Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 1/6/2023
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes
ARTICULO 77º Todo lo que no esté previsto en este Estatuto podrá ser resuelto por la Comisión Directiva, ad referéndum de la primera Asamblea Ordinaria o Extraordinaria, según corresponda.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICION TRANSITORIA UNICA: En base a lo expuesto para la nueva edad mínima requerida para adquirir la categoría de socios/as vitalicios/as, la Comisión Directiva dictará la reglamentación para adquirir dicho beneficio, contemplando la posibilidad de bonificaciones a favor de los/as socios/as que se encuentren próximos a cumplir con los requisitos para dicha categoría según la redacción anterior a la reforma.
Corrientes, 29 de mayo de 2023
María Andrea Crudeli
Eduardo Adolfo Tassano
Prosecretaria
Presidente