Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/09/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 20 de Septiembre de 2018
LUBRICANTES Y REPUESTOS S.R.L.
Cesión de cuotas sociales.
Modificación de Contrato Social El Dr. Fernando Molina, Inspector Regional de Personas Jurídicas, titular del Registro del Registro Público, sito en calle Mitre N 455 1 Piso del la ciudad de General Roca, ordena de acuerdo con los términos del Art. 10 y modificatorias de la Ley 19550, la publicación en el Boletín Oficial, por un 1 día, el acta de Reunión de Socios N 09 de fecha 10 de junio de 2017, cesión de las cuotas sociales que poseía el. Sr. Barenghi Diego Rubén socio de Lubricantes y Repuestos S.R.L., y designación de Gerente de la sociedad denominada Lubricantes y Repuestos S.R.L.
El acta fue instrumentada en fecha 10 de junio de 2017 y se realizo de la siguiente forma: al Sr.
Palomo Rubén Darío el 2,5% de las cuotas de capital, en forma gratuita.;
Socios Diego Rubén Barenghi, argentino, nacido el 23 de junio de 1.962, de profesión comerciante, DNI N 16.043.265, de estado civil casado, domiciliado en Italia N 75 de la ciudad de Villa Regina, provincia de Río Negro y Estela Mabel Ortíz;
argentina, nacida el 11 de diciembre de 1.965, de profesión comerciante, DNI N 17.523.572, de estado civil casada, domiciliada en la calle Italia N
75 de la ciudad de Villa Regina; provincia de Río Negro. Asi, mismo se encuentra presente: el Sr Rubén Darío Palomo; argentino, nacido el 14 de Abril de 1.989, de profesión comerciante, DNI N
34.667.142 de estado civil soltero, domiciliado en la calle Los Gauchos N 378, de Villa Regina, Provincia de Río Negro.Asimismo, por instrumento de fecha 10 de junio de 2017 se modificó el contrato social de Lubricantes y Repuestos S.R.L. en lo concerniente a las cláusulas Cuarta, Quinta, Décimo Sexta y Decimo Séptima. Las cláusulas quedan redactadas como se transcribe a continuación: Cláusula Cuarta:
EL capital social queda fijo en la suma de pesos cuarenta mil $ 40.000 divididos en cuatro mil 4.000 cuotas de valor nominal diez pesos $ 10
cada una que los socios Sr. Diego Rubén Barenghi y la Sra. Estela Mabel Ortíz ya tienen suscriptos y el Sr. Rubén Darío Palomo suscribe en este acto, en las proporciones que a continuación se detallan: 1.
El Sr. Diego Rubén Barenghi conserva un total del 47,5% cuarenta y cinco por ciento del capital social representado por 1.900 un mil novecientas cuotas sociales, de valor nominal $ 10 diez pesos cada cuota, lo que equivale a la suma de $ 19.000
pesos un mil novecientos. 2. La Sra. Estela Mabel Ortíz conserva un total del 50% cincuenta y cinco por ciento del capital social, representado por 2.000 dos mil cuotas sociales, de valor nominal $ 10 diez pesos cada cuota, lo que equivale a la suma de $ 20.000 pesos dos mil. 3. El Sr. Rubén Darío Palomo suscribe e integra en este acto la cantidad de 100 cien cuotas sociales, de valor nominal $ 10 diez pesos cada cuota, que equivalen a $
1.000 pesos un mil, con lo que el mencionado pasa a ser socio y propietario del 2,5 % dos coma cinco por ciento del total del capital social.Cláusula Quinta: La Sra: Estela Mabel Ortíz, quién revestirá el cargo de Socio Gerente debiendo hacer uso de la firma, precediéndolas del sello de la Razón Social, quién sólo podrá ligarse en operaciones que se relacionen con el giro social, quedándole prohibido comprometer la sociedad en fianzas o garantías a favor de terceros o de los mismos socios.
La duración en el cargo no tiene plazo de vencimiento. pudiendo fijarse en el futuro un plazo, de vencimiento o removerse del cargo en reunión de socios, con la unanimidad de los mismos. Para los fines sociales, el socio gerente, en la forma
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BOLETIN OFICIAL N 5706
indicada precedentemente podrá: a Operar con toda clase de Bancos y/o entidad o institución crediticia o financiera o de cualquier índole: b Otorgar poderes a favor de cualquiera de los socios o terceras personas para representarles en todos los asuntos judiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción que ellos fueren; c Crear los empleos que juzgue necesarios, fijar sus remuneraciones por medio por medio de sueldos a cualquiera de los empleados, o en la forma que estime conveniente. Nombrar, trasladar y separar de sus puestos a cualquiera de los empleados de la sociedad; d Los casos no contemplados en este artículo requerirán la autorización de la mayoría de los socios por escrito; en especial cuando se trate de venta, alquiler, cesión o préstamo de los bienes societarios, actos que sólo podrán realizarse mediante acta acuerdo por escrito con la aprobación unánime de los socios; e La sociedad podrá ser representada por el socio gerente en forma personal ante reparticiones nacionales, provinciales, municipales, Ministerios, Secretarías del Estado, Tribunales de toda índole y ante cualquier repartición creada o por crearselcon las limitaciones ya citadas en cuanto al uso de la firma. Cláusula Decimo Sexta: La Socio Gerente, constituye una fianza a favor de la sociedad de $ 5.000 pesos cinco mil por el plazo que dure su mandato, más el período de prescripción de las acciones individuales que puedan realizarse en su contra, como garantía de su actuación en el cargo. Cláusula Décimo Séptima: Se conviene autorizar a la Contadora Vanina Palermo, D.N.I. N 25.224.948, para toda tramitación necesaria de inscripción en el Registro Público de Comercio, actuando en calidad de representante de la sociedad.General Roca, 22 de Septiembre de 2017.El Dr. Fernando Molina, Inspector Regional de Personas Jurídicas Gral. Roca.oOo RIO NEGRO Y NEUQUEN
DISTRIBUCIONES SRL
Cambio de Domicilio El Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de Personas Jurídicas, a cargo del Registro Público sito en calle Viedma 191, de la ciudad de Cipolletti, ordena de acuerdo con los términos del Art. 10 y modificatorias de la Ley 19.550, publicar en Boletín Oficial, por un día 1, el Acta N 2 de fecha 04 de Octubre del 2014, de la sociedad denominada Río Negro y Neuquén Distribuciones SRL.
Los integrantes de la sociedad, resuelven por unanimidad el cambio de domicilio legal fijando la actual en Jamaica N 2421 de la localidad de General Roca, provincia de Río Negro.Se hace saber que las oposiciones deberán deducirse en un plazo de diez 10 días a partir del día de la publicación del presente edicto.Cipolletti, 07 de Septiembre de 2018.Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de Personas Jurídicas Cipolletti.oOo
CESION DE CUOTAS SOCIALES

BENCAND S.R.L.
Cesión de cuotas sociales.
Modificación de Contrato Social El Dr. Fernando J. Molina, Inspector Regional de Personas Jurídicas, titular del Registro Público, sito en calle Mitre Nº 455 1 piso de la Ciudad de General Roca ordena de acuerdo con los términos del Art. 10 y modificatorias de la Ley 19.550, la publicación en el Boletín Oficial, por un 1 día la
decisión de socios formalizada en contrato de cesión de cuotas sociales de fecha 24 de enero de 2018 que poseía la Sra. María Paula Storani, nac. 21/02/1980, DNI 27.956.075, CUIL 27-27956075-8, cas. en 1º nupcias con Gaspar Tomás Obligado, empleada bancaria, domiciliada en 9 de Julio 445 de Choele Choel RN.
La cesión de cuotas, se realizó a favor de Daniela Ayelen Gallegos, nac. 25/6/1995, DNI 39.074.656, CUIL 27-39074656-9, soltera, estudiante, domiciliada en Avellaneda 238 de Choele Choel RN en relación a las diez 10 cuotas de propiedad de la cedente, por el importe de $ 10.000. La cesión se llevó acabo por un monto de $ 10.000, pagaderos en efectivo. En virtud de lo expuesto la cláusula quinta del contrato social queda redactada como se transcribe a continuación: Quinta: Capital. El capital social se fija en la suma de pesos Cien Mil $
100.000, dividido en cien 100 cuotas de un mil pesos $ 1000 cada una, que las socias suscriben de acuerdo al siguiente detalle: a Nancy Edith Fuentes, noventa 90 cuotas; b Daniela Ayelen Gallegos, diez 10 cuotas, totalmente integradas a la fecha.Se hace saber que las oposiciones deberán deducirse en el plazo de diez 10 días a partir de la publicación del edicto.General Roca, 10 de Septiembre de 2018.Dr. Fernando J. Molina, Inspector Regional de Personas Jurídicas Gral. Roca.oOo
TRANSFERENCIA FONDO
DE COMERCIO

SALÓN DE FIESTAS INFANTILES
Transferencia de Fondo de Comercio. En cumplimiento de lo establecido por el Art. 2 de la Ley 11867 la Sra. Ana María Alemán D.N.I. Nº 14.951.402 Domicilio calle San Martín Nº 887
8332 Gral. Roca RN. Anuncia transferencia de Fondo de Comercio a favor de Mariana Urraco D.N.I. Nº 30.045.377. con domicilio legal en calle Chacabuco Nº 1.433, 2do. A 8332 Gral. Roca RN. Destinado al rubro Salón de Fiestas Infantiles ubicado en calle Av. Gdor. Viterbori Nº 289 General Roca Río Negro libre de toda deuda, gravamen y personal. Para reclamos de ley se fija el domicilio calle España Nº 1759 General Roca, Est. Jur. Hernández.- Santiago N. Hernández, Abogado.oOo
CONVOCATORIAS

CLUB HÍPICO GENERAL CONESA
Asamblea General Ordinaria Fuera de Término De acuerdo a disposiciones estatutarias, convóquese a los Asociados a la Asamblea General Ordinaria Fuera de Término que esta Asociación realizara el día 15 de octubre de 2018 a las 19:30
hs. en Confitería Lo de Bianca de la localidad de General Conesa a los efectos de considerar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1 Designar dos Socios para refrendar con el Presidente y la/el Secretaria/o el Acta de la Asamblea.
2 Razones de la convocatoria fuera de término.
3 Consideración y aprobación del ejercicio contable cerrado al 28/02/2017 y 28/02/2018.
4 Renovación total de autoridades.Bras Domingo Lázaro, Presidente
Schiachitano Néstor, Secretario.-

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5706.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/09/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha20/09/2018

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones1910

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/04/2024

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