Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/1/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 8

BOLETIN OFICIAL

ción Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Artículo 4 DISPONER que cada seis 6 meses la Señora GALLOSO acredite supervivencia bajo constancia extendida por autoridad competente policial o judicial, siendo que de no cumplirse con la medida se le suspenderá su haber jubilatorio, rehabilitándose una vez satisfecha.

Res. N 1837

Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de Octubre de 2008.
Artículo 3 RETENER al Señor Enrique Edgardo ARDANAZ el catorce 14% por ciento mensual de los haberes previsionales, hasta alcanzar los 30 años de servicios.
Artículo 4 DISPONER que cada seis 6 meses el Señor ARDANAZ acredite supervivencia bajo constancia extendida por autoridad competente policial o judicial, siendo que de no cumplirse con la medida se le suspenderá su haber de retiro, rehabilitándose una vez satisfecha.

11-11-08

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N3923, a la Señora María Ester BENSEÑOR, D.N.I. N6.367.539, ex-docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de Octubre de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Artículo 4 DISPONER que cada seis 6 meses la Señora María Ester BENSEÑOR acredite supervivencia bajo constancia extendida por autoridad competente policial o judicial, siendo que de no cumplirse con la medida se le suspenderá su haber jubilatorio, rehabilitándose una vez satisfecha.

Res. N 1849

11-11-08

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N3923, al Señor Luis Enrique ZAPPELLINI, D.N.I. N10.870.832, ex-docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de noviembre de 2008.
Artículo 3 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Artículo 4 DISPONER que cada seis 6 meses, el Sr. ZAPPELLINI acredite supervivencia bajo constancia extendida por autoridad competente policial o judicial, siendo que de no cumplirse con dicha medida se le suspenderá su haber jubilatorio, rehabilitándose una vez satisfecha.

11-11-08

Artículo 1 OTORGAR RETIRO VOLUNTARIO DEL
REGIMEN POLICIAL LEY PROVINCIAL N3923, al Señor Enrique Edgardo ARDANAZ, D.N.I. N13.160.104, ex-empleado de la Policía de la Provincia del Chubut.

17-11-08

Artículo 1º: RECONOCER bajo el régimen GENERAL de la Ley Provincial N3923 T.O.N4251 los servicios prestados por la Señora Laura Amalia GILLIG
L.C.N5.717.862, en la actual Secretaría de Salud por los períodos del 01-04-70 al 31-12-70, 01-05-71 al 3110-71, 01-11-71 al 30-11-71, 01-12-71 al 31-12-71, 0101-72 al 31-01-72, 01-02-72 al 31-05-72, 01-06-72 al 3006-72, 01-07-72 al 31-03-73, 01-04-73 al 30-04-73 y 0105-73 al 29-11-73, totalizando TRES 03 AÑOS Y CUATRO 04 MESES servicios con aportes a este Instituto de Seguridad Social y Seguros, no computándose período sin antecedente del 17-02-70 al 31-03-70, período sin aporte del 01-01-71 al 30-04-71 y días de licencia sin sueldo que se detallan: 1 día de Noviembre del 71, 1día de Enero del 72, 2 días de Junio del 72 y 1 día de Abril del 73.
Artículo 2º: El presente Expediente deberá ser enviado a la Caja Previsional donde la solicitante gestione el trámite de JUBILACION.

Res. N 1854
Res. N 1839

17-11-08

Artículo 1 OTORGAR PENSION LEY PROVINCIAL
N3923, a la Sra. Etelvina BERNAL, D.N.I. Nº5.396.537
y a Alejo Marcos RODRIGUEZ, D.N.I. N32.798.012 con vencimiento al: 19/01/2013, siempre que acredite anualmente la regularidad en los estudios art.44bis Ley 3923, esposa e hijo del Sr. Domingo RODRIGUEZ, D.N.I.
Nº7.319.864, extinto Retirado de este Instituto.
Artículo 2 El Haber Mensual proporcional de la prestación se liquidará a partir del 12 de agosto de 2008.
Artículo 3 DISPONER que el término periódico de casa seis 6 meses, a la Sra. BERNAL acredite supervivencia bajo constancia extendida por autoridad competente policial o judicial, siendo que de no cumplirse con dicha medida se le suspenderá su haber pensionario hasta tanto cumpla con la misma.

Res. N 1853
Res. N 1838

Martes 27 de Enero de 2009

17-11-08

Artículo 1º: RECONOCER bajo el régimen GENERAL de la Ley Provincial N3923 T.O.N4251 los servicios prestados por el Señor Tómas Osvaldo BRAVO
L.E.N7.820.956, en la Administración de Vialidad Provincial por el período del 01-09-70 al 04-06-73, totalizando DOS 02 AÑOS, NUEVE 09 MESES Y CUATRO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/1/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha27/01/2009

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones4339

Primera edición07/01/2004

Ultima edición15/05/2024

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