Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/02/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

BOLETIN OFICIAL Nº 6162

23 de febrero de 2023

107

Título 6: De la Extinción y Caducidad del Partido:
53 Se producirá:
a Cuando acontezca alguno de los supuestos contemplados en la Ley O 2431.
b Cuando así lo resolviera la Asamblea Partidaria, por el voto directo de las dos terceras partes de los afiliados presentes.
c En los casos contemplados en la presente Carta Orgánica.
54 Producida la caducidad y extinción del partido, se designará un liquidador, conforme al régimen legal vigente, que actuará dentro de su esfera específica y procederá a la realización de los bienes del partido, mediante licitación pública, si así correspondiere y previa liquidación de las obligaciones y gastos que se originen, el remanente que quedase será destinado a la Municipalidad de Cinco Saltos con cargo a ser destinado a la salud pública.
Título 7: Régimen Electoral para cargos electivos Municipales:
55 Para la selección e integración definitiva de candidatos del partido en Elecciones Municipales se garantizaran la representación de las miniorias con la utilización del sistema Dhond y el principio de equivalencia de géneros.Título 8: Disposiciones Generales:
56 Los afiliados que sin causa justificada se abstengan de votar en las elecciones del partido por 3 veces consecutivas, no podrán ocupar cargos.
57 Queda absolutamente prohibido a los afiliados, hacer declaraciones o exteriorizaciones públicas, que tengan la intención de desprestigiar al partido, sus autoridades o afiliados. En caso de que ocurra, la Junta Central, procederá de oficio.
58 Toda renuncia que haga una persona de su candidatura o de cualquier cargo, será como indeclinable y no podrá votarse el rechazo.
59 Todo habitante de la localidad de Cinco Saltos electoralmente habilitado y afiliado a este partido, tiene derecho a ser proclamado candidato para ocupar cargos públicos comunales por el partido Nueva Generación.
60 No es incompatible desempeñar simultáneamente cargos partidarios y funciones públicas electivas o políticas en el Poder Ejecutivo o en su caso del Municipio.
60 Todo aquello que no estuviere previsto en la presente Carta Orgánica, se regirá y resolverá por la Ley O 2431, sus reglamentos y cualquier otro régimen de la materia que se dictare en el futuro.

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BOLETÍN OFICIAL
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Firmado digitalmente por: BEACON
Guillermo Enrique Fecha y hora: 23.02.2023 10:09:48
Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6162.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/02/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha23/02/2023

Nro. de páginas107

Nro. de ediciones1911

Primera edición03/01/2002

Ultima edición06/05/2024

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