Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 8/3/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 44
Lunes, 08 de marzo de 2021
Pág. 2


ADMINISTRACIÓN LOCAL
1000/21

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA
AREA DE RECURSOS HUMANOS Y RÉGIMEN INTERIOR
ANUNCIO

REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN RÉGIMEN DE TELETRABAJO EN LA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA.
PREÁMBULO
La sostenibilidad es un reto para toda la ciudadanía y una obligación para las Administraciones Públicas. Gracias al teletrabajo, es posible reducir las emisiones de CO2 y disminuir desplazamientos, pues los/las empleados/as no deben trasladarse a su centro de trabajo; se aprovechan mejor las infraestructuras de transporte y las carreteras Es más, está tipificado en la Agenda 2030, un plan de acción planetario basado en 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible ODS, que busca asegurar el desarrollo social y económico mundial desde un punto de vista ecológico y sostenible.
El teletrabajo contribuye a superar los problemas de movilidad que podrían derivarse de limitaciones físicas por algún tipo de discapacidad o espaciales/geográficos por cuestiones como los entornos rurales o la deficiencia de comunicaciones propias de la Almería interior.
El teletrabajo es, hoy en día, uno de los elementos más relevantes dentro del llamado salario emocional, esto es, las retribuciones no económicas que el/la empleado/a puede percibir de la Diputación y que mejoran su percepción sobre el ambiente laboral, incrementan su productividad y satisfacen necesidades profesionales, personales o familiares. Supone un incentivo en forma de tiempo que repercute en la calidad de vida y en la motivación.
Desde una perspectiva propia de salud laboral, esta modificación de la organización del trabajo conlleva riesgos, aunque también puede presentar aspectos positivos desde un enfoque puramente preventivo.
La virtud más reseñable y plenamente constatable es la reducción de la probabilidad de sufrir un accidente in itinere, asociado a la reducción o eliminación de los desplazamientos diarios entre el domicilio de la persona teletrabajadora y el centro de trabajo.
Son varios los riesgos propios en cuanto a la salud laboral que se presentan. Además de estos, tendremos que abordar los riesgos genéricos ergonómicos y ambientales de cualquier puesto de oficina.
En cuanto a los riesgos propios, por un lado, tenemos el peligro de aislamiento por el menor contacto con los compañeros y compañeras de trabajo. Es este uno de los riesgos más frecuentes, lo que hace conveniente implantar ciertas medidas que eviten el riesgo de reducción de los niveles de interacción social.
Las tecnologías de la comunicación e información pueden permitir la disponibilidad de 24 horas/día del empleado o empleada.
Esta posibilidad que ofrecen las nuevas tecnologías también pueden generar sobreexplotación y abren la puerta a nuevos riesgos de carácter psicosocial, como son el tecnoestrés o dificultades para dejar el trabajo. Por ello parece necesario incluir formulaciones de desconexión digital para impedir que el trabajo se desarrolle más allá de los horarios acordados en este reglamento.
El teletrabajo va a permitir el acceso a los sistemas de información de la Diputación desde fuera del perímetro de seguridad de las redes corporativas, lo que supone riesgos para dichos sistemas de información, debiendo por tanto la Diputación establecer las medidas de seguridad necesarias en el ámbito del Esquema Nacional de Seguridad y de la normativa de protección de datos, para minimizar al máximo los posibles riesgos.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería B.O.P. nº 57 de 24/03/2009

Documento firmado electrónicamente. Verificable en https ov.dipalme.org/csv?id=zgxshUViLn-CUNNf86hVyqGAPWjPoObb .

El Pleno de la Corporación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de mayo de 2020, aprobó inicialmente el Reglamento de Teletrabajo de la Diputación Provincial de Almería.
En el Boletín Oficial de la Provincia núm. 125/2020, de 1 de julio, se publicó el anuncio correspondiente para someter el Reglamento a información pública y audiencia a los/as interesados/as por el plazo de treinta días hábiles, para la presentación de reclamaciones y sugerencias, días que comprenden desde el 2 de julio al 12 de agosto de 2020.
De conformidad con lo establecido en el art. 13.1.c de la Ley 1/2014, de Transparencia pública de Andalucía, el texto del reglamento de referencia, en su versión inicial, se ha publicado en el tablón de anuncios y en el portal de transparencia de la Diputación Provincial de Almería, desde el 2 de julio al 12 de agosto de 2020.
Frente al citado Reglamento se presentaron reclamaciones y el Pleno de la Corporación las resolvió en sesión ordinaria, celebrada el día 4 de septiembre de 2020, quedando aprobado definitivamente el Reglamento de Teletrabajo de la Diputación Provincial de Almería.
Por tanto, el citado acuerdo ha quedado elevado a definitivo conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de Bases de Régimen Local.
Contra el Reglamento aprobado definitivamente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de este orden jurisdiccional del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme a lo dispuesto en el art. 46, en relación con el 10, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/85, 2 de abril Reguladora de Bases de Régimen Local, se inserta a continuación el texto íntegro del Reglamento.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 8/3/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaísEspaña

Fecha08/03/2021

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones6225

Primera edición26/04/1999

Ultima edición27/05/2024

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