Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/12/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 5 de Diciembre de 2016

Nº 5517

SECRETARIA GENERAL

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 13,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVII
EDICION DE 52 PAGINAS

Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 52

DECRETOS

DECRETO Nº 1880
Viedma, 16 de noviembre de 2016.
Visto, el Expte. N 011.861-SPPE-2016, del registro de la Secretaría de Planificación y Promoción Económica, dependiente del Ministerio de Economía, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado en el Visto se ratificó mediante Decreto N 1181/16 el Convenio Marco 2016, suscripto por el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC, y la Dirección de Estadística y Censos de la Provincia de Río Negro, dependiente de la Secretaría de Planificación y Promoción Económica del Ministerio de Economía, a los fines de la realización del Programa de Estadística 2016;
Que con fecha 7 de septiembre del corriente año las partes mencionadas suscribieron en el ámbito del Convenio Marco citado, un Convenio Ampliatorio, cuyo objeto es especificar y ampliar entre las partes intervinientes las actividades que conforman el Programa Anual de Estadística 2016;
Que el INDEC se compromete a financiar el Convenio Ampliatorio citado con la suma de pesos quinientos cuarenta y dos mil ciento treinta y tres $ 542.133,00;
Que la firma del citado Convenio Ampliatorio, atento a la materia en cuestión, importa el ejercicio de una exclusiva competencia del Poder Ejecutivo Provincial;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Secretaría de Planificación y Promoción Económica, la Subsecretaría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 821/16 a fojas N 65/66;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Incs. 1 y 14 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Ratifícase en todos sus términos el Convenio Ampliatorio del Convenio Marco 2016, suscripto por el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC y la Dirección de Estadística y Censos de la Provincia de Río Negro, dependiente de la Secretaría de Planificación y Promoción Económica del Ministerio de Economía el que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2º - Dése conocimiento del presente Decreto a la Legislatura Provincial en virtud de lo normado en el Art. 181, Inc. 14 de la Constitución Provincial.
Art. 3º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Economía.
Art. 4º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
WERETILNECK.- I. Kremer.

PRIMER CONVENIO AMPLIATORIO
AL CONVENIO SUSCRIPTO
ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADÍSTICA Y CENSOS Y LA DIRECCIÓN
DE ESTADÍSTICA Y CENSOS DE LA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
Entre el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, en su carácter de organismo rector del Sistema Estadístico Nacional, conforme a las disposiciones de la Ley N 17.622 y su Decreto Reglamentario N 3110/70, en adelante denominado EL INDEC, representado en este acto por su Director, Lic. Jorge Todesca, con domicilio legal en Avda. Julio A. Roca N 609, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y por la otra la Dirección de Estadísticas y Censos de la Provincia de Río Negro, en adelante denominada LA
DIRECCIÓN, en su carácter de Servicio integrante del aludido Sistema, representada en este acto por la Directora, Lic. Cecilia Van De Couter, con domicilio legal en 25 de Mayo N 565, piso 2º Fondo, Ciudad de Viedma, en el ámbito del Convenio Marco suscripto entre las mismas partes con fecha 23 de mayo de 2016, que recibiera aprobación mediante Resolución INDEC N 209, del 1 de junio de 2016, convienen celebrar, conforme a las disposiciones de la Ley y Decreto citados, el presente Convenio Ampliatorio, integrado por las siguientes cláusulas:
Primera: El presente Convenio Ampliatorio, según lo establece la Cláusula Tercera del Convenio Marco referenciado ut-supra, tiene por objeto especificar, entre las partes intervinientes, el nombre y objeto de las actividades estipuladas en la Cláusula Segunda del Convenio Marco y que conforman el Programa Anual de Estadística 2016, detallando la cantidad de personal, el perfil, la duración del período de contratación, el cronograma de entrega de las partes, las tareas que las partes deberán realizar y las obligaciones especiales de cada actividad, según describen los Anexos que a continuación se enumeran:

1. Encuesta Permanente de Hogares Continua, en Anexo N 1.
2. Índice de Precios, en Anexo N 2.
3. Índice de Salarios, en Anexo N 3.
4. Encuesta de Ocupación Hotelera, en Anexo N 4.
5. Estadísticas de Permisos de Edificación, en Anexo N 5.
6. Programa Análisis Demográfico, en Anexo N 6.
7. Mejoramiento de Estadísticas Vitales y de Registro Civil, en Anexo N 7.
El financiamiento de las actividades mencionadas en esta cláusula está previsto en el Convenio Marco mencionado.
Segunda: El presente Convenio Ampliatorio, asimismo, amplía las actividades que conforman el Programa Anual de Estadística 2016. El nombre y objeto de cada actividad, la cantidad de personal, el perfil, la duración del período de contratación, el cronograma de entrega de las partes, las tareas que las partes deberán realizar y las obligaciones especiales de cada actividad, según describen los Anexos que a continuación se enumeran:
8. Encuesta Anual de Hogares Urbanos
Extensión EPH, en Anexo N 8.
9. Cartografía y Sistema de Información Geográfica SIG, en Anexo N 9.
10. Sistema de Estadísticas Sociodemográficas SESD, en Anexo N 10.
Tercera: EL INDEC se compromete a financiar con cargo a su presupuesto, de acuerdo al Art.
7, incisos a y b, y al Art. 8 de la Ley N 17.622, los gastos que demande el cumplimiento de la ampliación de actividades fijadas en la Cláusula Segunda del presente Convenio Ampliatorio afectando hasta un monto de pesos quinientos cuarenta y dos mil ciento treinta y tres $ 542.133.
Dicho monto será transferido durante el tercer trimestre del año 2016.
Cuarta: Las partes, en su carácter de miembros del Sistema Estadístico Nacional, garantizan la observancia de las normas sobre secreto estadístico y la confidencialidad de la información, de conformidad con las disposiciones de la Ley N
17.622, la Disposición INDEC N 176/99 y la Ley Provincial N 10, con relación a todas las personas que participan de las actividades motivo del presente Convenio Ampliatorio.
Quinta: Los agentes que LA DIRECCIÓN
afecte para la realización de las tareas que, en el marco de Convenio Marco referenciado y/o del presente Convenio Ampliatorio, se compromete a

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/12/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha05/12/2016

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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