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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 23/9/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería
B.O.P. de Almería - Número 182
Lunes, 23 de septiembre de 2019
Pág. 20
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
3731/19
MINISTERIO DE FOMENTO
DEMARCACION DE CARRETERAS DEL ESTADO EN ANDALUCIA ORIENTAL
ANUNCIO
EXPROPIACIONES - PAGO DE JUSTIPRECIOS
Clave 12-GR-3160
TERMINO
ADRA
N.º FINCA
147-1
SUBFINCA
PROPIETARIO
María Isabel y Juan Antonio López Rodríguez
FECHA
22/10/2019
HORA
10:30
En Granada, a veinte de agosto de dos mil diecinueve.
EL JEFE DE SERVICIO DE ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA, Miguel Ángel Ortega de Torre.
Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería B.O.P. nº 57 de 24/03/2009
Documento firmado electrónicamente. Verificable en https ov.dipalme.org/csv CSV: YZx7qaUw6DLabspMvYe6yg== .
Hechos efectivos los libramientos correspondientes a los pagos de los Justiprecios de las fincas relacionados en la tabla anexa, esta Demarcación de Carreteras de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 del vigente Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1.957, ha resuelto, para efectuar el pago aludido, señalar día, hora y lugar al que deberán concurrir los interesados, ya sea personalmente o por medio de representante con poder debidamente autorizado.
Dichos pagos corresponden a los tramos de obra y términos municipales que se indican en la tabla. El acto se celebrará en las dependencias municipales que los ayuntamientos correspondientes tengan destinados para tal uso de los Ayuntamientos De no comparecer y/o no percibir las correspondientes indemnizaciones, serán ingresadas en la Caja General de Depósitos en el plazo de 48 horas.
Asimismo, se advierte que, en el citado acto, deberá exhibir el D.N.I., los títulos de propiedad de la finca afectada y Nota simple del Registro de la Propiedad, de fecha actual, acreditativa de la libertad de cargas de los terrenos.
Para aquellas fincas que consten en el expediente con un gravamen de hipoteca, deberán presentar justificante fehaciente de su cancelación para poder realizar el pago, en otro caso, se consignarán las cantidades en la Caja General de Depósitos a los efectos legales procedentes.
Al mismo tiempo, se hace público este acto para que, si existieran terceras personas que se considerasen con mejor derecho a percibir las cantidades correspondientes a cada una de las fincas, pueden comparecer en el día, hora y lugar indicado para formular la reclamación que estimen oportuna. Para ello, deberán ir provistos de los documentos en que fundamentan su intervención.