Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/3/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 25 de Marzo de 2013

PAGINA 17

BOLETIN OFICIAL

disposición de los herederos o representantes legales en su caso. UNDEClMA: Fiscalización: Mientras la sociedad no esté comprendida en ninguno de los supuestos a que se refiere el artículo 299 de la ley de sociedades se podrá prescindir de la sindicatura. En tal caso los socios poseen el derecho de contralor. Cuando corresponda designar síndico, la reunión de socios lo hará, sin que sea necesaria la reforma del contrato social.
De esta manera queda reordenado el contrato social.Asimismo ratifican: a La sede social y el domicilio fiscal, se constituyen en calle Pedro Pablo Ortega N 2280, de Comodoro Rivadavia. b La gerencia es ejercida por los socios Julio Marcelo GARCÍA y Héctor Eduardo OJEDA.- c El capital social queda suscripto e integrado conforme lo siguiente: Julio Marcelo García suscribe e integra 50 cuotas sociales de $ 1.050,00 cada una y Héctor Eduardo Ojeda suscribe e integra 50 cuotas sociales de $ 1.050,00 cada una.
Dr. MAURO ROBERTO FONTEÑEZ
Dirección de Asuntos Jurídicos Inspección General de Justicia Ministerio de Gobierno y Justicia P: 25-03-13.
INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA
Y DESARROLLO URBANO
CEDULA DE NOTIFICACION
Señora: GIMENEZ, Mabel Esther BO 60 Viviendas - SAN MIGUEL código 883
Casa N 40
9120 Puerto Madryn CHUBUT
Se notifica a la señora GIMENEZ, Mabel Esther DNI
17.517.268 de la siguiente Resolución, Rawson , CH., 04 de Marzo de 2013, VISTO: El Expediente N 544/11
SIPySP/ipv, y CONSIDERANDO: Que por Resolución N
117/10-IPVyDU, se otorga en carácter de adjudicación a favor de GIMENEZ, Mabel Esther la unidad habitacional de dos 2 dormitorios, identificada como casa N 40 del Barrio 60 Viviendas - SAN MIGUEL Cód. 883, Plan Federal Plurianual de la ciudad de Puerto Madryn , Que de acuerdo a los antecedentes obrantes en el presente Expediente , se constata que la Señora GIMENEZ, Mabel Esther no habita la unidad otorgada. habiéndosele efectuado las notificaciones legales correspondientes, sin haber aportado las pruebas que hacen a su derecho, por no ocupación; Que de acuerdo a ello corresponde dictar el acto resolutivo pertinente que regularice el estado ocupacional de la vivienda en cuestión; Que por Decreto N 134/13 se designa Presidente del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, quien ejerce las facultades, funciones y atribuciones que la Ley XXV-N 5 le otorga al Directorio del Organismo;
POR ELLO: EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO RESUELVE: Artículo 1: Dejar sin efecto la adjudicación otorgada por Resolución N 117/10-IPVyDU , sobre la
unidad habitacional de dos 2 dormitorios identificada como Casa N 40 del Barrio 60 Viviendas -SAN MIGUEL Código 883- Plan Federal Plurianual de la Ciudad de Puerto Madryn, a la Señora GIMENEZ, Mabel Esther DNI N 17.517.268 por falta de ocupación, de acuerdo a los considerandos precedentes.- Artículo 2: en virtud de la caducidad de la Adjudicación resuelta por el Artículo 1 la señora GIMENEZ, Mabel Esther DNI N
17.517.268 queda impedida de acceder en el futuro como adjudicataria y/o beneficiaria de operatorias ejecutadas a través del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, salvo que acredite fehacientemente la conformación de un nuevo grupo familiar. Artículo 3:
Regístrese, Comuníquese, Gírese copia al Departamento de Crédito Hipotecario, Notifíquese a la Interesada, y Cumplido, ARCHIVESE.- RESOLUCION N 128/13-IPVyDU
Firma Arq. Ricardo Alberto TROVANT PRESIDENTE del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano.El acto administrativo transcripto no es definitivo en la vía administrativa y los recursos que contra el mismo pueden interponerse son: A RECURSO DE
RECONSIDERACION: Deberá interponerse dentro del término de tres 3 días de notificado el acto que lo motiva, ante la misma autoridad que lo dictó. B RECURSO JERARQUICO: Se interpondrá dentro del término de diez 10 días ante la autoridad que dicto el acto que lo motiva, pudiendo deducirse conjuntamente con el de Reconsideración, en forma subsidiaria. C RECURSO
DIRECTO: Si la autoridad que produjo el acto recurrido no hiciera lugar al recurso Jerárquico podrá recurrir directamente ante el superior, dentro del término de tres 3 días pidiendo que se le conceda el mismo.
QUEDA UD., DEBIDAMENTE NOTIFICADA.
RAWSON, CH, 5 de marzo de 2013.
Tec. Vial NELSON OMAR TURRILLO
Gerente General Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano ADRIANA MABEL MONTIAN
A/C Dirección Social Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano I: 22-03-13 V: 26-03-13.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL
INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUBSECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS
VIALIDAD NACIONAL
AVISO DE LICITACIÓN
La Dirección Nacional de Vialidad comunica el llamado a Licitación Nacional la siguiente Obra:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/3/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha25/03/2013

Nro. de páginas21

Nro. de ediciones4340

Primera edición07/01/2004

Ultima edición06/06/2024

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