Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/2/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Jueves 25 de Febrero de 2021

BOLETÍN OFICIAL

suburbanos provinciales;
Que conforme lo establece el Artículo 135, Inciso 1 de la Constitución de la Provincia del Chubut, corresponde dar cuenta del Convenio que en este acto se ratifica, a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut;
Que corresponde exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad establecido en el Punto 1
del Artículo 32 de la Ley I N18, por aplicación del Punto 3 del mismo Artículo y norma legal;
Que la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia ha tomado debida intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

PÁGINA 3

para el Sistema de Transporte Automotor / Ejercicio 2021.Artículo 5.- Dar cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut del Convenio que por este acto se ratifica.Artículo 6.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.Artículo 7.- Regístrese, notifíquese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y, cumplido ARCHÍVESE.Esc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Sr. JOSÉ MARÍA GRAZZINI AGERO

DECRETOS SINTETIZADOS

D E C R E TA :
Dto. N 81
Artículo 1.- Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad establecido en el Punto 1 del Artículo 32 de la Ley I N 18, por aplicación del Punto 3
del mismo Artículo y norma legal.Artículo 2.- Ratifícase el Convenio suscripto el día 03 de Febrero de 2021 entre el Gobierno de la Provincia del Chubut, el Ministerio de Transporte de Nación representado por la Secretaría de Articulación Interjurisdiccional, protocolizado el día 08 de Febrero de 2021, al Tomo: 1, Folio: 132 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno.Artículo 3.- Los fondos transferidos por el Ministerio de Transporte de la Nación en el marco del Convenio que se ratifica, serán distribuidos conforme los Anexos de la Resolución N 29-APN-MTR, por la Subsecretaría de Autotransporte Terrestre del Ministerio de Gobierno y Justicia, a las empresas prestatarias del servicio público por automotor de pasajeros, sean estas de jurisdicción provincial y/o municipal y a la Municipalidad de Comodoro Rivadavia, dentro de los Dos 2 días de recibidos.Artículo 4.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, que asciende a la suma total de PESOS
CIENTO DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS MIL $
117.600.000.- será imputado por los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2021 de la siguiente manera: al SAF 20 - Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito Provincial / Programa 22 Subsecretaría de Autotransporte Terrestre / Actividad:
01 - Conducción de la Subsecretaría de Autotransporte Terrestre / Inciso: 05 / Partida Principal: 01 / Partida Parcial: 09 - Transferencia a Empresas Privadas, por un importe de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES
DOSCIENTOS NOVENTA MIL QUINIENTOS SEIS CON
OCHO CENTAVOS $59.290.506,08 e Inciso: 05 / Partida Principal: 07 / Partida Parcial: 06 - Aporte a Gobiernos Municipales por un importe total de PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES CON NOVENTA Y
DOS CENTAVOS $58.309.493,92 - Fuente de Financiamiento N 403 - Fondo Compensador Tarifario
08-02-21

Artículo 1.- OTÓRGASE un subsidio en los términos del Decreto N 1304/78, modificado por los Decretos N 1232/00 y N 2424/04, al Ente Trelew Turístico ENTRETUR CUIT 30-70748005-6 en la persona de su Presidenta señora Mónica Beatriz Montes Roberts DNI N 24.811.437 por la suma de PESOS
UN MILLÓN QUINIENTOS MIL $ 1.500.000,00, destinado a cubrir los gastos que se originen en la construcción de cartelería y señalética, contratación de personal, gastos contables, promoción, servicios de atención al visitante, indumentaria para el personal, insumos de limpieza y combustible, vinculados a la operatividad y administración del Área Natural Protegida Punta Tombo.Artículo 2.- El gasto que demanda el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción SAF
80 - Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas / Programa 16 - Conservación de Áreas Naturales Protegidas /
Actividad 03 - Manejo y Conservación de los Recursos Naturales y Culturales / Inciso 5 / Partida Principal 1 /
Partida Parcial 8 - Transferencias a Asociaciones Civiles / Fuente de Financiamiento 353 - Recursos del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas / Ejercicio 2021.Artículo 3.- El Ente Trelew Turismo ENTRETUR
deberá invertir los fondos dentro de los treinta 30 días de recepcionados y rendir los mismos dentro de los sesenta 60 días de su inversión ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut, con remisión de copia al Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas.-

Dto. N 82

08-02-21

Artículo 1.- Exceptúase el presente trámite del criterio de irretroactividad establecido en el Artículo 32 de la Ley I N 18, por aplicación del Punto 3 de la misma norma legal.Artículo 2.- Encuádrese el presente trámite dentro de la excepción prevista en el Artículo 95, Inciso c, Apartado 5 de la Ley II N 76.Artículo 3.- Apruébese la contratación directa con el señor Germán GORNATTI D.N.I. N 20.522.199 - C.U.I.T.
N 23-20522199-9, a partir del día 1 de Julio de 2020, para la locación, del inmueble ubicado en la calle José

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/2/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha25/02/2021

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4339

Primera edición07/01/2004

Ultima edición15/05/2024

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