Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/4/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Mediante escritura autorizada por el escribano de la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, don Héctor Alfredo Dunat, en fecha 18 de febrero de 2005, al folio 59 del protocolo corriente del Registro Notarial número 9, a su cargo, los señores Rafael PEREZ DIEZ, norteamericano, titular del pasaporte expedido por la Secretaría de Estado de los Estados Unidos de América bajo el número 400314834, C.D.I. 20-60319890-6, nacido el 16 de abril de 1971 en Puerto Rico, USA, de estado civil soltero, con domicilio o residencia en la Avenida Presidente Julio A. Roca 620, de la Capital Federal, de profesión abogado; y Osvaldo Rubén LEIVA, paraguayo, titular del DNI para extranjeros número 93.613.065, CUIT 23-15284602-9, nacido el 2 de diciembre de 1947, de estado civil soltero, con domicilio en calle Belgrano 1395, de la localidad de San Fernando, Provincia de Buenos Aires, de profesión comerciante, constituyen una sociedad que se denomina "SANTA BARBARA SA".
Domicilio legal: tiene su domicilio legal en esta ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, pudiendo establecer sucursales, agencias o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero.
Objeto: La sociedad tiene por objeto la realización por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades:
a Inmobiliarias: por medio de la compraventa, permuta, construcción, fraccionamiento, explotación y arrendamiento de toda clase de inmuebles urbanos, suburbanos y rurales.
b Financieras: mediante la financiación, inversiones o aportes de capitales con dinero propio, a particulares, empresas o sociedades constituidas o a constituirse, para negocios realizados o a realizarse, constitución o transferencia de hipotecas, prendas y otros derechos reales; otorgamiento de créditos con o sin garantías, por operaciones relacionadas con los antedichos fines o no, como así también la compraventa de títulos, acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios.
La sociedad no podrá realizar las operaciones comprendidas en la Ley Nacional número 21.526 y toda otra que requiera el concurso público.
c Agrícologanaderas y forestales: mediante la explotación en cualquiera de sus etapas, de actividades agropecuarias tales como la cría, reproducción y engorde de ganado bovino, equino y ovino; inclusive la cría, alquiler, locación o arrendamiento, compra, venta, permuta, importación y exportación y toda otra actividad relacionada con caballos de pura sangre, sean de carreras turf o destinados a la práctica polo, equitación y otros deportes;
e igualmente, el cultivo de los diversos productos agrícolas, e igualmente la adquisición, arrendamiento, posesión u otras formas de uso y goce de predios rurales

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/4/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha04/04/2005

Nro. de páginas101

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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