Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/12/2018

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Créase el Programa Fiestas Populares Edición 2019
Dto. N 1255/18
Rawson, 17 de Diciembre de 2018
VISTO:
El Expediente N 1665/2018 MCG; y, CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se crea el Programa Provincial de Fiestas Populares Edición 2019, con el objeto de estimular y consolidar las festividades que se llevan adelante en las diferentes localidades de la provincia;
Que las mencionadas fiestas forman parte de la tradición folklórica, la actividad productiva y la gastronomía asociada, fauna y flora características de cada pueblo, que reflejan la cultura y tradición de la comunidad, rememorando acontecimientos históricos, y costumbres autóctonas del lugar donde se celebran.Que la finalidad de este programa es apoyar a los Municipios, Comunas Rurales y Sociedades de Fomento, a afianzar su identidad propia y el desarrollo local, valorizando su cultura, en un espacio donde convergen nuestra identidad e historia, incentivando los vínculos comunitarios populares, rescatando saberes y costumbres propios de nuestras comunidades;
Que las Fiestas Populares deberán promover acciones culturales, sociales y afines que tengan relación con la actividad que se desarrolla en la zona y podrán organizar y mostrar la labor cotidiana de nuestros artesanos espectáculos, expresiones artísticas y conferencias o seminarios de capacitación y exposiciones;
Que el Gobierno Provincial entiende que es fundamental alentar estas festividades estimulando a sus organizadores bregando por un equilibrado desarrollo de las manifestaciones culturales de cada localidad y promocionando políticas que protejan, rescaten y promocionen el patrimonio cultural, material e inmaterial de la Provincia;
Que en virtud de lo expresado el Ejecutivo provincial considera oportuno brindar apoyo económico a las diferentes Municipios, Comunas y Comisiones de Fomento, la cual se reflejara a través de ayudas no reintegrables, como así también mediante el financiamiento de los gastos de publicidad y gastos operativos que sean necesarios para el desarrollo exitoso de las actividades que se programen;
Que las mencionadas ayudas económicas las cuales serán destinadas a cubrir gastos de organización de las fiestas populares, serán otorgados a los seño-

Viernes 21 de Diciembre de 2018

res Intendentes y/o Presidentes de Comunas Rurales conforme lo autorice la autoridad de aplicación del presente Decreto;
Que asimismo se afectará una suma de dinero destinada a afrontar los gastos operativos derivados del acompañamiento institucional que efectuará el gobierno provincial, cabe mencionar traslados, armado y desarme de stand institucional, honorarios de capacitadores, entre otros gastos inherentes a la aplicación del citado Programa;
Que el Asesor General de Gobierno ha tomado debida intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
D E C R E TA :
Artículo 1.- CRÉASE el programa FIESTAS POPULARES EDICIÓN 2019, que tendrá por objetivo apoyar las Fiestas Populares, fortaleciendo e incentivando los vínculos comunitarios populares, rescatando saberes y costumbres propias de nuestras comunidades.Artículo 2.- El presente programa promoverá actividades culturales, sociales y afines que tengan relación con la actividad que se desarrolla en la zona a fin que se organicen espectáculos artísticos, muestras artesanales, conferencias o seminarios de capacitación y exposiciones que ponga en valor las el folklore y costumbres de nuestra provincia.
Artículo 3º.- AUTORÍZASE, al Ministerio de Coordinación de Gabinete a otorgar aportes económicos a los Municipios, Comunas Rurales y Comisiones de Fomento, los cuales serán destinados a cubrir gastos de organización de las Fiestas Populares.
Artículo 4º.- CRÉASE, una comisión que estará integrada por un representante del Ministerio de Coordinación de Gabinete, Ministerio de Turismo, Secretaría de Cultura y Secretaria de Ciencia y Tecnología, cuya función será coordinar y organizar la logística y gastos operativos necesarios para el cumplimiento del presente programa. La solicitud de gastos deberán ser autorizados por el Ministro de Coordinación de Gabinete.
Artículo 5º.- AUTORÍZASE, al Ministerio de Coordinación de Gabinete a realizar las erogaciones necesarias para cubrir los gastos solicitados por la comisión.
Artículo 6º.- AUTORÍZASE a la Dirección General de Administración dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete a liquidar viáticos y gastos de combustibles a los agentes que la comisión designe para cumplir funciones en el marco del presente programa.
Artículo 7º.- DESÍGNASE autoridad de Aplicación del presente programa al Ministerio de Coordinación de Gabinete.
Artículo 8º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará de acuerdo al siguiente detalle: Jurisdicción 10 -SAFIO - Programa -Actividad - Ejercicio 2018.
Artículo 9º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/12/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha21/12/2018

Nro. de páginas39

Nro. de ediciones4335

Primera edición07/01/2004

Ultima edición26/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2018>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031