Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 3/12/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 3 de Diciembre de 2018

PAGINA 3

BOLETIN OFICIAL

PODER EJECUTIVO: Vetase Proyecto de Ley Dto. N 1118/18
Rawson, 27 de Noviembre de 2018
VISTO:
El proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con fecha 08 de noviembre de 2018, comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N
159/18 -P.HL., el día 12 de noviembre de 2018; y CONSIDERANDO:
Que es política de este Poder Ejecutivo velar por el pleno funcionamiento del Sistema Republicano de Gobierno establecido en el artículo primero de la Constitución Nacional y Provincial, y en tal sentido, proveer a la actuación independiente pero coordinada de los Poderes del Estado cuando expresan la voluntad pública;
Que en dicho marco institucional el Poder Legislativo ha sancionado un Proyecto de Ley mediante el cual la Provincia del Chubut adhiere en todos sus términos a las disposiciones de la Ley Nacional N 25.869 y 25.850;
Que este Poder Ejecutivo considera oportuno vetar el proyecto mencionado en concordancia a lo manifestado por el organismo competente en la materia, de conformidad a los fundamentos que se exponen a continuación;
Que en primer lugar la Ley N 25.869 fue promulgada en febrero de 2004 y estableció una asignación mensual para quienes como consecuencia de haber recibido tratamiento con hemoderivados entre los años 1979 y 1985 hubieran resultado infectados con el retro virus de inmunodeficiencia humana HIV;
Que dicha Ley fue dictada para regir en todo el territorio nacional y no hay en su texto ninguna disposición que lleve a concluir la necesidad de una adhesión provincial;
Que desde esa óptica no es posible saber cuál es el objeto de la Ley y en la hipótesis que se pretendiera replicar el beneficio a nivel provincial, no cumple el proyecto con la manda constitucional del artículo 135 inciso 4 y tampoco faculta al Poder Ejecutivo para adecuar las partidas que permitan afrontar el gasto;
Que a su vez esta Ley establecía un plazo -ya agotadoa partir de su promulgación dentro del cual debía reclamarse el beneficio, por lo que la presente se trata de una adhesión a una norma caduca por objeto cumplido;
Que se torna aún más confusa la adhesión a la Ley 25.850 la cual ninguna vinculación tiene con la Ley 25.869 pues se trata de una norma que impone un nombre a un tramo de una ruta nacional en otra provincia;
Que es posible se haya intentado mencionar otra ley pero no existe mecanismo constitucional para suplir la voluntad del legislador y enmendar el error;
Que en las condiciones expuestas la promulgación del proyecto en análisis solo traerá aparejada incertidumbre jurídica o una ley inaplicable;
Que por los fundamentos expuestos, y en uso de la facultad que le otorga el artículo 142 de la Constitución Provincial, este Poder Ejecutivo considera necesario vetar el Proyecto de Ley sancionado;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;

POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
D E C R E TA :
Artículo 1.- Vetase el Proyecto de Ley mediante el cual la Provincia del Chubut adhiere en todos sus términos a las disposiciones de la Ley Nacional N 25.869 y 25.850, sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con fecha 08 de noviembre de 2018, comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N 159/18 - P.HL., el día 12 de noviembre de 2018.Artículo 2.- Comuníquese a la Honorable Legislatura Provincial.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.Artículo 4.- Regístrese, Comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.Esc. MARIANO E. ARCIONI
Sr. MARCIAL PAZ

PODER EJECUTIVO: Vetase Proyecto de Ley Dto. N 1122/18
Rawson, 27 de Noviembre de 2018
VISTO:
El proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con fecha 08 de noviembre de 2018, comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N
159/18 -P.HL., el día 12 de noviembre de 2018; y CONSIDERANDO:
Que es política de este Poder Ejecutivo velar por el pleno funcionamiento del Sistema Republicano de Gobierno establecido en el artículo primero de la Constitución Nacional y Provincial, y en tal sentido, proveer a la actuación independiente pero coordinada de los Poderes del Estado cuando expresan la voluntad pública;
Que en dicho marco institucional el Poder Legislativo ha sancionado un proyecto de ley mediante el cual se incrementa anualmente el monto de la Tarjeta Social, dentro del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria El hambre más urgente;
Que tal incremento está sujeto a la variación de la canasta básica alimentaria expresada en resultados mensuales por adulto equivalente, tomando como base el mes de enero del año anterior respecto del mes de enero del año de actualización, publicado por el INDEC;
Que desde el año 2004 en la Provincia del Chubut ya se implementaban políticas de alimentación de manera conjunta con Nación, y con ello la denominada Tarjeta Social con motivo del Convenio Complementario Plan Nacional de Seguridad Alimentaria El Hambre más Urgente;
Que desde entonces la Provincia suscribe con Nación Convenios de Ejecución a los efectos de financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria, donde se establecen en las distintas cláusulas las trasferencias desde el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación al Ministerio de la Familia y Promoción Social

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 3/12/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha03/12/2018

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones4336

Primera edición07/01/2004

Ultima edición08/05/2024

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