Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 28/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 101
Jueves, 28 de mayo de 2020
Pág. 3


ADMINISTRACIÓN LOCAL
1479/20

AYUNTAMIENTO DE HUERCAL DE ALMERIA
ANUNCIO
DECRETO DE 22-05-2020 DEL ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL DE ALMERÍA, RELATIVO A LA
REANUDACIÓN PLAZO DE EXPOSICIÓN AL PÚBLICO Y PUBLICACIÓN PERIODO COBRO EN VOLUNTARIA PADRONES
IVTM y VADOS COMO CONSECUENCIA DE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19.
D. Ismael Torres Miras,, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Huércal de Almería, ha dictado el siguiente
Visto que por Resolución de esta Alcaldía número 2020-0754, de fecha de 25-02-2020, y número 2020-0794, de fecha 02-032020 respectivamente, se aprobaron los padrones fiscales y listas cobratorias de los siguientes tributos municipales:
TASA ENTRADA DE VEHÍCULOS Y RESERVA DE ESPACIO 2020/ANUAL
IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA 2020/ANUAL, Vistos que en fecha 17 de marzo de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia Edicto del Ayuntamiento, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, exponiéndose al público en el Servicio de Tesorería y Recaudación del Ayuntamiento Plaza de las Mascaranas, 1.-04230 Huércal de Almería, en horario de atención al público de 9:00 a 14:00 horas y tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este Edicto, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan. Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de los citados desde el día 5 de abril de 2019
al día 5 de junio de 2019.
Visto el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Éste último, en su exposición de motivos establece que "La contención de la progresión de la enfermedad supone limitaciones temporales a la libre circulación junto con la reducción de la oferta laboral debido a las medidas de cuarentena y contención
Visto que por Resolución de Alcaldía número 2020-1087, de fecha 27/03/2020, publicada en el BOP de Almería nº 65 de 3 de abril de 2020, se acordó suspender el actual plazo de exposición al público y posponer su inicio al día siguiente al de la finalización del Estado de Alarma, así como, acordar y comunicar a la Excma. Diputación Provincial de Almería, la modificación del periodo de cobro en periodo voluntario de los padrones del Impuesto de vehículos de tracción mecánica y de vados para retrasarlo hasta que finalice el Estado de alarma, así como, ampliar un mes más el periodo voluntario de pago.
Vista la desescalada del Estado de Alarma, que empieza a permitir la movilidad, así como la reapertura del Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Huércal de Almería, al que ya se puede acudir presencialmente, con cita previa, en horario de 9:00 a 14:00.
Vista que, la suspensión ampliación de plazos regulados en el artículo 33 del el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, no afecta a los plazos regulados en el artículo 62.3 deudas de notificación colectiva y periódica de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria. Y que el artículo único, en su apartado número cuatro, del Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece que: "La suspensión de los términos y la interrupción de los plazos administrativos a que se hace referencia en el apartado 1 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020 no será de aplicación a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias."
Visto que el estado de alarma se ha alargado más de lo esperado y que la Excma. Diputación Provincial de Almería nos ha comunicado la posibilidad de acogernos al próximo periodo de puesta al cobro en periodo voluntario de 1 de junio a 31 de agosto, a fin de no perjudicar a nuestros ciudadanos con la coincidencia de distintos recibos Considerando las competencias que a favor de esta Alcaldía establece la vigente normativa reguladora en materia de régimen local.


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DECRETO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 28/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaísEspaña

Fecha28/05/2020

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones6209

Primera edición26/04/1999

Ultima edición03/05/2024

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