Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 3/1/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 03 de Enero de 2018

BOLETIN OFICIAL

tras del Tesoro podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada al valor nominal de las mismas con más aquellos intereses devengados y no pagados a la fecha del rescate anticipado.
p Tratamiento impositivo: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia. En cuanto a los impuestos provinciales, tanto estas Letras del Tesoro como el producido de las mismas están exentos del impuesto de sellos y a los ingresos brutos en la Provincia del Chubut.
q Legislación Aplicable: República Argentina.
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado en la Jurisdicción 90 SAF 90 Servicio de la Deuda Programa 93:
Servicio de la Deuda y Disminución de Préstamos, Actividad 1: Deudas de la Administración Provincial por Emisión de Títulos, en la Partida 7.1.3.01 por la porción correspondiente a comisiones y gastos, en la partida 7.1.1.01 por la porción correspondiente a intereses y en la partida 7.1.2.01 por la porción correspondiente al capital. El recurso originado en la emisión de la Serie XXXVI de Letras del Tesoro se imputará en Administración Central, en la partida 36.1.1.01. Ejercicio 2017.

Res. Nº 263

13-11-17

Artículo 1º.- Otórgase eficacia retroactiva al presente trámite de acuerdo a lo previsto en el Artículo 32
Inciso 3 de la Ley I N 18.
Artículo 2.- Encuádrese la presente contratación en el Art. 95º Inciso c apartado 2 de la Ley II Nº 76.
Artículo 3.- Contrátese en forma directa a la firma Consultores 400 S.A. para el servicio de Operación y Mantenimiento del Equipo AS 400, del Centro de Datos del Ministerio de Economía y Crédito Público, por un plazo de doce 12 meses, contados a partir del día 01
de junio del 2017 y por un monto total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO UNO CON SESENTA CENTAVOS 60/100 $ 268.101,60 pagaderos en doce 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS VEINTIDÓS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO CON OCHENTA CENTAVOS 80/100 $
22.341,80, previa aprobación de los informes mensuales correspondientes.
Artículo 4º.- Impútese el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, el cual asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO
UNO CON SESENTA CENTAVOS 60/100 $ 268.101,60, de la siguiente manera: a la Jurisdicción 30 - SAF 33 Programa 46 - Proyecto 04 - IPP 3.4.6 - Fuente de Financiamiento 111, la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CON
SESENTA CENTAVOS 60/100 $ 156.392,60 - Ejercicio 2017 y prever el gasto restante para el Ejercicio 2018.

Res. Nº 266

21-11-17

Artículo 1º.- Otórgase eficacia retroactiva al presente tramite de acuerdo a lo previsto en el Artículo 32
Inciso 3 de la Ley I N 18.
Artículo 2.- Encuádrese la presente renovación de contrato en los términos del Artículo 95º inciso c apartado 2 de la Ley II Nº 76.

PAGINA 7

Artículo 3º.- Apruébese la renovación de contrato del Sr. Juan Bautista GUINLE D.N.I. Nº: 25.316.564, en virtud de la necesidad de contar con personal especializado para dar continuidad a las actividades de instalación, configuración y mantenimiento de la infraestructura informática de la Unidad Ejecutora Provincial, a partir del 1º de agosto del 2017, por un plazo de cinco 5
meses y por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y
DOS MIL $ 132.000, pagaderos en cinco 5 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS $ 26.400, en concepto de informes aprobados.
Artículo 4.- Impútese el gasto que demande el cumplimiento de la presente contratación, el cual asciende a la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL $
132.000, de la siguiente manera: Jurisdicción 30 SAF
33 Programa 07 Actividad 01 I.P.P 3.4.6 Fuente de Financiamiento 111, Ejercicio 2017.

Res. Nº 267

21-11-17

Artículo 1º.- Otórgase eficacia retroactiva al presente tramite de acuerdo a lo previsto en el Artículo 32
Inciso 3 de la Ley I N 18.
Artículo 2.- Apruébese la renovación de contrato de la Srta. Marianela BARRA D.N.I Nº: 33.261.257, para efectuar la carga de cuatro mil 4000 matrículas en el Sistema de Informático Integral del Registro de la Propiedad Inmueble, en el marco del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de dicho organismo, a partir del 1º de octubre del 2017, por un plazo de doce 12
meses y por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y
SEIS MIL OCHOCIENTOS $ 136.800, pagaderos en doce 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS $ 11.400, en concepto de informes aprobados.
Artículo 3º.- Encuádrese la presente renovación de contrato en los términos del Artículo 95º inciso c apartado 2 de la Ley II Nº 76.
Artículo 4.- Impútese el gasto que demande el cumplimiento de la presente contratación, el cual asciende a la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS $ 136.800, de la siguiente manera: en el Presupuesto 2017 la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO
MIL DOSCIENTOS $ 34.200 a la Jurisdicción 30 SAF
33 Programa 29 Proyecto 09 I.P.P 3.4.9 Fuente de Financiamiento 111, y prever el gasto restante para el Ejercicio 2018.

Res. Nº 269

23-11-17

Artículo 1.- Páguese a Banco BC Sociedad Anónima en su carácter de Fiduciario del Fideicomiso con fines de garantía del Bono para el Desarrollo e Infraestructura del Chubut Clase 1, CUIT Nº 30-71425139/
9, la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS QUINCE CON
NOVENTA Y UN CENTAVOS $25.576.715,91 en la Cuenta Corriente Nº 10 117-788000-8, CBU
3250000200011778800088.
Artículo 2.- Páguese a Banco BC Sociedad Anónima en su carácter de Fiduciario del Fideicomiso con fines de garantía del Bono para el Desarrollo e Infraestructura del Chubut Clase 2, CUIT Nº 30-71480383/

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 3/1/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha03/01/2018

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones4339

Primera edición07/01/2004

Ultima edición15/05/2024

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