Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 6/12/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Jueves 6 de Diciembre de 2018

02 / Partida Principal: 01 / Partida Parcial: 01-Alimentos para personas / Fuente de Financiamiento: 3.58 Recursos con afectación especifica de origen provincial / Fondo Aporte Especial Ley N 5616 -Ejercicio 2018.-

Dto. N 1115

23-11-18

Artículo 1º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha del presente Decreto, la designación de la señora Ruth Alejandra DELFINO M.I. N 22.797.349 - Clase 1972, al cargo de Subsecretaria de Coordinación y Relaciones Institucionales del Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos, quien fuera designada mediante Decreto N 394/18.Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor Gustavo José AGUILERA M.I.
N 20.238.567 - Clase 1968, en el cargo Subsecretario de Coordinación y Relaciones Institucionales del Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos.Artículo 3.- El gasto que demande el presente Decreto, será imputado en la Jurisdicción 8 - Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos - S.A.F 88 - Programa 1 - Conducción del Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos.-

Dto. N 1151

PAGINA 3

BOLETIN OFICIAL

27-11-18

Artículo 1.- Exceptúase el presente trámite del criterio de irretroactividad, establecido en el Punto 1 del Artículo 32 de La Ley I N 18, por aplicación del Punto 3 del mismo Artículo y norma legal.Artículo 2º.- Modifícase el Anexo I del Decreto N
165-2015 a partir del día 19 de julio de 2016, el cual quedará redactado como el Anexo I del presente Decreto.Artículo 3.- Increméntase a partir del 01 de septiembre de 2018 hasta la suma total de PESOS TRES
MILLONES QUINIENTOS MIL $ 3.500.000 mensuales, para efectuar la compra anticipada de los pasajes, a las empresas señaladas en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.Artículo 4.- El Ministerio de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Autotransporte Terrestre, será el responsable de gestionar la compra anticipada de los pasajes, teniendo en cuenta para ello la demanda y sus diferentes circunstancias.Artículo 5.- Las empresas destinatarias de los fondos comprendidos en el presente deberán rendir mensualmente los mismos mediante planillas con los datos filiatorios de los beneficiarios, donde deberán registrar la aceptación conforme de los pasajes entregados.Artículo 6.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará con cargo a la partida presupuestaria: SAF: 20 Ministerio de Gobierno Programa 22 - Fuente de Financiamiento 111 y/o 358 Inciso: 5 - Partida Principal 1 - Partida Parcial: 9 y/o Inciso: 5 - Partida Principal: 2 - Partida Parcial: 06. Ejercicio 2018.-

ANEXO I
EMPRESAS:
Patagonia Argentina S.R.L.
Acevedo, Santiago Nicolás Ceferino del Sur S.A.
La Golondrina de Pascual, Jorge Eduardo Transportes Diadema S.A.
Transporte Bahía S.R.L.
Transportes Sargento Cabral de Perazzo Oscar Domingo Transportes El 22 S.R.L.

Dto. N 1152

27-11-18

Artículo 1.- Exceptúase al Ministerio de Salud del cumplimiento del recaudo previsto por el Artículo 18º del Reglamento de Contrataciones aprobado por Resolución N 65/89-SPS, vigente conforme Ley I N 210, en el procedimiento de contratación con el Hospital de Clínicas José de San Martín de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los servicios médico asistenciales que permitan la atención del paciente Leandro UGARTE.

Dto. N 1153

27-11-18

Artículo 1.- APRUÉBASE el Plan de Manejo del Parque Interjurisdiccional Marino Costero Patagonia Austral, en el marco de lo establecido en el Tratado de Creación que fuera ratificado por la Ley Nacional N
26.446 y Ley XVII N 87 de la Provincia del Chubut.Artículo 2.- LAS modificaciones futuras que por medio de acuerdos complementarios proponga la Comisión de Manejo deberán respetar los objetivos de creación del Parque contemplados en el Tratado siempre dentro de los límites geográficos establecidos en su Cláusula 2 y en atención al ejercicio pleno del dominio y jurisdicción que sobre sus recursos naturales, sean éstos migratorios o no migratorios que en su territorio y su mar ejerce la Provincia del Chubut.-

Dto. N 1154

29-11-18

Artículo 1.- Aprobar lo actuado por la agente Isolina COFRE M.I. N 4.521.278 - Clase 1948, quien cumplía funciones de Servicio - Planta Transitoria, dependiente de la Dirección de Reconocimientos Médicos - Dirección General de Administración de Personal - Subsecretaría de Logística - Secretaría General de Coordinación de Gabinete - Ministerio de Coordinación de Gabinete, quien renunció mediante Resolución N V-87/18, en orden al periodo entre el 1 de enero de 2018 y hasta el 1º de agosto de 2018, sin perjuicio del eventual ejercicio de las facultades disciplinarias por hechos u actos que pudieren tener origen en el periodo objeto de aprobación.Artículo 2.- Aprobar lo actuado por la agente Natalia Verónica DÍAZ M.I. N 31.598.424 - Clase 1985, cumpliendo funciones de Servicio - Planta Transitoria, en la Subsecretaría Unidad Gobernador - Gobernador de la Provincia del Chubut, en orden al periodo entre el 1º de enero de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2017, sin perjuicio del eventual ejercicio de las facultades disciplinarias por hechos u actos que pudieren tener origen en el periodo objeto de aprobación.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 6/12/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha06/12/2018

Nro. de páginas29

Nro. de ediciones4336

Primera edición07/01/2004

Ultima edición08/05/2024

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