Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial LEY PROVINCIAL
Apruébase en todos sus términos la Adenda al Convenio entre la Provincia de Chubut e YPF S.A.
L E Y XX N 80
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1.- Apruébase en todos sus términos la Adenda al Convenio entre la Provincia de Chubut e YPF
S.A. con fecha 8 de abril de 2020 y aprobado por Ley XX N69, suscripta el día 11 de diciembre de 2023 entre la PROVINCIA DE CHUBUT, por una parte, representada por el Sr. Gobernador, Lie. Ignacio Agustín TORRES e YPF S.A., representada por su Vicepresidente de Comercialización, Alejandro Héctor FERNÁNDEZ, por la otra parte; protocolizada al Tomo: 5, Folio: 036, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno con fecha 22 de diciembre de 2023, con el objeto de prorrogar el plazo de vigencia establecido en la cláusula octava del Convenio, por el término de seis 6 meses, venciendo el mismo de manera indefectible el día 30 de junio de 2024
y de modificar el cuarto párrafo de su cláusula quinta, referido a la totalidad de los importes facturados por YPF correspondientes a las entregas desde el 01.01.2020.
Artículo 2.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A
LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL
VEINTICUATRO.
Dr. GUSTAVO MENNA
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia de Chubut VALERIA HAYDEE ROMERO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia de Chubut Decreto N 337
Rawson 25 de marzo de 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a la aprobación de la Adenda al Convenio entre la Provincia del Chubut e Y.P.F. S.A. celebrado con fecha 08 de abril de 2020 y probado por Ley XX N 69, suscripta el día 11 de diciembre de 2023 entre la Provincia del Chubut, por una par-

Miércoles 27 de Marzo de 2024

te, representada por el señor Gobernador Licenciado Ignacio Agustín Torres e Y.P.F. S.A., representada por su Vicepresidente de Comercialización, Alejandro Héctor Fernández, por la otra; protocolizada al Tomo: 5, Filio:
036 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno con fecha 22 de diciembre de 2023, con el objeto de prorrogar el plazo de vigencia establecido en la cláusula octava del Convenio, por el término de seis 6 meses, venciendo el mismo de manera indefectible el día 30 de junio de 2024 y de modificar el cuarto párrafo de su cláusula quinta, referido a la totalidad de los importes facturados por Y.P.F. correspondientes a las entregas desde el 01.01.2020; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 14 de marzo de 2024, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140
de la Constitución Provincial;
POR ELLO: Téngase por Ley de la Provincia: XX N
80
Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.
Lic. IGNACIO AGUSTÍN TORRES
Dr. ANDRÉS MATÍAS MEISZNER

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 270

13-03-24

Artículo 1.- Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria en el S.A.F 91- Obligaciones del Tesoro, conforme al Anexo A, a partir de la fecha del presente decreto; y S.A.F 28 - Secretaría de Vinculación Ciudadana - Programa 1 - conducción de la Secretaría de Vinculación Ciudadana - Actividad 1 - Conducción de la secretaría de Vinculación Ciudadana, conforme el Anexo A, a partir de la fecha del presente decreto.Artículo 2.- Modificar el detalle correspondiente en la Jurisdicción 91- Obligaciones a cargo del Tesoro S.A.F 91 - Obligaciones a cargo del TesoroPrograma 1- Administración de Obligaciones del Tesoro - Actividad Administración de Obligaciones del Tesoro, eliminándose cuatro 4 cargos de Personal de Gabinete y creándose en la Jurisdicción 28: Secretaria de Vinculación Ciudadana - S.A.F 28 - Secretaría de Vinculación Ciudadana - Programa 1 - Conducción de la Secretaría de Vinculación Ciudadana - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Vinculación Ciudadana un 1 cargo de Subsecretario - Autoridad Superior, un 1 cargo Secretario de Secretario - Personal Fuera de Nivel y dos 2 cargos de Director - Personal Jerárquico, a partir de la fecha del presente decreto.Ver anexos en Original de la Dirección General de Registros
Dto. N 271

13-03-24

Artículo 1.- Rectificar el Anexo A Hojas N 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 14, 16, 18 y 20 del Decreto N 1700/
23, el cual quedará redactado conforme al Anexo A
Hojas N 1 a 14 que forma parte integrante del presen-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha27/03/2024

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones4336

Primera edición07/01/2004

Ultima edición08/05/2024

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