Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/4/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 2 de Abril de 2004

BOLETIN OFICIAL

Judicial con asiento en la ciudad de Trelew, el que, por asignación presupuestaria, cuenta con un cargo de Secretario Letrado de Primera Instancia, y que en consecuencia corresponde llamar a concurso para cubrir el referido cargo, en los términos de las Acordadas N
3099/95 y su modificatoria 3181/99.
Por ello el Superior Tribunal de Justicia
RESUELVE:
1 Llamar a concurso abierto de antecedentes y oposición en los términos de la Acordada N 3099/95 y su modificatoria Acordada N 3181/99, para cubrir un cargo de Secretario Letrado de Primera Instancia para el Juzgado de Ejecución de la ciudad de Trelew - remuneración mensual $ 1.243,28 más adicionales de ley.
2 Designar jurado del concurso dispuesto por el artículo anterior, como presidente a la Dra. Gladys Celia CUNIOLO y a los Dres. María Celia AMARAL y Aldo Luis DE CUNTO como integrantes del mismo art. 5 Acordada N 3099/95.
3 Fijar como fecha de apertura y cierre de inscripción del presente concurso, los días 12-04-04 al 21-0404 respectivamente.
4 El presente llamado a concurso se publicará durante los días 02, 06 y 07 de abril del corriente año en el Boletín Oficial y en los periódicos JORNADA y EL
CHUBUT, ambos de la ciudad de Trelew, conforme al artículo 4 de la Acordada N 3099/95.
5 Serán requisitos para inscribirse en este concurso, poseer título de abogado expedido por Universidad Nacional o Privada reconocida por ley, con una antigedad mínima de dos 2 años o en su defecto con diez 10 años de antigedad como agente judicial y constituir domicilio especial a los efectos de las notificaciones y citaciones.
6 Los postulantes deberán acompañar:
a Original o copia certificada de toda la documentación que acrediten los antecedentes que invoquen.
b Certificado de aptitud psico-física expedido por un Organismo de Salud Pública.
c Certificado de antecedentes expedido por autoridad policial.
7 Los interesados deberán presentar su postulación y la documentación requerida en el Edificio de Tribunales sito en 9 de Julio 261, ante la Dra. Gladys Celia CUNIOLO, los días hábiles en el horario de 7 a 13 hs. durante el período establecido en el art. 3 de la presente.
8 El jurado designado establecerá la bibliografía, el temario y la fecha, hora y lugar en que se llevará a cabo la prueba de oposición.
9 Regístrese, comuníquese a los Sres. integrantes del jurado designado, publíquese en los términos del art. 4 de la presente y archívese.
Dr. FERNANDO S. L. ROYER
Dr. JOSE LUIS PASUTTI
Dr. DANIEL LUIS CANEO
I: 02-04-04 V: 07-04-04

PAGINA 3

MINISTERIO DE COORDINACION DE
GABINETE

Resolución N V-47/04.
Rawson, 24 de Marzo de 2004.
VISTO:
La Ley N 5.074, el Decreto N 2005/81 y la Resolución N V-75/96-SGG; y CONSIDERANDO:
Que el artículo 8º inciso 8 de la norma citada en el Visto establece entre las funciones de este Ministerio la de formular y ejecutar las políticas en materia de personal;
Que por el artículo 10º del Decreto mencionado en el Visto, la reglamentación de dicha norma establecerá las condiciones y modalidades a cumplimentar para el otorgamiento de la licencia ordinaria por enfermedad;
Que la Resolución citada en el Visto de la Secretaría General de la Gobernación aprobó el reglamento para la tramitación y otorgamiento de licencias por enfermedad;
Que a los fines de mejorar el control de los elevados índices de ausentismo observado en la Administración Pública Provincial es menester facultar a la Secretaría de Salud, a través de los distintos establecimientos asistenciales públicos dependientes, para proceder a la extensión de los certificados médicos que convaliden el estado de salud del agente, los que reemplazarán la documentación médica particular exigida en los artículos 8º, 9º, 10º, 11 y 14º de la Resolución citada en el Visto;
Por las Sectoriales de Personal de cada organismo se proceda a poner en conocimiento del personal dependiente de cada repartición.
POR ELLO:
El Ministro de Coordinación de Gabinete
RESUELVE:
Artículo 1º.- REEMPLAZAR la documentación médica particular que deben presentar la totalidad de los agentes para convalidar el estado de salud de aquellos que soliciten licencia ordinaria por enfermedad, requerida en los artículos 8º, 9º, 10º, 11 y 14º de la resolución N V-75/96-SGG, por un certificad médico expedido por los distintos establecimientos asistenciales públicos dependientes de la Secretaría de Salud.
Artículo 2.- Por las Sectoriales de Personal de cada dependencia procédase a poner en conocimiento del personal dependiente del contenido de la presente resolución.
Artículo 3º.- Refrendará la presente Resolución el señor Subsecretario de Modernización del Estado.
Artículo 4.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.
NORBERTO GUSTAVO YAUHAR
MIGUEL ANGEL ROSSETTO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/4/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha02/04/2004

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones4340

Primera edición07/01/2004

Ultima edición06/06/2024

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