Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 18/3/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 52
Lunes, 18 de marzo de 2019
Pág. 19


ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
703/19

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ROQUETAS DE MAR
N.I.G.: 0407942C20180000009
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 31/2018. Negociado: C1.
Sobre:
De: D./D. SANTANDER CONSUMER E.F.C. S.A.
Procurador/a Sr./a.: JAVIER SALVADOR MARTÍN GARCÍA .
Letrado/a Sr./a.;
Contra D./D.: MANUEL OJEDA LÓPEZ.
Procurador/a Sr./a.:
Letrado/a Sr./a.:
EDICTO
En el presente Procedimiento Ordinario 31/2018 seguido a instancia de SANTANDER CONSUMER E.F.C. S.A. frente a MANUEL OJEDA LÓPEZ se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En Roquetas de Mar a 22 de junio de 2.018.
Vistos y examinados los presentes autos n.º 31/2.018, de juicio ordinario por D. Francisco José Domínguez Ureña, MagistradoJuez JAT del TSJ de Andalucía, Ceuta y Melilla; seguidos a instancia de SANTANDER CONSUMER E.F.C., representada por el procurador Sr. Martín García; contra D. Manuel Ojeda López, en situación procesal de rebeldía;
FALLO:
Que estimando la demanda presentada por el procurador de los Tribunales Sr. Martín García en nombre y representación de SANTANDER CONSUMER E.F.C. S.A. debo condenar y condeno a D. Manuel Ojeda López a pagar a la parte actora la cantidad de 8.145,24 euros, más los intereses moratorios correspondientes de los artículos 1.101 y 1.108 del C.C y costas procesales.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, contra la presente resolución, cabe recurso de apelación ante la Iltma.
Audiencia Provincial de Almería, interponiéndose ante este Juzgado en el plazo de veinte días.
Por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
E/
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe en el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.
Y encontrándose dicho demandado, MANUEL OJEDA LÓPEZ, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Roquetas de Mar a veintidós de enero de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María Victoria López Rodríguez.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.


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SENTENCIA N.º 136/18

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 18/3/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaísEspaña

Fecha18/03/2019

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6210

Primera edición26/04/1999

Ultima edición06/05/2024

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