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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 11/8/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería
B.O.P. de Almería - Número 154
Martes, 11 de agosto de 2020
Pág. 4
ADMINISTRACIÓN LOCAL
2824/20
AYUNTAMIENTO DE CANTORIA
ANUNCIO
Aprobado definitivamente el Expediente de Transferencia de Créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación Progr.
Económica 171
22799
011
31000
011
91300
Descripción Mantenimiento Jardinería Intereses y Gtos. Financieros Amortización Préstamos TOTAL
Créditos iniciales 75.000,00
10.665,00
160.170,00
245.835,00
Transferencia de crédito 90.000,00
12.880,00
120.012,00
222.892,00
Créditos finales 165.000,00
23.545,00
280.182,00
468.727,00
Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería B.O.P. nº 57 de 24/03/2009
Documento firmado electrónicamente. Verificable en https ov.dipalme.org/csv?id=GjRLhHK8SSXiPQ4RCbpltuiFnSbIKIT9 .
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Cantoria, a seis de agosto de dos mil veinte.
LA ALCALDESA-PRESIDENTA, Purificación Sánchez Aránega.