Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 1/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 125
Miércoles, 01 de julio de 2020
Pág. 55


ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
1858/20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA
Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 630/2019 Negociado: SR
N.I.G.: 0401344420190002464
De: D/D. FATIMA ZAHRAA EL AHMADI
Abogado: JAIME RAMOS QUILEZ
Contra: D/D. D.A.K. 175 PROMOCIONES ALDISUR SL y FOGASA

D/D María Cruz Cívico Maldonado, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 3 de Almería.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 630/2019 a instancia de la parte actora D/D.
FATIMA ZAHRAA EL AHMADI contra D.A.K. 175 PROMOCIONES ALDISUR SL y FOGASA sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado Sentencia de fecha 9/6/19 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. FATIHA WARKHIS frente a la empresa PROMOCIONES
ALDISUR SL debo declarar y declaro la nulidad del despido de que ha sido objeto la actora, y dado que el centro de trabajo está cerrado y la demandada carece de actividad alguna desde el 27-6-19 acuerdo extinguir la relación laboral entre las partes en dicha fecha y condeno a la mercantil PROMOCIONES ALDISUR SL a abonar a la demandante una indemnización por despido de 1.518 € mas la cantidad de 4.140 € en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido 15-3-19 hasta la de extinción de la relación laboral; y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL en los supuestos y con los límites del art 33 del ET.
Y para que sirva de notificación al demandado D.A.K. 175 PROMOCIONES ALDISUR SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Almería, a doce de junio de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María de la Cruz Cívico Maldonado.
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."


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EDICTO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 1/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaísEspaña

Fecha01/07/2020

Nro. de páginas55

Nro. de ediciones6210

Primera edición26/04/1999

Ultima edición06/05/2024

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