Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/3/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Jueves 2 de Marzo de 2023

BOLETÍN OFICIAL

sente acto administrativo, el que será sometido a ratificación legislativa en forma inmediata, requisitos éstos que, según la doctrina más calificada, justifican el dictado válido de actos de esta naturaleza;
Que resulta necesario facultar al Ministerio de Salud provincial para arbitrar los mecanismos conducentes a brindar los servicios esenciales en las prestaciones de la especialidad en emergencia;
Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades emergentes del artículo 156 de la Constitución Provincial;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado debida intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

D E C R E TA :
Artículo 1.- Declárase la Emergencia en los Servicios, Divisiones y Secciones de Cirugía y/o Clínica Quirúrgica de los efectores del Subsector estatal de Salud del Hospital Zonal de Trelew y de todos los centros asistenciales de él dependientes, a partir de la fecha del presente decreto y por el plazo de seis 6 meses, con el principal objetivo de asegurar las prestaciones de la especialidad cirugía en el citado nosocomio.
Artículo 2.- El Ministerio de Salud deberá adoptar las medidas y ejecutar las acciones conducentes para garantizar la prestación de la especialidad en el marco de la emergencia establecida por la presente norma en el Hospital Zonal de Trelew, y en todos los centros asistenciales de él dependientes; incluyendo la asignación transitoria de funciones en dicha ciudad de personal dependiente con asiento en otra ciudad en los términos y condiciones establecidos en el respectivo régimen laboral. Asimismo, se continuará con el espacio de diálogo abierto, tanto con los citados profesionales como con la asociación que los nuclea, que permita arribar a una solución inmediata a la situación generada en el Hospital Zonal de Trelew.
Artículo 3.-Durante el período de emergencia declarada, las renuncias de los profesionales médicos cirujanos que cumplen funciones de la especialidad en el Hospital Zonal de Trelew, y en todos los centros asistenciales de él dependientes, quedarán suspendidas hasta tanto otro profesional acepte desempeñar las mismas, o sea aceptada su renuncia.
Artículo 4.- Mientras dure la emergencia declarada ningún médico cirujano con desempeño en el Hospital Zonal de Trelew y de todos los centros asistenciales de él dependientes podrá negarse a cumplir con las exigencias y necesidades de su servicio y/o funciones profesionales, hasta tanto sea reemplazado por otro, bajo apercibimiento de la aplicación de las sanciones administrativas previstas por la legislación vigente, y de proceder a promover las acciones civiles y penal que por ley correspondan.
Artículo 5.- Dése cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia.
Artículo 6.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.

PÁGINA 3

Esc. MARIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
Cra. CÁRDENAS RITA MABEL
A/C Ministerio de Economía y Crédito Público Arq. SILVA PRECIADO ROCIO AYELEN
A/C Ministerio de Educación Mag. MIRYAM MONASTEROLO
Sra. ALEJANDRA ELIZABETH PAZ
A/C Ministerio de Seguridad Sra. ANA MARIA ITURRA
A/C Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud Arq. GUSTAVO AGUILERA
Ing. FERNANDO MARTÍN CERDA
Sra. LORENA VIVIANA ABREU
A/C Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio Sr. LEONARDO R. GAFFET
Ing. FERNANDO PEGORARO
A/C Ministerio de Ambiente
DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 158

22-02-23

Artículo 1.- OTORGAR a favor de la Municipalidad de Trelew representada por su Intendente Municipal, señor Adrián Darío Maderna DNI N 26.459.365, la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL $600.000 en concepto de asistencia económica y social a los obreros desempleados, incluidos en la bolsa de empleo de la Unión Obrera de la Construcción UOCRA, beneficiarios del programa IMPULSA, detallados en el ANEXO I
del presente, por el período correspondiente al mes de abril del año 2021.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto y que asciende a la suma total de PESOS SEISCIENTOS MIL $600.000 se imputará con cargo a la Jurisdicción 15 - SAF 15 - Secretaria de TrabajoPrograma 01- Conducción de la Secretaría de Trabajo/ 00/ 00/ A01/ 5 Transferencias/ 7- Transferencias a instituciones provinciales y municipales para financiar gastos corrientes/ 6- Aportes a gobiernos municipales/
01- Fuente de Financiamiento 3.47- Ejercicio 2023.Ver Anexos en el Original en la Dirección General de Registros
Dto. Nº 159

22-02-23

Artículo 1.- Otorgase a la Comuna Rural de Facundo, en concepto de ayuda financiera, la suma total de PESOS TRES MILLONES $ 3.000.000, destinado a cubrir los gastos del Festival de Juegos Tradicionales de la localidad, y asimismo reacondicionar el parque automotor de la Comuna Rural.Artículo 2. - La señora Vicepresidente de la Comuna Rural de Facundo, señora Chávela Yasik HUENCHUMAN, DNI 35.383.839, será responsable de la utilización y rendición de los fondos otorgados.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/3/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha02/03/2023

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones4337

Primera edición07/01/2004

Ultima edición13/05/2024

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