Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/03/2015

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 19 de Marzo de 2015

Nº 5338

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 40 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 40

DECRETOS

DECRETO Nº 123
Viedma, 26 de Febrero de 2015
Visto: el Expediente N 100.675-MSyJ-2015 del Registro de Ministerio de Seguridad y Justicia, la Ley S N 4.200, la Resolución 1.582/13; y CONSIDERANDO:
Que la Seguridad ciudadana encabeza las demandas de la sociedad actual y obliga a diseñar esquemas alternativos a los existentes, que sean exitosos en su cometido de disminuir los niveles de inseguridad sin sacrificar el avance de la democracia, el respeto por los derechos humanos y las garantías ciudadanas;
Que en los últimos años, se ha desarrollado un paradigma del concepto de la seguridad pública con base en la prevención y la participación de la comunidad, que anticipa, evita y/o complementa las formas reactivas tradicionales de represión de la criminalidad, centrando sus esfuerzos en la resolución temprana de los problemas que puedan generar conflicto social;
Que el Programa Río Negro Emergencias tiene como misión generar las condiciones técnicas, normativas y de funcionamiento para implementar tecnologías innovadoras de monitoreo y alertas ciudadanas que contribuyan a: mejorar la calidad de vida de los vecinos; optimizar la gestión de los recursos y los tiempos de asistencia a las más diversas contingencias; generar nuevos canales de participación y protección ciudadana, y brindar una herramienta clave para asegurar una mejor asistencia material a las emergencias por los organismos competentes;
Que para asegurar el óptimo funcionamiento de las tecnologías digitales requeridas para la puesta en marcha del Programa Río Negro Emergencias, se requiere gestionar acciones, e invertir en el desarrollo de una infraestructura de red pública adecuada a estos fines, cuya existencia permitirá al Estado mantenerse a la vanguardia en las Tecnologías de la Información y la Comunicación TICs; aplicar soluciones inteligentes a los servicios públicos, entre otros ámbitos; y favorecer el desarrollo de plataformas de datos aportados directamente por el ciudadano que permitan a los organismos de emergencias detectar, prevenir y alertar incidencias;
Que a los fines de integrar los canales de atención de emergencias existentes y ampliar su acceso a través de nuevas tecnologías, se requiere crear un Sistema Integrado de Alertas Ciudadanas SIAC, que mantenga las competencias de los organismos de asistencia en las tareas de despacho pero que permita converger y administrar los diversos canales de alertas, acelerando los tiempos de respuesta;
Que se requiere integrar los canales de denuncias y alertas por telefonía, ya existentes, con los nuevos dispositivos disponibles por los ciudadanos aplicaciones móviles, web, cámaras, alarmas, etcétera, ampliando los canales de acceso a la tecnología masiva y de uso cotidiano;
Que por Ley N 3.634 la Provincia de Río Negro adhiere a la Ley Nacional N 25.367 que asigna el número asterisco novecientos once 911
para la atención telefónica de emergencias, y que por Resolución N 1.147/
13 se inició la provisión del servicio F911, siendo necesario garantizar una estructura de funcionamiento estable, eficiente, en articulación plena con las nuevas tecnologías de detección de emergencias ampliando los reportes a través del cruce de información y datos aportados por los diferentes medios aportada por el ciudadano para su prevención;
Que a nivel provincial se han desarrollado experiencias exitosas de participación ciudadana con emisión de alertas tempranas en materia de seguridad, a saber: 0800 Droga y botón antipánico en taxis;

Que por todo lo dicho se espera favorecer el desarrollo de plataformas para el gobierno abierto, con la apertura de nuevos canales de participación comunitaria ante emergencias, y la protección ciudadana como resultado de la integración operativa y las nuevas tecnologías para captar y disuadir el delito:
Que en virtud de las modificaciones introducidas por la Ley N 4.907 a la Ley N 4.794, en relación a las competencias del Ministerio de Gobierno y a la creación del Ministerio de Seguridad y Justicia, que fuera promulgada con fecha 15 de Noviembre de 2.013, siendo posterior a la firma del Convenio ratificado por Resolución N 1.582/13, se requiere adecuar la órbita de funcionamiento del Pro-grama al Ministerio de Seguridad y Justicia;
Que para asegurar el desarrollo de dichas condiciones operativas y logísticas se requiere conformar un Comité Ejecutivo presidido por el Ministerio de Seguridad y Justicia, considerando que es su facultad entender en la promoción de la seguridad de los habitantes de la Provincia y que bajo su órbita se encuentran las principales áreas de atención de emergencias y seguridad ciudadana, a saber: Defensa Civil, Bomberos Voluntarios, Seguridad Vial y la fuerza policial, siendo requerida así también la representación del Jefe de Policía;
Que asimismo deberán integrar el Comité: el Ministro de Salud, en su calidad de autoridad máxima del organismo especializado en la atención de emergencias sanitarias, y el Ministro de Gobierno en virtud de su competencia para participar en la ejecución de programas y políticas interministeriales, interorganizacionales e interjurisdiccionales, que en concurrencia con las áreas con competencias afines, aseguren el avance de las definiciones estratégicas impartidas por el Gobernador;
Que Alta Tecnología Sociedad del Estado ALTEC S.E. integra el sector público provincial como Sociedad del Estado en los términos del artículo 27
de la Ley K N 4.794, y que conforme el artículo 10 de la Ley N 4.829, es el órgano encargado de la provisión de servicios y equipamientos informáticos y de infraestructura de las telecomunicaciones;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad y Justicia, Secretaría Legal y Técnica y Fiscalía de Estado mediante Vista N 00692/15;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1.- Créase el Programa Río Negro Emergencias, bajo la órbita del Ministerio de Seguridad y Justicia, con el objetivo de implementar un sistema interconectado de alcance provincial con transmisión de datos e imágenes para la prevención, el control y la actuación temprana frente a accidentes, siniestros, delitos, contingencias sanitarias, climáticas y otras situaciones que requieran asistencia inmediata, que como Anexo forma parte del presente.Art. 2.- Créase la Dirección de Seguridad Ciudadana, dependiente directamente del Ministro de Seguridad y justicia, la tendrá como función la organización y coordinación del Programa, y será el responsable político de las acciones derivadas del mismo.Art. 3.- Créase el Comité Ejecutivo del Programa Río Negro Emergencias que tendrá por misión asegurar la provisión de la infraestructura de red necesaria para asegurar el cumplimiento de los objetivos del Programa, generar las acciones que resulten necesarias para su desarrollo, y asegurar la interconexión operativa y funcional de las alertas recibidas a fin de propender a optimizar los estándares de eficiencia en la respuesta a la emergencia.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/03/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha19/03/2015

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2015>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031