Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/06/2003

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Ministerio de Gobierno y el Sr. Eduardo José TOMASINI L.E. N 06.294.247, CUIL N 2306294247-9, a partir del 1 de febrero de 2003 y hasta el 31 de diciembre de 2003 para cumplir servicios en la Secretaría de Estado de Trabajo - como Delegado de Trabajo en la Delegación Zona Atlántica con sede en San Antonio Oeste - dependiente del Ministerio de Gobierno.
Artículo 2.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios equivalente a la categoría 01 del Agrupamiento Administrativo Ley 1844.
Artículo 3.- Proceder a la reserva interna en la Jurisdicción 17 Programa 24.00.00.01, Partidas 121 $ 689,04 , 122 $ 471,50 , 123 $ 287,54, 124 $ 155,19, 125 $ 121,94 , 126 $ 2106,50 y 127 $ 87,17 para atender las erogaciones resultantes.
Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobiemo.
ARTICULO 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
VERANI.- E.J. Rodrígo.
En la ciudad de Viedma, entre el Ministerio de Gobierno, representado en este acto por su titular, Cr.
Esteban Joaquín RODRIGO D.N.I. N 7.399.544, con domicilio legal en calle Laprida 212 de la ciudad de Viedma, por una parte, en adelante EL ORGANISMO
y el señor Eduardo José TOMASINI L.E. N
06.294.247, CUIL N 23-06294247-9 con domicilio en calle General Roca N 1062 8521 Las Grutas R.N., por la otra, en adelante EL
CONTRATADO, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATADO prestará sus servicios bajo relación de dependencia en la Secretaría de Estado de Trabajo - dependiente del Ministerio de Gobierno.SEGUNDA: El CONTRATADO percibirá como retribución por sus servicios una remuneración mensual equivalente a la categoría 01 del Agrupamiento Administrativo de acuerdo a los montos establecidos en la Ley de Remuneraciones vigente, con las bonificaciones por:
título, antiguedad y salario familiar, y las demás que pudieran corresponderle.TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del 1 de febrero de 2003 y hasta el 31 de diciembre de 2003.CUARTA: El CONTRATADO percibirá además las asignaciones correspondientes en concepto de sueldo anual complementario, subsidio familiar, conforme las prescripciones vigentes, viático y toda otra compensación, inclusive los incrementos de sueldo que fueren otorgados en forma general por la Administración Pública Provincial.QUINTA: El CONTRATADO quedará comprendido dentro del régimen de licencia instituido en la Ley 3487 incisos a, b, c, d y e de los artículos 27 y 42, y gozará de los derechos establecidos en los incisos b, d, f, g, h, i, j, k, I y n del artículo 11
de acuerdo al Art. 92 de dicha Ley.SEXTA: La retribución de El CONTRATADO
estará sujeta a los descuentos jubilatorios y cargas sociales establecidas por la Ley 2753 del I.PRO.S.S. y sus modificatorias.SEPTIMA: El CONTRATADO queda sometido a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca El ORGANISMO
comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá
BOLETIN OFICIAL N 4108
derecho a la estabilidad, ni a la carrera administrativa que establecen las normas legales en vigencia para los empleados públicos provinciales.OCTAVA: Las partes podrán rescindir, sin causa alguna, el presente contrato sin que ello implique reconocimiento de indemnización alguna entre los contratantes, dando aviso fehaciente de la rescisión con treinta 30 días de anticipación.NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes de este contrato, las partes constituyen domicilio en los ut-supra indicados, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma.En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de Ley y cada parte recibe el suyo en este acto.oOo DECRETO Nº 629
Viedma, 12 de junio del 2003.
Visto, el expediente nro. 39512-J-03, del Registro de la Jefatura de Policía y el Decreto nro. 1642/
99, y CONSIDERANDO:
Que mediante dicha norma legal se reglamenta el artículo 60 de la Ley n 3186 relativo al funcionamiento, administración, rendición y aprobación del manejo de los fondos permanentes y caja chica.
Que la Institución Policial cuenta con un fondo permanente denominado "Combustibles y Lubricantes flota vehículos policía de Río Negro", instituido por un importe de PESOS CIENTO OCHENTA MIL $
180.000,00.
Que resulta necesario adecuar el fondo a las exigencias operativas de la Institución y permitiendo a los Jefes de Unidades Policiales contar con una herramienta ágil y transparente, que le permita afrontar el gasto que demanda el funcionamiento en general del parque automotor policial.
Que a los efectos de reducir costos, dar agilidad y transparencia al manejo del fondo asignado a las distintas Unidades Policiales, resulta necesario modificar la denominación y el monto establecido en los apartados I y II inciso c del artículo 7 del Decreto 1642/
99.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Modíficase el artículo 7 del Decreto N 1642 del nueve de Diciembre del año mil novecientos noventa y nueve que quedará redactado de la siguiente forma: ARTICULO 7.- En la Administración Central y los Organismos Descentralizados, se podrán asignar fondos permanentes y cajas chicas cuya denominación y monto se detallan:
Apartado 1 - Fondos Permanentes:
a Gastos de funcionamiento.
b Gastos de comedores escolares.
c Mantenimiento y funcionamiento flota vehículos policía de Río Negro.
d Asistencia social a personas.
Apartado 2 - Fíjase como montos máximos para los fondos permanentes los siguientes importes:
a hasta el importe de $
50.000,00
b hasta el importe de $
40.000,00
c hasta el importe de $ 300.000,00
d hasta el importe de $
40.000,00
Apartado 3 - Fijase como monto máximo para caja chicas el diez por ciento 10% del Apartado 2-a.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y de Economía.
Artículo 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.
VERANI.- E.J. Rodrígo.- J.L. Rodríguez.-

Viedma, 23 de Junio del 2003

DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 542.- 28-05-03.- Declarando operada la transferencia de dominio a favor de la Comisión de Fomento de la localidad de Comicó en un todo de acuerdo al artículo 92 de la Ley n 3186, del terreno propiedad de éste Consejo Provincial de Educación designado como Parcela 3, Manzana 111 del Paraje Prahuaniyeu, Sección VI, Departamento 9 de Julio, cuya Nomenclatura Catastral es 24-1-B-111-03, inscripto en el Registro de la Propiedad en la Matrícula 24.202, con todo lo edificado y adherido al suelo. Expte. Nº 128.445-P-01.DECRETO Nº 614.- 09-06-03.- Aceptando a partir del 31 de enero de 2003, la renuncia presentada por el Sr. Eduardo José TOMASINI L.E. N 06.294.247, al cargo que venía cumpliendo con carácter AdHonorem en la Secretaría de Estado de Trabajo, como responsable de la Delegación Zonal de Trabajo Zona Atlántica con sede en San Antonio Oeste, dependiente del Ministerio de Gobierno.
DECRETO Nº 618.- 11-06-03.- Aceptando a partir de la fecha del presente decreto la renuncia al cargo de Fiscal de Estado Adjunto, presentada por el Dr.
Sergio Gustavo CECI D.N.I. N 18.277.214.
DECRETO Nº 619.- 11-06-03.- Aceptando a partir de la fecha del presente decreto, la renuncia al cargo de Secretario General de la Fiscalía de Estado, presentada por el Dr. Julio Fernando ORTIZ D.N.I.
N 18.551.939.
DECRETO Nº 620.- 11-06-03.- Designando a partir del de la fecha del presente decreto, como Fiscal de Estado de la Provincia de Río Negro al Dr. Sergio Gustavo CECI D.N.I. N 18.277.214.
DECRETO Nº 621.- 11-06-03.- Designando a partir del de la fecha del presente decreto, como Fiscal de Estado Adjunto al Dr. Julio Fernando ORTIZ D.N.I.
N 18.551.939.
DECRETO Nº 622.- 11-06-03.- Aceptando la renuncia al cargo que ostenta en la Repartición Policial, a partir del 16 de MAYO de 2003, al Oficial Inspector del Agrupamiento Profesional Escalafón Sanidad FERNANDO LUIS ALLEMANDI, D.N.I. N
18.529.879, Clase 1.967, Legajo N 7371. Expte.
Nº 42245-C-03.DECRETO Nº 623.- 11-06-03.- Creando una vacante categoría 10 del Agrupamiento Profesional de la Ley 1844, en el Programa 71.11.00.00.03. Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Administrativo, categoría 06 de la misma Ley. Reubicado a partir de la fecha, al agente Guillermo Raúl Baver D.N.I. Nº 21.427.353Legajo Nº 680.662/7, en la vacante creada en el Artículo anterior, conforme lo dispuesto en los artículos 39 Anexo II de la Ley Nº 1844 y 3 del Decreto Ley Nº 1899. Expte. Nº 94.822-G-02.DECRETO Nº 624.- 12-06-03.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Un mil quinientos $ 1.500,00, a favor de la Asociación Bomberos Voluntarios de Ingeniero Jacobacci, Personería Jurídica otorgada por Decreto Nro. 2173/
87, destinado a solventar gastos de pago compra de cubiertas y reparación de vehículos de dicho Cuerpo.
Expte. Nº 32054-G-03.DECRETO Nº 625.- 12-06-03.- Designando Escribano Adscripto al Registro Notarial N 4 con asiento en la ciudad de General Conesa, al Escribano Nicolás Federico van KONIJNENBURG DNI N
26.428.725.- Expte. Nº 31950-G-03.DECRETO Nº 626.- 12-06-03.- Otorgando a la Comisión de Fomento de AGUADA DE GUERRA, un aporte no reintegrable de Pesos Quince mil $
15.000,00, que serán destinados a gastos de combustibles, lubricantes, repuestos y posibles reparaciones de los camiones Ford 600 patente B.G.43131, Mercedes Benz TYK 294, Ford 600 P.O. N 2394 y camión V 1218260. Expte. Nº 32077-C-03.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/06/2003

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha20/06/2003

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1912

Primera edición03/01/2002

Ultima edición09/05/2024

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