Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/04/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 18 de Abril del 2005

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BOLETIN OFICIAL N 4298

CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramitan las solicitudes de devolución de descuentos efectuados en concepto de aporte extraordinario de emergencia con destino a la ex Caja de Previsión Social de Río Negro establecido oportunamente por el Art. 5 de la Ley N 2.990, presentadas por agentes de la Municipalidad de General Roca;
Que dichas solicitudes se formularon de conformidad a lo establecido en el Decreto de Naturaleza Legislativa N 01/04 y su reglamentario N 832/
04;
Que por Decreto de Naturaleza Legislativa N 06/04 se modificó expresamente el Art. 1 del DNL N 01/04 para ampliar su universo a los agentes municipales y docentes de establecimientos públicos de gestión privada, facultándose al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes a los fines de atender su cumplimiento;
Que la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de General Roca adjuntó las respectivas Declaraciones Juradas y detalló retenciones acumuladas en el período abril de 1.999 a marzo de 2.001;
Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, como autoridad de aplicación, constató las retenciones ingresadas y adicionó a cada resultante un quince por ciento en concepto de intereses Art. 3 DNL N 01/04;
Que en consecuencia se han determinado las sumas a devolver, totalizando PESOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON
CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS $ 18.698,54, según Informe Devolución emitido por el Departamento Activos y de Gestión de Aportes y Contribuciones del C.P.F.P. y R.E. obrante a fs. 48;
Que teniendo en cuenta lo establecido en el Art. 78 inc. e de la Ley de Administración Financiera y de Control N 3.186, la Contaduría General de la Provincia indicó el procedimiento administrativo para darle celeridad y transparencia a lo planteado, correspondiendo transferir al Empleador los fondos determinados, para que luego de cancelar las obligaciones el Municipio realice la rendición pertinente;
Que a la fecha el Poder Ejecutivo Provincial ha cancelado la totalidad de los montos determinados a los agentes que no promovieron demandas judiciales en virtud de lo autorizado por D.N.L. N 08/2.004;
Que corresponde adoptar el mismo tratamiento y transferir a la Municipalidad de General Roca la totalidad de los importes determinados, para que ésta proceda a emitir y cancelar las respectivas liquidaciones individuales, con cargo de rendición a la Dirección de Municipios dependiente del Ministerio de Gobierno;
Que la Subdirección de Presupuesto y Registro de este Ministerio ha efectuado la reserva interna, registrándose el compromiso presupuestario de conformidad con los artículos 27 y 26 de la Ley N 3.186;
Que han tomado intervención la Asesoría Legal a fs. 57, la Contaduría General a fs. 60 y la Fiscalía de Estado a fs. 61 mediante Vista N
96913;
Por ello y de conformidad a las competencias establecidas en el Art. 16
incs. 3 y 7 de la Ley de Ministerios N 3.779 y el Decreto N 189/04:
El Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos R E S U E LV E :
1.- Hacer lugar a las solicitudes de devolución de descuentos efectuados en el período abril de 1.999 a febrero de 2.001 por la Municipalidad de General Roca según lo que entonces establecía el Art. 5 de la Ley N
2.990, a los agentes de dicho Municipio cuyos datos y sumas se detallan en la Planilla Anexa a la presente, de conformidad a las consideraciones expuestas.2.- Transfiérase a la Municipalidad de General Roca CUIT N 3099906870-3 la suma de PESOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS
NOVENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS $

18.698,54, destinado a la devolución de las sumas determinadas, con cargo de rendición a la Dirección de Municipios dependiente del Ministerio de Gobierno.3.- Comprometer y devengar con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 38, Programa 99, Actividad 15, Partida 572 Otras Transferencias a Municipios, Financiamiento 10 Rentas Generales, la suma de PESOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON
CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS $ 18.698,54.4.- Abonar por Tesorería General de la Provincia el monto precedente, con cargo a la Cuenta Corriente N 900001178.5.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro y archívese.
Cdor. Pablo Federico Verani, Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos. Mirta Mabel Duré, Directora de Administración a/c Dirección Gral. Mtrio. de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.

ANEXO Resolución Nº 4656
CUIL
20046427492
20047158576
20054836393
20058321118
20073755477
20075645288
20075653256
20075736232
20078714876
20082148982
20082173928
20082175106
20100449383
20112236695
20112486462
20114382109
20132875716
20145989001
20163753155
20175061372
20175063294
20182183300
20183742222
20187713057
20201232334
20238317003
20264583307, 20284021437
20924829614
23119299969
27010711156
27046500631
27066452404
27139215341
27179881069
27204506901
27215742097
27274890482
30131751520

Apellido y Nombres Sarandría, Ricardo Kisnerman, Natalio Beneitez, Hugo Baraldo, Carlos M.
Lizzi, Ricardo O. Fernández, Horacio P.
Torres, Victorino Scola, Jorge A.
Rodríguez, Carlos Ramidan, Néstor Lagos, Carlos B.
Payllalef, Juan B.
Salvucci, Luis N.
Mosqueira, Agapito Iermito, Carmelo Di Giácomo, Luis Moreno, Orlando R.
Morales, Agustín M.
Paineman, Juan A.
Morales, Víctor Ferreyra, Omar N.
Peña, Gustavo A.
Candia, Marcelo G.
Paillaman, Juan R.
Nahuelñir, Oscar A.
Bernatene, Ariel R.
Quintreman, Gustavo Carilao, Marcos C.
Calman, U. Joel E.
Carballo, Roberto Martínez, Josefina Graffigna, Celia E.
Cáceres, Ester Giménez, Silvia M.
Paolini, Doris C.
Bustos, Norma Carbonell, Paola A.
Pargade, María Aranzábal, María C.
Total
Importe 1.188,25
1025,69
225,00
1.434,16
103,69
903,91
478,13
174,01
969,96
476,35
319,41
356,11
1.462,92
205,54
378,35
187,44
1.687,21
949,65
277,25
175,82
30,40
190,57
48,55
67,42
108,66
368,39
58,82
52,81
98,38
139,51
797,62
392,93
464,69
35,78
93,59
35,78
64,13
181,41
51,31
16.259,60

TotalC/15%
1.366,49
1.179,54
258,75
1.649,28
119,24
1.039,50
549,85
200,11
1.115,45
547,80
367,32
409,53
1.682,36
236,37
435,10
215,56
1.940,29
1.092,10
318,84
202,19
34,96
219,16
55,83
77,53
124,96
423,65
67,64
60,73
113,14
160,44
917,26
451,87
534,39
41,15
107,63
41,15
73,75
208,62
59,01
18.698,54

oOo Provincia de Río Negro DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 330
Viedma, 12 de Abril de 2.005.
Visto, la Ley N 3.914 y las Resoluciones n 917/04, 098/04 y 104/05 del registro de la Dirección General de Rentas, y CONSIDERANDO:
Que la Resolución n 917/04 aprobó el código impositivo para la actividad de servicio de frío gravada con la alícuota general del tres por ciento 3%;
Que la Resolución N 098/05 modificó el acto administrativo precedentemente citado con relación a la alícuota aplicable. En efecto, estableció que el servicio de frío se encuentra comprendido dentro
del inciso c del artículo 5 de la Ley 3.907
correspondiendo aplicar -para la tributación del impuesto sobre los ingresos brutos - la alícuota del uno punto ocho por ciento 1,8%;
Que la Resolución n 104/05 aprobó el código tributario para la actividad de servicio de empaque también gravada con la alícuota del uno punto ocho por ciento 1,8%;
Que ambos actos administrativos Resoluciones 098/05 y 104/05 deben entrar en vigencia según su propio textoa partir del 1 de enero de 2.005;
Que la Ley N 3.914 que gravó con el impuesto sobre los ingresos brutos determinadas actividades relacionadas con la producción primaria entre ellas las vinculadas con la actividad de fruticultura
tradicionalmente exentas, entró en vigencia el día 5 de febrero del año 2.005 conforme artículo 2
del Código Civil;
Que a fin de que las obligaciones fiscales relacionadas con el servicio de empaque y frío entren en vigencia conjuntamente con las disposiciones de la Ley N 3.914, deviene necesario prorrogar hasta el 5 de febrero de 2.005 inclusive la entrada en vigencia de los actos administrativos citados en el visto;
Por ello:
El Subsecretario de Ingresos Públicos a/c de la Dirección General de Rentas R E S U E LV E :
1.- Prorrógase la entrada en vigencia de las Resoluciones N 098/05 y 104/05 del registro de esta Dirección General hasta el día 05 de febrero de 2.005.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/04/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha20/04/2005

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1910

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/04/2024

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