Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/6/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Dispónese el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio para las Personas de la totalidad de las Localidades de la Provincia del Chubut Dto. N 544/20
Rawson, 29 de Junio de 2020
VISTO:
El Expediente N 1560/2020 MGyJ, el DECNU 260/
20, modif. 287; DECNU 576/20 sus antecedentes y concordantes; las DECAD del Jefe de Gabinete de Ministros y demás normas complementarias dictadas en consecuencia por el Estado Nacional; las leyes provinciales N I-677, I-679, I-680 y I-681; los Decretos provinciales 382, 404, 481 y 493, todos del 2020;
CONSIDERANDO:
Que desde que fue declarada pandemia mundial el COVID-19, el Poder Ejecutivo Nacional comenzó a generar el marco normativo que contendría las medidas y acciones para hacer frente a la situación generada con la aparición del brote de la enfermedad, adoptando las medidas tendientes a evitar que el virus SARSCoV-2 que la provoca, cause en el territorio nacional los estragos que produjo en numerosos países del mundo desde su aparición;
Que luego de la ampliación de la emergencia sanitaria ya vigente DECNU 260/20 el Gobierno Nacional dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio y la consecuente prohibición de circular DECNU 297/20; medida extrema, por cierto, pero que tuvo resultados altamente positivos para aminorar la veloz marcha con la que el virus se venía propagando a nivel mundial; y en nuestro país, si bien no ha impedido el contagio, fue preponderante en la detección precoz y el avance gradual de la enfermedad, permitiendo que el Gobierno Nacional también los localestengan más tiempo para reorganizar el sistema de salud adaptándolo a los requerimientos de la pandemia, mejorando su capacidad de asistencia, adquiriendo los insumos y equipamientos, optimizando los recursos existentes para hacer frente a las necesidades sanitarias de la población surgentes del COVID-19, sin que aquel se sature;
Que al prolongarse en el tiempo la necesidad de mantener la medida de aislamiento dispuesta, enfrentar el desafío que la pandemia implica, impone además de obrar para resguardar la salud de la población, afrontar las consecuencias que aquella trajo aparejada en el orden social y económico del Estado Nacional y los Provinciales y de las personas que lo integran.
Este Ejecutivo Provincial en el ámbito de su competen-

Martes 30 de Junio de 2020

cia y en ejercicio de las facultades conferidas en las normas nacionales, adoptó las medidas necesarias y ejecutó las acciones pertinentes y oportunas para el efectivo cumplimiento de la medida de aislamiento implementada, y también sancionó las normas necesarias para adaptar las vigentes a la realidad geográfica, demográfica, social y económica de las distintas jurisdicciones que integran la Provincia de Chubut, incluso y en la medida de lo posible, a los requerimientos de sus autoridades locales;
Que además de reactivar la actividad económica de la provincia y sus habitantes, en uso de esas mismas facultades exceptuó del aislamiento a los habitantes que quisieran efectuar determinadas actividades de esparcimiento y deportivas, entendiendo que éstas eran importantes para su bienestar físico y psicológico;
Que en el DECNU 520/20, atendiendo la dinámica de transmisión del virus y las distintas realidades existentes a lo largo del territorio nacional, se estableció una nueva medida de prevención y un nuevo marco normativo para las zonas en donde no se da la circulación comunitaria de SARS-CoV-2 y se cumplen positivamente determinados criterios epidemiológicos, disponiendo que a partir del dictado de la norma regiría en ellas el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio; y reservando la medida de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio que se prorrogaba, para zonas donde no se cumplieran los parámetros epidemiológicos y sanitarios tenidos en cuenta para disponer la nueva medida;
Que desde que se reportó el primer caso de COVID19 en el país, en nuestra provincia se confirmaron casos en las ciudades de Comodoro Rivadavia, Trelew, Rada Tilly, Puerto Madryn y Rawson; algunos con origen conocido y otros sin que se pueda determinar el nexo epidemiológico. A medida que se fueron detectando las distintas situaciones, se dispusieron las medidas pertinentes como la reevaluación de las excepciones dispuestas en el marco de la administración del ASPO, adaptándolas a las realidades imperantes; sobre todo cuando el Ministerio de Salud Provincial y su equipo de especialistas y epidemiólogos concluyeron que en la localidad de Trelew se daba la circulación comunitaria del virus;
Que luego del DECNU nacional 520/20, en el marco de sus previsiones y atendiendo la realidad imperante en la provincia en relación al COVID-19, este Gobierno Provincial dictó el Decreto 481/20 por el que declaró que determinadas ciudades del territorio provincial se encontraban alcanzadas por la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio ASPO, y que las restantes localidades por la medida de distanciamiento social, preventivo y obligatorio DISPO; y dispuso una serie de normas que regirían las actividades que se desarrollan en el territorio provincial y reglamentarían la circulación de las personas dentro de ella y para ingresar a ella, según el caso;
Que ante la aparición de un brote de coronavirus en personas vinculadas a una actividad que alcanza a un gran número de personas que realizan labores conexas a aquella y que circulan entre distintas localidades de la provincia, es que de inmediato se dispuso la suspensión de la actividad, se adoptaron las medidas de identificación, evaluación, estudio, testeo, aislamiento, con el ob-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/6/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha30/06/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4335

Primera edición07/01/2004

Ultima edición26/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2020>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930