Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 5/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 84
Martes, 05 de mayo de 2020
Pág. 13


ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
1237/20

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ROQUETAS DE MAR
N.I.G.: 0407942120180003880.
Procedimiento: Juicio Verbal Desahucio Precario -250.1.2 769/2018. Negociado: C3.
Sobre:
De: BANCO SABADELL S.A.
Procuradora Sra.: ELENA MEDINA CUADROS.
Letrado/a Sr./a.: María CONCEPCIÓN MONTALVO MORENO.
Contra: IGNORADOS OCUPANTES Procurador/a Sr./a.:
Letrado/a Sr./a.:
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal Desahucio Precario -250.1,2 769/2018 seguido a instancia de BANCO SABADELL
S.A. frente a IGNORADOS OCUPANTES se ha dictado sentencia, cuyo Encabezamiento y Fallo es el siguiente:

En Roquetas de Mar, a 17 de octubre de 2019.
Verónica Torres Piqueras, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N. 2 de Roquetas de Mar, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal de Desahucio por precario seguidos bajo el número N. 769/2019 ante este Juzgado a instancia de BANCO SABADELL, S.A. representada por la Procuradora ELENA MEDINA CUADROS y asistida de la Letrada CONCEPCIÓN MONTALVO MORENO, como parte demandante; frente a IGNORADOS OCUPANTES DEL INMUEBLE sito en Calle Zamora, N.º 4, 2, A, Roquetas de Mar Almería, en situación de rebeldía procesal.
FALLO:
ESTIMO en su integridad la demanda promovida por BANCO SABADELL, S.A., representada por la Procuradora Elena Medina Cuadros frente a IGNORADOS OCUPANTES DEL INMUEBLE sito en Calle Zamora, n. 4, 2. A, Roquetas de Mar Almería, y en su virtud, 1.- Se declara que la parte demandada ocupa la vivienda sita en Calle Zamora, n.4, 2. A, Roquetas de Mar Almería, sin título alguno y sin pagar ningún tipo de contraprestación y por tanto en situación de precario.
2.- Se declara haber lugar a desahucio por precario del referido inmueble, condenando al demandado a dejar libre, vácua y expédita la mencionada vivienda a disposición de la actora, bajo apercibimiento de lanzamiento de los demandados y de cuantas personas por ellos autorizados ocuparen la vivienda si no lo efectuaren voluntariamente.
3.- Se imponen a la parte demandada las costas causadas en el presente procedimiento.
Déjese testimonio en autos de esta resolución, llevándose su original al libro correspondiente.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación ante la lima. Audiencia Provincial.
Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos, sin que en ningún caso proceda actuar en sentido contrario a lo resuelto artículo 456.2 L.E.C., Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.
Así, por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dichos demandados, IGNORADOS OCUPANTES del inmueble sito en C/ Zamora, número 4, 2.o A 04740
Roquetas de Mar, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Roquetas de Mar a dieciocho de octubre de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María José Sáez Navarro.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.


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SENTENCIA N.º 176/2019

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 5/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaísEspaña

Fecha05/05/2020

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones6210

Primera edición26/04/1999

Ultima edición06/05/2024

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