Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 26/6/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.786

Decreto N 1295
Corrientes, 5 de junio de 2023
El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1: RECTIFÍCASE el artículo 1 del Decreto N
1.208 de fecha 17 de mayo de 2023, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1: ACÉPTASE la renuncia presentada por la agente ANDREA ELIZABETH BENEVENTANO, DNI N
17.146.721, personal planta permanente Categoría 190, clase 004, con funciones de Abogada Asesora, con prestación de servicios en la Jurisdicción:
12Fiscalía de Estado, Unidad de Organización:
01Dirección de Asesoramiento Administrativo, para acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria, a partir de la notificación del presente decreto.
ARTÍCULO 2: El presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.
ARTÍCULO 3: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, y pásese a la Fiscalía de Estado, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Carlos José Vignolo
Decreto Nº 1247
Corrientes, 31 de mayo de 2023
Visto:
El expediente N 000-09172-2022 del registro del Ministerio Secretaría General; y Considerando:
Que el Ministerio de Coordinación y Planificación solicita un refuerzo presupuestario en virtud del Convenio de Cooperación celebrado entre el Gobierno de la Provincia y la Municipalidad de Lavalle que tiene por finalidad financiar la obra REFACCIÓN DEL POLIDEPORTIVO
MUNICIPAL.
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas, de acuerdo a las disponibilidades, cederá el crédito presupuestario necesario al Ministerio de Coordinación y Planificación con el objeto de afrontar los gastos mencionados Que el artículo 15 de la Ley N 6.626 de Presupuesto 2023
faculta al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen traspasos de partidas entre distintas Entidades cuando existan razones debidamente justificadas.
Que el artículo 34 tercer apartado de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que, cuando el Poder Ejecutivo disponga modificaciones presupuestarias que impliquen refuerzos de partidas, deberá instrumentarlo mediante decreto enviando copia del mismo al Poder Legislativo.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1: APRUÉBASE el Convenio de Cooperación suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Corrientes
CORRIENTES, 26 DE JUNIO DE 2023

y la Municipalidad de Lavalle, el que como anexo I forma parte integrante de la presente norma legal.
A R T Í C U LO 2 : A P R U É B A S E l a m o d i f i c a c i ó n presupuestaria de gastos N 114/2023 de la Jurisdicción 02Ministerio de Hacienda y Finanzas la que, como anexo, forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 3: AUTORÍZASE a la Dirección de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Coordinación y Planificación a emitir el libramiento de pago contra la Tesorería General de la Provincia, a favor de la Municipalidad de Lavalle por hasta la suma de PESOS OCHO MILLONES $ 8.000.000,00 en la estructura programática consignada en el anexo del artículo 2 y por el concepto de Transferencias a Municipios, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas por parte del ente beneficiario ante el Honorable Tribunal de Cuentas..
ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34, tercer apartado, de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera.
ARTÍCULO 5: El presente decreto es refrendado por los Ministros de Hacienda y Finanzas y de Coordinación y Planificación.
ARTÍCULO 6: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Dirección General de Presupuesto, Contaduría General de la Provincia y pásese al Ministerio de Coordinación y Planificación, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Gustavo Rivas Piasentini C.P. Miguel Ángel Olivieri
Decreto Nº 1248
Corrientes, 31 de mayo de 2023
Visto:
El expediente N 000-02670-2023 del registro del Ministerio Secretaría General; y Considerando:
Que el Ministerio de Coordinación y Planificación solicita un refuerzo presupuestario en virtud del Convenio de Cooperación celebrado entre el Gobierno de la Provincia y la Municipalidad de Beron de Astrada que tiene por finalidad financiar la obra CONSTRUCCIÓN DE
POLIDEPORTIVO2DA ETAPA.
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas, de acuerdo a las disponibilidades, cederá el crédito presupuestario necesario al Ministerio de Coordinación y Planificación con el objeto de afrontar los gastos mencionados Que el artículo 15 de la Ley N 6.626 de Presupuesto 2023
faculta al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen traspasos de partidas entre distintas Entidades cuando existan razones debidamente justificadas.
Que el artículo 34 tercer apartado de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que, cuando el Poder Ejecutivo disponga modificaciones presupuestarias que impliquen refuerzos de partidas, deberá instrumentarlo mediante decreto enviando
PAG. Nº 8

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 26/6/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaísArgentina

Fecha26/06/2023

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones316

Primera edición09/11/2020

Ultima edición07/08/2023

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