Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/09/2018

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

4

BOLETIN OFICIAL N 5701

cualquier moneda y/o a través de la captación de fondos en los mercados de capitales nacionales y/o extranjeros en pesos y/o en cualquier moneda, que tendrán como único destino la cancelación de los pasivos financieros, pudiendo constituirse nuevas garantías según lo autorizado en la misma normativa;
Que el Decreto Nº 84/18 creó el "Programa Global de Cancelación de Pasivos Financieros de la Provincia de Río Negro" el "Programa", autorizando al Ministerio de Economía a la emisión de títulos de deuda pública de la Provincia los "Títulos de Deuda Pública Provincial" en el mercado internacional y/o local, en pesos y/o en cualquier moneda, equivalente a un monto nominal total en circulación de hasta la suma de Pesos Tres Mil Millones $3.000.000.000;
Que el Artículo 2º del decreto en cuestión, instruye al Ministerio de Economía a realizar todos los actos administrativos y contratos a efectos de la colocación de los Títulos Públicos;
Que en el citado Decreto se establecieron las condiciones generales del Programa, delegando en el Ministro de Economía la facultad de determinar y completar los términos y condiciones financieras de la emisión de los Títulos de Deuda Pública Provincial, así como también negociar, suscribir, emitir, aprobar y de ser necesario ratificar, todos los convenios, documentos e instrumentos necesarios para la implementación de la operatoria crediticia;
determinar los términos y condiciones definitivas de los documentos; adoptar las medidas, disposiciones y/o normas complementarias, aclaratorias e interpretativas de la documentación de la operatoria y de toda que en futuro se acuerde;
Que mediante la Resolución Nº 58-2018-APN-SECHMHA, de fecha 27
de marzo de 2018, de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, se autorizó a la provincia de Río Negro a emitir Títulos de Deuda Pública Provincial en el mercado local por hasta la suma de V/N PESOS DOS
MIL QUINIENTOS MILLONES V/N $2.500.000.000 con destino a la refinanciación de pasivos contraídos por la Provincia, estableciéndose las condiciones financieras de la operación;
Que la Resolución Nº 139/18 del Ministerio de Economía de la Provinciaaprobó los términos y condiciones específicos de emisión de los Títulos de Deuda Pública Provincial en el marco del Programa;
Que por el contexto y condiciones del mercado finalmente se procedió exclusivamente al lanzamiento de la Clase 1 de los Títulos de Deuda Pública Provincial, con fecha de vencimiento a los 36 meses de la Fecha de Emisión los "Títulos de Deuda Clase 1", lo que se vio reflejado en el Prospecto Preliminar de fecha 06 de abril de 2018;
Que, de tal modo,mediante Resolución Nº 144/18 se emitieron los Títulos de Deuda Clase 1 por la suma total de Pesos Dos Mil Trescientos Cuatro Millones Ciento Sesenta y Cinco Mil VN $ 2.304.165.000, en el marco del Programa Global de Cancelación de Pasivos Financieros de la Provincia de Río Negro, fijando los términos y condiciones definitivos de los Títulos de Deuda Clase 1 y se aprobaron: el texto definitivo del Prospecto; el modelo de Certificado Global y el texto de las notificaciones dirigidas a Banco Patagonia S.A. y Caja de Valores S.A. de conformidad con la Garantía;
Que el remanente que surge de la diferencia entre el V/N Pesos Dos Mil Quinientos Millones V/N $ 2.500.000.000 autorizado mediante Resolución Nº 58-2018-APN-SECHMHA por Nación y V/N Pesos Dos Mil Trescientos Cuatro Millones Ciento Sesenta y Cinco Mil V/N $
2.304.165.000 efectivamente emitidos mediante la Resolución Nº 144/18, arroja la suma de V/N Pesos Ciento Noventa y Cinco Millones Ochocientos Treinta y Cinco Mil V/N $ 195.835.000, monto que será emitido mediante suscripción directa de los títulos públicos, con destino a la cancelación de deuda consolidada en la Tesorería General;
Que en el Artículo 3º Inciso 8º del Decreto Nº 84/18, en el cual se fijanlas condiciones generales de la colocación, se establece que la forma de colocación de los Títulos de Deuda, la cual se realizará "de acuerdo a las practicas usuales de los mercados financieros o de la forma que determine oportunamente el Ministerio de Economía"; razón por la cual la suscripción directa de los títulos públicos se adecua a la normativa aplicable;
Que de acuerdo al Informe de la Secretaría de Hacienda de este Ministerioobrante a fs. 3, existe deuda vencida pendiente de pago, razón por la cual el remanente indicado suprasería conveniente utilizarlo para la cancelación de los pasivos mediante la suscripción directa de títulos públicos por parte de los acreedores del Estado Provincial, sin erogación pecuniaria alguna;
Que, previo a la suscripción directa de los títulos públicos, los acreedores que así lo consideren conveniente deberán celebrar un convenio con la Provincia a efectos de que ésta les garanticela transferencia de los Títulos Públicos sin erogación pecuniaria alguna por parte de los acreedores, ello por los montos de deuda vencida y exigible que cuenten con la Provincia; y que el acreedor, una vez cumplida dicha transferencia de bonos, se comprometa a aceptarlos en pago, dando así por cancelada o extinguida la deuda vencida que tuviere con la Administración;

Viedma, 03 de Septiembre de 2018

Que, por tal motivo, es necesario aprobar un modelo de contrato de dación en pago con condición suspensiva entre la Administración y los acreedores, para cumplir con las prestaciones contractuales antes indicadas;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista Nº 03721-18;
Que atento a las actuaciones cumplidas, la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 84/18 y el Artículo 16º de la Ley Nº 5.105 y su modificatoria Ley Nº 5.238;
Por ello:
El Ministro de Economía RESUELVE:
Artículo 1º.-Aprobar el "Modelo de Convenio deDación en Pagocon Condición Suspensiva" a celebrarse entre la Provincia y los proveedores que cuenten con deuda vencida y exigible, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. Las deudas a incluir en el contrato surgirán de los informes que realice previamente la Secretaría de Hacienda de este Ministerio.Art. 2º.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir de la fecha de su registración.Art. 3º.- Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial, y archivar.Cr. Agustín Domingo, Ministro de Economía. Mirta Etcheverry, Subsecretaria de Administración.

ANEXO I de la Resolución Nº 398
MODELO DE CONVENIO DE
DACIÓN EN PAGO CON CONDICIÓN SUSPENSIVA
En la ciudad de Viedma, a los ___ días del mes de _____ de _____, entre el Sr. Ministro de Economía, __________, D.N.I Nº _________ en representación de la provincia de Río Negro, con domicilio en la calle _________ de esta ciudad en adelante "LA PROVINCIA", por una parte;
y, por la otra, el Sr. _______________, D.N.I. Nº ________, en representación de __________________, CUIT Nº __________________, con domicilio en la calle ___________ de la ciudad de _____________ en su carácter de acreedor en adelante "EL ACREEDOR"; y LA PROVINCIA
y EL ACREEDOR en conjunto "LAS PARTES"; acuerdan celebrar el presente convenio sujeto a las siguientes cláusulas:
Primera: LA PROVINCIA debe a EL ACREEDOR la suma de PESOS
___________ $_________, proveniente de ______________, según las órdenes de pago Nº ________________________, conforme Expediente Administrativo Nº ____, deudas que se encuentran vencidas y son exigibles.Segunda: LA PROVINCIA ofrece y EL ACREEDOR acepta voluntariamente en pago por la deuda descripta en la Cláusula Primera, bajo condición suspensiva, la transferencia de Títulos de Deuda Pública Clase 1 de la Provinciacon vencimiento en fecha 18 de abril del año 2.021 por el valor equivalente a la deuda reconocida en la cláusula anterior, sin erogación pecuniaria alguna por parte de EL ACREEDOR. La emisión de dichos bonos serán el resultado de la suscripción directa de los mismos, cuyo trámite será realizado por la Provincia ante la Caja de Valores S.A. conforme lo establecido en la Resolución de Reapertura del Bono RN 2021, en el marco del Programa creado por el Decreto Nº 84/18.
Por su parte,EL ACREEDOR se obliga, una vez transferidos los títulos indicados a la cuenta comitentedenunciada en este contrato, a dar por extinguidas y canceladas todas las obligaciones reconocidas a su favor en el presente convenio, con el alcance y efectos establecidos en el Artículo 942
del Código Civil y Comercial de la Nación CCyCN, declarando que nada más tendrá que reclamar a LA PROVINCIA por concepto alguno, salvo lo previsto en el Artículo 943 segundo párrafo del CCyCN.Tercera: EL ACREEDOR manifiesta expresamente, con carácter de declaración jurada, no haber iniciado acciones legales para perseguir el cobro de los créditos indicados en la cláusula primera y renuncia expresamente a intentar cualquier acción futura, administrativa o judicial, en relación con dicha deuda. En caso de que EL ACREEDOR haya iniciado acciones vinculadas con la deuda, susceptibles de ser canceladas bajo esta modalidad, y a fin de ser incluido en la misma, deberá presentar constancia de desistimiento de la acción.Cuarta: Los costos, comisiones y gastos en los que pudiere incurrirse por la tenencia, depósito, custodia y transferencia de los títulos públicos, incluyendo la apertura y mantenimiento de la cuenta comitente, correrán por exclusiva cuenta de EL ACREEDOR.Quinta: EL ACREEDOR denuncia ser titular de la cuenta comitente Nº ___________, en la que serán depositados los títulos públicos provinciales que le correspondan conforme la deuda descripta en la cláusula primera.-

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5701.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/09/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha03/09/2018

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1910

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2018>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30