Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 29/9/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 189
Martes, 29 de septiembre de 2020
Pág. 3


ADMINISTRACIÓN LOCAL
3264/20

AYUNTAMIENTO DE ALCOLEA
EDICTO
Don ANTONIO OCAÑA BAÑOS, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcolea Almería, HACE SABER:
De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público para general conocimiento, que en la sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Alcolea el día 13 de agosto de 2020 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
6º.- PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA RED AÉREA DE BAJA TENSIÓN EN PARCELA 373 DEL POLÍGONO 2 DE ESTE
MUNICIPIO DE ALCOLEA ALMERÍA PROMOVIDO D. ANTONIO PALACIOS MARTÍNEZ.
Se da cuenta de la propuesta del Sr. Alcalde que dice:
D. Antonio Ocaña Baños, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcolea, tiene el honor de elevar al Pleno de este Ayuntamiento la siguiente:

Visto el expediente que se tramita para la aprobación de Proyecto de Actuación para red aérea de baja tensión en parcela 373
del polígono 2 de este municipio de Alcolea Almería promovido D. Antonio Palacios Martínez.
Vistos los informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente en sentido favorable sobre la tramitación del proyecto de actuación presentado.
No habiéndose recibido alegación alguna durante el plazo de exposición pública mediante anuncio publicado en el BOP de Almería de fecha 25 de mayo de 2020 y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento.
Habiéndose solicitado informe de la Delegación Territorial Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía en Almería de conformidad con lo establecido en el art. 43.1.d de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía LOUA y visto el escrito de fecha 28 de julio de 2020 emitido al respecto.
Visto que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable y que el proyecto de actuación es conforme con la ordenación urbanística aplicable.
Por todo lo expuesto, propone que por el Pleno se adopte el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar el Proyecto de Actuación para red aérea de baja tensión en parcela 373 del polígono 2 de este municipio de Alcolea Almería promovido D. Antonio Palacios Martínez.
Segundo. Habrán de cumplirse con los deberes legales derivados del régimen aplicable al suelo no urbanizable que le sea de aplicación, conforme a lo regulado en el artículo 51 y 52 de la LOUA.
Tercero. La materialización del uso y actividad requerirá la obtención de licencia urbanística municipal en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del proyecto de actuación, debiendo abonarse la prestación compensatoria en suelo no urbanizable regulada en la ordenanza fiscal publicada en BOP de Almería de fecha 3 de mayo de 2011.
Cuarto. Deberán obtenerse el resto de licencias y autorizaciones administrativas preceptivas que sean exigibles por la normativa sectorial aplicable por esta y otras administraciones públicas.
Quinto. Publicar el presente acuerdo en el BOP, y proceder a su notificación a la Consejería competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio.
En Alcolea, a 10 de agosto de 2020. EL ALCALDE-PRESIDENTE.- Fdo.: Antonio Ocaña Baños.- Rubricado.-
Sometido el asunto a votación ordinaria, el Pleno lo aprueba por unanimidad de los seis miembros presentes, de los siete que legalmente componen el Pleno, con seis votos a favor cinco del Grupo Municipal IU y uno del Grupo Municipal PSOE, quedando así aprobado.
Se informa que, contra el expresado acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes, a partir del día hábil siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de dicho orden jurisdiccional de Almería, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 46, en relación con el artículo 8 ambos de la Ley 29/1998, de 13 de Julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Se informa que, de optar por la presentación del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a sus derechos.
En Alcolea, a 9 de septiembre de 2020.
EL ALCALDE, Antonio Ocaña Baños.


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PROPUESTA DE ACUERDO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 29/9/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaísEspaña

Fecha29/09/2020

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones6209

Primera edición26/04/1999

Ultima edición03/05/2024

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