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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 3/4/2017
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
Lunes 3 de Abril de 2017
ANEXO
APELLIDO Y NOMBRE
REGINAO, Ivana COLIN. Osvaldo COLEMIL, Vanesa VARGAS, Lucía Daniela CARDENAS, Milton Ariel BENGOA, Daniel Héctor M.
PAGINA 3
BOLETIN OFICIAL
D.N.I. N
36.724.699
36.760.719
34784.335
39.203.918
32.980.999
29.182.135
IMPORTE MENSUAL
$ 9.000
$ 10.000
$ 9.000
$ 9.000
$ 9.000
$ 18.000
Dto. Nº 304
14-03-17
Artículo 1.- Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad previsto en el Artículo 32 de la Ley I N 18, por aplicación del Punto 3 de la misma norma legal.Artículo 2.- Designar al señor GAMBARTE, Raúl Alejandro D.N.I. N 27.273.090 Clase 1979 en el cargo de Director General de Agricultura dependiente de la Subsecretaría de Agricultura del Ministerio de la Producción, a partir del 12 de enero de 2017.
Artículo 3.- Designar al señor GAUNA LAVAYEN, Claudio Martin D.N.I. N 24.472.833 - Clase 1975 en el cargo de Director de Producción Agropecuaria Familiar, de la Subsecretaría de Desarrollo Agropecuario y de Agregado de Valor del Ministerio de la Producción, a partir del 17 de enero de 2017.
Artículo 4: Designar al señor RODRÍGUEZ PELERITTI, Mariano D.N.I. N 29.133.647- Clase 1981 en el cargo de Director de Relaciones Institucionales, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de la Producción, a partir del 11 de enero de 2017.Artículo 5.- Designar al señor Guillermo Manuel
ZAMORA D.N.I. N 21.661.396 Clase 1970 en el cargo de Director General de Asuntos Legales, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de la Producción, a partir del 10 de enero de 2017.Artículo 6.- Otorgar el adicional por Jerarquía Profesional en virtud de lo establecido por el Artículo 22
inciso f de la Ley I N 74, reglamentado por el Decreto N 1330/81, a los profesionales designados, conforme surge del Anexo I que forma parte del presente Decreto, a partir de la fecha de la designación.Artículo 7.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado en la Jurisdicción 67 - Ministerio de la Producción - SAF 67 Ministerio de la Producción - Programa 17- Desarrollo Actividades Comerciales e Industriales - Actividad 2 - Industria y Desarrollo - Programa 1 -Conducción Ministerio de la Producción - Actividad 1 - Conducción Ministerio de la Producción - Programa 18 - Desarrollo y Fiscalización Agropecuaria - Actividad 1 - Desarrollo y Fiscalización AgropecuariaEjercicio 2017.-
ANEXO I
ADICIONAL POR JERARQUÍA PROFESIONAL Artículo 22 inciso f Ley I Nº 74
APELLIDO Y NOMBRES
M.I. Nº
CLASE
CARGO QUE DETENTA
FECHA
ADICIONAL
GAMBARTE, Raúl Alejandro ZAMORA, Guillermo Manuel
27.273.090
21.661.396
1979
1970
Director General de Agricultura Director General de Asuntos Legales
12/01/2017
10/01/2017
Jerarquía Profesional Jerarquía Profesional
Dto. Nº 305
ANEXO
14-03-17
Artículo 1º.- RATIFICAR la celebración de los contratos de obras con las personas que se detallan en el Anexo adjunto en el presente Decreto, encuadrando las contrataciones en los términos del Artículo 95 Inciso c Apartado 2 de la Ley II N 76 del Digesto Jurídico.Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, y que asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL $
378.000.-, se imputará en la Jurisdicción: 20 - Ministerio de Gobierno / SAF: 20-Saf del Ministerio de Gobierno / Programa: 16-Defensa Civil / Actividad: 01Defensa Civil -Comarca del VIRCH - Valdés / Ubicación Geográfica: 11999-Ambito Provincial / Inciso: 03- Servicios No Personales / Partida Principal: 04- Servicios Técnicos y Profesionales / Partida Parcial: 09-Otros Servicios Técnicos y Profesionales / Fuente de Financiamiento: 111-Rentas GeneralesEjercicio 2017.-
APELLIDO Y NOMBRE
GIBBON LUIS ALBERTO
GUTIERREZ BRIAN J.
BUSTAMANTE ROMINA
RODRIGUEZ HÉCTOR J.
ARAVENA GABRIELA T.
ROSALES NÉSTOR I.
MONTIEL LEONARDO F.
Dto. Nº 307
D.N.I. N
22.615.970
40.739.054
37.860.388
35.889.761
33.616.965
29.908.950
26.106.182
IMPORTE MENSUAL
$ 9.000.$ 9.000.$ 9.000.$ 9.000.$9.000.$ 9.000.$9.000.-
14-03-17
Artículo 1º.- RATIFICAR la celebración de los contratos de obra con las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, en los términos del Artículo 95 Inciso c Apartado 2
de la Ley II N 76 del Digesto Jurídico. Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, y que asciende a la suma total de