Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/3/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Martes 21 de Marzo de 2023

BOLETÍN OFICIAL

mentos de auxilio necesarios que posibiliten el ejercicio profesional. Como compensación, el sanatorio recibirá el pago del precio de la hotelería. No ingresando en este rubro los importes que resulten de honorarios médicos, que serán percibidos por cada profesional íntegra e individualmente conforme a su labor, no ingresando a la masa social. Toda percepción de dividendos societarios por parte de socios que además de ese carácter revistan el de médicos, será absolutamente ajena a ésta última circunstancia, y sólo se devengarán como producido de la labor asistencial y hospedaje del sanatorio y/o clínica, de acuerdo con su aporte en la sociedad. CORGANIZACION: Explotación de actividades relacionadas con sanatorios y sus servicios clínicos, quirúrgicos, y anexos; asistencia integral y/o parcial de enfermos; explotación de casas y/o clínicas de descanso, de clínicas dietéticas con y sin pensión, clínicas médicas; consultorios internos y/o externos; proporcionar a los médicos y pacientes la posibilidad de obtener a un costo reducido los elementos necesarios para llegar a un diagnóstico clínicoquirúrgico y su tratamiento; organizar una institución en que quede garantizada la asistencia médica integral en forma privada para los que cuenten con medios económicos necesarios; semiprivada, mutualizando a los económicamente dependientes empleados y obreros; realizar actividades tendientes al desarrollo de la previsión social entre sus asociados y familiares; propender a la educación médica del público y profilaxis de enfermedades; instalar sanatorios, dirigirlos o administrarlos, a cuyo fin podrá adquirir, construir, arrendar, realizar comodatos o hacer convenios con los existentes; hacer contratos con otras entidades médicas o no en relación con los fines de la sociedad. Para la realización de su objeto y actividades que comprende podrá organizar, administrar, implantar, aceptar y promover las prestaciones en sus diversas formas, incluidos los prepagos médicos y farmacéuticos, las de servicios administrativos, estadísticas y de auditoría para la asistencia médica, psiquiátrica, psicológica, kinesiológica, nutricional, estética y afines de atención voluntaria, destinada a la atención de particulares, obras sociales, mutuales, cooperativas, empresas comerciales y/o de seguros, ya sean de medicina prepaga o por otros sistemas.
Estos servicios, en los casos que corresponda, así como la dirección técnica estarán a cargo de profesionales con título habilitante conforme la legislación vigente o la que se dicte en el futuro. DSERVICIOS
MÉDICOS: 1 mediante la precomercialización de servicios médicos destinados a satisfacer requerimientos de interconsulta, diagnóstico, propuestas terapéuticas, racionalización, sistematización y control del gasto médico. 2 mediante la prestación de servicios con carácter integral a empresas e institutos médicos de carácter público o privado. Asimismo, se podrán celebrar contratos, acuerdos, convenios, con distintas empresas y sindicatos pertenecientes a empresas privadas o públicas, del estado nacional, provincial o municipal, existentes en la actualidad o que en un futuro se crearan. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer
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obligaciones y ejecutar los actos que no sean prohibidos por las Leyes o por este Contrato. Contratar personal. Importar y exportar elementos y/o materiales que hagan a su actividad. Domicilio social: domicilio social en la jurisdicción de la localidad de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut. Capital Social.- El capital social se fija en la suma de PESOS DOSCIENTOS
MIL $ 300.000 dividido en Trescientas 300 cuotas de Pesos Mil $1.000 valor nominal cada una, totalmente suscriptas e integradas por los socios en efectivo en las siguientes proporciones: el señor José Manuel GUTIERREZ, la cantidad de noventa 60 cuotas, es decir la suma de Pesos Noventa $ 60.000 y la Señora Kamylla SETUBAL CAMPOS, la cantidad de doscientas diez 240 cuotas, es decir la suma de Pesos Doscientos Cuarenta Mil $ 240.000. En este acto se integra el 25% y el saldo deberá ser integrado dentro del plazo de ley.Administración y Representación: La administración de la sociedad estará a cargo de la Gerencia la que estará integrada por un socio, quien tendrá atribuciones para realizar, con su sola firma todos los actos de administración y enajenación que se relacionen directa o indirectamente con los fines de la sociedad.- El gerente no podrá comprometer a la sociedad en negocios ajenos a la misma, ni otorgar fianzas a favor de terceros. En el ejercicio de la administración el gerente podrá: a Adquirir el dominio de toda clase de bienes muebles e inmuebles, ya sea por compra, venta, cesión, donación o cualquier otro título, enajenar bienes propios de la misma naturaleza por cualquier acto o contrato oneroso, en este último caso deberán solicitar previa autorización en reunión de socios establecida al efecto; b Tomar dinero en préstamos en los Bancos oficiales o particulares, nacionales o provinciales, con o sin garantía real o personal y estableciendo las normas de pago y tasas de intereses respectivos, depositar en instituciones jurídicas o Bancarias tanto en establecimientos privados como oficiales, creados o a crearse, librar cheques, girar en descubierto con las autorizaciones bancarias respectivas, otorgar y firmar documentos públicos y privados que fueren necesarios para el ejercicio de sus funciones, c Conferir poderes generales, especiales y revocarlos, estar en juicio, presentarse y efectuar gestiones ante reparticiones públicas nacionales, provinciales y municipales, inclusive aquellos previstos en el artículo 375 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y artículo 9 del Decreto Ley 965/63, artículo 1820, 1834 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación;
d Celebrar contratos de locación, contratar y despedir personal; e Comparecer en juicios por sí por medio de apoderados, absolver posiciones; f Constituir o enajenar derechos reales y cancelarlos total o parcialmente;
entendiéndose que la presente enumeración no es limitativa sino meramente enunciativa, pudiendo, en consecuencia la sociedad, realizar todos los actos comerciales o jurídicos sin limitación alguna necesarios al cumplimiento de su objeto. Sede Social: fijar la sede social en calle Ramos Mejias N 393. En este acto como socia gerente a la Sra. Kamylla SETUBAL CAMPOS, DNI
94.590.676. Cierre de ejercicio: El ejercicio social cierra

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/3/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha21/03/2023

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4340

Primera edición07/01/2004

Ultima edición06/06/2024

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