Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 1/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 1 de Julio de 2020

Telsen, Languiñeo y Tehuelches;
Que por tal motivo es necesario arbitrar en defensa de la economía provincial, con carácter de suma urgencia medidas conducentes y efectivas para limitar los cuantiosos daños que está causando el acridio y satisfacer dentro de la posibilidad da la Provincia los reclamos de los productores afectados;
Que por el perjuicio y los daños productivos, económicos y sociales provocados por el incremento poblacional de la plaga tucura corresponde declarar zonas de emergencia y/o desastre agropecuario a los Departamentos de Cushamen, Paso de Indios, Gastre, Telsen, Languiñeo y Tehuelches;
Que asimismo corresponde gestionar la declaración de emergencia en el orden nacional ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, conforme el Artículo 6 de la Ley N
26.509;
Que la Asesoría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

D E C R E TA :
Artículo 1.- DECLÁRESE el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario en los Departamentos de Cushamen, Paso de Indios, Gastre, Telsen, Languiñeo y Tehuelches de la Provincia del Chubut, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el día 31 de marzo del año 2021, por el perjuicio y los daños productivos y económicos provocados en el incremento poblacional de la plaga de tucura, que afecta a productores y pueblos originarios mapuche-tehuelches y sus producciones pecuarias, en el marco de la normativa nacional y provincial citada, y en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.Artículo 2.- CONSIDÉRANSE comprendidas en el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, las explotaciones rurales afectadas conforme lo dispuesto por el Artículo 7 de la Ley IX N 52.Artículo 3.- ESTABLÉCESE un plazo de TREINTA
30 días, a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del presente Decreto, para la presentación de la Declaración Jurada y la Solicitud de Certificado de Daños.Artículo 4.- ENCOMENDAR al Ministro de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, la gestión ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios para la Declaración de Emergencia en el orden Nacional conforme el Artículo 6 de la Ley N 26.509.Artículo 5.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y de Gobierno y Justicia.Artículo 6.- REGÍSTRESE y Comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESEEsc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Lic. LEANDRO JOSÉ CAVACO
Sr. JOSÉ MARÍA GRAZZINI AGERO

PAGINA 3

BOLETÍN OFICIAL

PODER EJECUTIVO: Desígnase Subsecretario de Coordinación y Relaciones Institucionales de la Secretaría General de Gobierno Dto. N 528/20
Rawson, 26 de Junio de 2020
VISTO:
El Artículo 155 inciso 3 de la Constitución de la Provincia del Chubut; y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 155 inciso 3 de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios de la Administración Pública Provincial;
Que es necesario y adecuado designar a la persona que se desempeñe en el cargo de Subsecretario de Coordinación y Relaciones Institucionales de la Secretaría General de Gobierno;
Que por tal motivo se propone designar al Señor Hugo Masiel CARRASCO, quien reúne las condiciones y requisitos necesarios exigidos para dicho cargo;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha intervenido en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

D E C R E TA :
Artículo 1.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Subsecretario de Coordinación y Relaciones Institucionales, de la Secretaría General de Gobierno, al Señor Hugo Masiel CARRASCO
M.I. N 18.595.765 Clase 1967.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.Artículo 3.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
Esc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Sr. JOSÉ MARÍA GRAZZINI AGERO

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 508

22-06-20

Artículo 1.- Aceptar, a partir de la fecha del presente, la renuncia del Arquitecto Carlos Alberto SIMIONATI M.I. N 11.526.584 - Clase 1955, al cargo de Presidente del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, quien fuera designado mediante Decreto N 26/19 de fecha 9 de diciembre de 2019.Artículo 2.- Agradézcanse los servicios prestados al Arquitecto Carlos Alberto SIMIONATI.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 1/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha01/07/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4336

Primera edición07/01/2004

Ultima edición08/05/2024

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