Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/02/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

BOLETIN OFICIAL Nº 5956

Viedma, 22 de febrero de 2021

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SECCIÓN ADMINISTRATIVA
DECRETOS
DECRETO Nº 30/21
Viedma, 22 de enero de 2021

Visto: el Expediente N 05449 -ERH-2.020 del Registro del Ministerio de Economía, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramitan las Promociones Automáticas del Personal de Planta Permanente del Ministerio de Economía que revistan en el Escalafón de la Ley L N 1.844, en los programas, categorías, agrupamientos y fechas que en cada caso corresponde, detallados en las Planillas Anexas que forma parte integrante del presente Decreto;
Que conforme a la documentación obrante se promueve a los agentes que al día 31 de Agosto de 2020
reúnen los requisitos formales de permanencia en las categorías de revista establecida en los Artículos 12
Agrupamiento Administrativo, 15 Agrupamiento Profesional y 23 Servicio de Apoyo del Anexo II de la Ley L N 1.844, para ascender a la categoría inmediata superior;
Que en cumplimiento a las normas señaladas y conforme los alcances que las mismas determinan, corresponde promover a los agentes consignados en la Planillas Anexas que forman parte integrante del presente Decreto, al reunir los requisitos formales exigidos;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Economía, en los términos del Artículo 35 de la Ley N 5.399;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, la Secretaria de la Función Pública y la Fiscalía de Estado mediante Vista N
04193-20;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 3 de la Constitución Provincial;
Por ello:
La Gobernadora de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Promover automáticamente de conformidad a lo establecido en los Artículos 12
Agrupamiento Administrativo, 15 Agrupamiento Profesional y 23 Servicio de Apoyo del Anexo II de la Ley L N 1.844, a los agentes de la Planta Permanente del Ministerio de Economía, en los programas, agrupamientos, categorías y fechas que en cada caso correspondan, detallados en las Planillas Anexas que forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 2.- Ordenar al Departamento de Liquidación de Sueldos, abonar las diferencias salariales a los agentes a partir del mes siguiente de la fecha de acreditación de la capacitación, conforme a las Planillas Anexas que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Economía.Artículo 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.CARRERAS.- L. P. Vaisberg.

Planilla Anexa I al Decreto N 30

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5956.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/02/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha22/02/2021

Nro. de páginas50

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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