Ríos;
Que a fojas 08 obra dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos expresando, que considerando que el cese definitivo se efectúa de conformidad a lo que estatuye el artículo 110 del Decreto-Ley N 6200, ratificada por Ley N 7504 y modificada por Ley N 9300, corresponde dictar el pertinente decreto, teniendo presente que el citado escribano no ha cumplido con la entrega de los protocolos conforme lo normado por el artículo 112 de la referida norma, se deberá disponer en el acto administrativo respectivo la clausura del registro, la entrega de los protocolos de los años 1999 y 2000, según informe de la jefa del Registro Público de Chajarí a fojas 05
vta.
y tomos del registro de intervenciones extraprotocolares de Entre Ríos artículo 143 de la Ley N
6964, Arts. 108, 110 y 112 de la citada Ley N 6200, conforme a lo expresado a fojas 06 de autos;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -Dispónese el cese definitivo en las funciones profesionales del escribano Julio Cesar Larocca, titular del Registro Notarial N 3 con asiento en la ciudad de Chajarí y competencia territorial en todo el Departamento Federación, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria, conforme lo prevé el artículo 110
del Decreto-Ley N 6200, ratificado por Ley N 7504 y consecuentemente la cancelación de dicho registro notarial.
Art. 2º -- Dispónese que el escribano Julio Cesar Larocca, titular del Registro Notarial N 3 con asiento en la ciudad de Chajarí y demarcación territorial en todo el Departamento Federación, deberá cumplimentar con la entrega de los protocolos de los años 1999/2000 y los tomos del registro de intervenciones extraprotocolares, conforme a lo normado por el artículo 143 de la Ley Registral Provincial N 6964
y Artículos 108, 110 y 112 del Decreto-Ley N 6200, ratificado por Ley N 7504, al Archivo Notarial del Registro Público del Departamento Federación, con asiento en la ciudad de Chajarí y al Colegio de Escribanos de Entre Ríos.
Art. 3º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos.
Art. 4º --

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/12/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha15/12/2006

Nro. de páginas89

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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