Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/09/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 10 de septiembre de 2020

BOLETIN OFICIAL Nº 5913

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Que a fojas 801/802 se glosan las respectivas constancias de las publicaciones realizadas en el Portal Oficial y en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro, sin que existan oposiciones respecto de la renovación de la concesión;
Que analizados los antecedentes respecto de la prestación del servicio en cuestión sobre la línea otorgada, la empresa demostró idoneidad y capacidad para cumplir con el mismo, y en el entendimiento que ha venido satisfaciendo las necesidades de carácter general en materia de transporte de pasajeros, demostrando asimismo subsanar, mejorar y adaptarse a las necesidades y reclamos propios de los usuarios de la zona, y reunidos los recaudos legales exigidos en la Ley J N 651, conforme lo certificado a fojas 795/796, se considera oportuno renovar la Concesión;
Que el presente acto halla sustento legal en lo dispuesto por los Artículos 4, 7 y concordantes de la Ley J N 651 y su Decreto Reglamentario J N 110/72;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Secretaría de Transporte y Fiscalía de Estado a fojas 824/825 mediante Vista N 02032-20;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
La Gobernadora de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1.-Prorrogar a la Empresa LAS GRUTAS S.A. C.U.I.T. N 30-67290196-7, con domicilio real y legal en esta provincia en A.C.A. N 2915 de la localidad de San Antonio Oeste, desde su vencimiento y por el término de cinco 5 años, la concesión para la prestación del servicio Público de Transporte de Pasajeros por automotor entre las localidades de SAN CARLOS DE BARILOCHE / DINA HUAPI, con paradas intermedias según cuadro de frecuencias que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 2.- Aprobar el Acta Acuerdo firmado con la Municipalidad de Dina Huapi Línea Provincial N
33, que como Anexo II forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 3.-Aprobar el Acta por Acuerdo de Recorrido firmado con la Municipalidad de San Carlos de Bariloche Línea Provincial N 33, que como Anexo III forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 4.- La Empresa adjudicataria procederá en el término de treinta 30 días, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, a la aceptación formal de la concesión otorgada.Artículo 5.- Remitir el presente Decreto a la Honorable Legislatura de la Provincia de Río Negro en los términos del Artículo 4, Párrafo Primero, in fine de la Ley J N 651.Artículo 6.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.Artículo 7.- Registrar, comunicar, publi i ar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.CARRERAS.- C. Valeri.

Anexo I al Decreto Nº 878
Empresa Las Grutas S.A.

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5913.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/09/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha10/09/2020

Nro. de páginas47

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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