Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/12/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 4051

sujeta a aprobación judicial. Las deudas tributarias se darán a conocer en el momento del acto y serán solventadas del producido de la subasta. El bien podrá revisarse en horario de tarde comunicándose previamente con el Martillero al Tel. 1558-8586. San Carlos de Bariloche, 22 de Noviembre de 2002. Fdo. Dr. Manuel J. Cafferata, Secretario.
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ACORDADAS

Provincia de Río Negro SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
Acordada Nº 106
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 15 días del mes noviembre de año dos mil dos, reunidos en Acuerdo los Sres. Jueces del Superior Tribunal de Justicia, y CONSIDERANDO:
Que el ordenamiento jurídico nacional ha tenido sustanciales modificaciones desde el segundo semestre del año anterior, siendo conveniente la mayor información e intercambio de criterios sobre el nuevo derecho económico argentino realizar una reunión obligatoria y exclusiva con los Sres Jueces de Cámara y de Primera Instancia del fuero Civil, Comercial y de Minería de toda la Provincia.
Por ello, El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia R E S
UELVE:
1.- Convócase a todos los Sres Jueces de Cámara y de Primera Instancia del fuero Civil, Comercial y de Minería de las cuatro Circunscripciones Judiciales a un seminario taller sobre el nuevo derecho económico en la Argentina, que se realizará en General Roca el día jueves 12 y viernes 13 de diciembre de 2002.
2.- La citada reunión tendrá carácter obligatorio y exclusivo para los Sres Magistrados del fuero Civil, Comercial y de Minería de toda la Provincia, a partir de las 09:00 hs. del jueves 12.
3.- La Superintendencia del fuero Civil de la 2da. y 4ta. Circunscripción Judicial tendrán a su cargo la organización del Seminario Taller.
4.- Los Sres Magistrados que tengan interés en proponer cuestiones u otros asuntos a considerar en el seminario taller, deberán hacerlo saber a las responsables de la organización y coordinación antes del 02/12/02.Se observarán los siguientes lineamientos:
a Cuestiones de carácter contractual u obligacional entre particulares.
b Criterios de restablecimiento de la ecuación económica de los contratos y otras obligaciones:
esfuerzo compartido, reglas de equidad e imprevisión en los efectos de las convenciones.
C.E.R., intereses y otros sistemas de repotenciación de los créditos u obligaciones dinerarias.
c Créditos y obligaciones en divisas monedas extranjeras. Pesificación.
d Relaciones bilaterales entre los bancos y sus clientes ahorristas, depositantes, deudores, etc..
e Relaciones bilaterales entre empresas de servicios públicos y usuarios. Derechos de los usuarios y los consumidores.
f Caso fortuito y fuerza mayor.
g Daños y perjuicios.
h Relaciones entre particulares frente a la "emergencia pública" "corralito", "corralón", suspensión de ejecuciones y otros juicios, etc..
5.- La coordinación del Seminario Taller, en relación a lo dispuesto en el punto. 4to. estará a cargo del Sr.
Juez Dr. Víctor Hugo Sodero Nievas.
6.- Suspéndense los plazos procesales en las causas del fuero Civil, Comercial y de Minería de toda la Provincia los días jueves 12 y viernes 13 de diciembre de 2002, sin perjuicio de los actos procesales que se cumplan.

7.- Regístrese, comuníquese, tómese razón y oportunamente archívese.
Luis A. Lutz, Presidente Subrogante - Víctor Hugo Sodero Nievas, Juez.- Ante mí: Stella Latorre, Secretaria de Superintendencia, S.T.J.
oOo Acordada Nº 107
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 22 días del mes de noviembre del año dos mil dos, reunidos en Acuerdo los Sres. Jueces del Superior Tribunal de Justicia, y CONSIDERANDO:
Que la ley 3696 ha modificado el Art. 5 de la Ley 2430, creando la Cuarta Circunscripción Judicial.Que dicha ley ha unificado, a partir del 1 de febrero de 2003, las Cámaras 1ra. y 2da. del Trabajo y en lo Civil, Comercial, de Familia y Sucesiones, la que se denominará "Cámara Laboral, de Apelaciones y en lo Contencioso Administrativo de Cipolletti", facultando a este Superior Tribunal de Justicia a reasignar las causas actualmente a cargo de la cámara 2da. del Trabajo y Apelaciones Civil y Comercial, Familia y Sucesiones de Cipolletti, a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de General Roca en los términos fijados en su Art. 5, es decir, con retroactividad al 16 de septiembre de 2002 y con vigencia exclusivamente hasta el 31 de enero de 2003.Que a fin de posibilitar que la citada Cámara 2da.
Se adecúe a la nueva organización, resulta necesario hacer uso de la facultad otorgada por el Art. 5 de la ley 3696 reasignando las causas del modo establecido por dicha norma.Que como consecuencia de ello, razones de celeridad y economía procesal hacen necesario que la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de General Roca continúe entendiendo y resuelva en todos los recursos concedidos hasta el 31 de enero de 2003.Por ello, El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia RESUELVE:
1.- Reasignar las causas de los apartados a y b del inc. 1 del art. 50 de la ley 2430, actualmente a cargo de la Cámara 2da. del Trabajo y Apelaciones Civil y Comercial, Familia y Sucesiones de Cipolletti, a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de General Roca, con retroactividad al 16 de septiembre de 2002 y con vigencia exclusivamente hasta el 31 de enero de 2003. La Cámara de Apelaciones de General Roca continuará entendiendo y resolverá en todos los recursos cuya fecha de concesión sea anterior al 1 de febrero de 2003.2.- Se deberán adoptar los recaudos desde la Dirección de Informática Jurídica para poner en vigencia la aplicación del sistema Lex-Doctor a partir del 1 de febrero de 2003 en la Cuarta Circunscripción Judicial.3.- Regístrese, comuníquese, tómese razón y oportunamente archívese.
Luis A. Lutz, Presidente Subrogante - Víctor Hugo Sodero Nievas, Juez.- Ante mí: Stella Latorre, Secretaria de Superintendencia, S.T.J..oOo
SECCION COMERCIO
INDUSTRIA
Y ENTIDADES CIVILES

ESTATUTOS SOCIALES, CONTRATOS, ETC.

BOMFRUT - S.R.L.
El Juez a cargo del Registro Público de Comercio, de General Roca, Dr. Richar Gallego, ordena en autos:
Bomfrut SRL. s/Inscripción de Contrato que se tramita por Expte. Nº 287-RPC-02, la publicación por un día del siguiente edicto: Se comunica por el término de ley
Viedma, 05 de Diciembre del 2002
que con fecha 6 de noviembre del 2002, los Sres. Mario Alfredo Espinosa, nacido el 8/08/1941, argentino, profesión empresario, DNI. Nº 4.583.252, con domicilio en Bélgica Nº 1963; Miguel Angel Espinosa, nacido el 25/12/1942, argentino, profesión empresario, L.E. Nº 4.590.934, con domicilio en Bélgica Nº 1963; Rodolfo Christian González, nacido el 15/09/1971, argentino, profesión contador público, DNI. Nº 22.139.665, con domicilio en San Martín Nº 1250; Adriana Iribarne de Frank, nacida el 14/06/1953, argentina, docente, DNI.
Nº 10.660.556, con domicilio en Gadano Nº 152, todos de la ciudad de General Roca, han constituido una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que girará con la denominación Bomfrut SRL y domicilio en calle Gadano Nº 152, de la ciudad de General Roca.Duración: Noventa y nueve 99 años.- Objeto: Realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades:
Comercializar, comprar, vender, elaborar, depositar, importar, exportar, industrializar, distribuir alimentos, productos y subproductos derivados de frutas y/o hortalizas. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar toda clase de actos civiles o comerciales, y tendrá capacidad legal para otorgar y ejecutar dichos actos jurídicos, de acuerdo a lo previsto por las leyes y este contrato.- Capital Social: Veinte mil pesos $
20.000.- Dirección y Administración: Será ejercida por uno o más gerentes, socios o no. La firma del gerente, y en caso de gerencia de más de una persona, la firma indistinta de cualquiera de ellas, obligarán a la sociedad.Desempeñarán sus funciones por un lapso de tres años.Los socios gerentes y/o los gerentes designados tendrán todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad.
En el acto de constitución se designa gerente al Sr.
Rodolfo Federico Frank, L.E. Nº 7.572.776.Fiscalización: Será efectuada por los socios.- Ejercicio Social: Cierra el día 31 de mayo de cada año.- General Roca, noviembre del 2002.- Virginia Barresi de Pesce, Secretaria.
oOo DAVOS S.R.L.
El Dr. Jorge A. Serra, Juez a cargo del Registro Público de Comercio de San Carlos de Bariloche, ordena la publicación del siguiente Edicto correspondiente a la inscripción de la Cesión de Cuotas Sociales, de la razón social Davos S.R.L., de conformidad con lo prescripto por el artículo 10 de la Ley 19.550. Socio Cedente:
Carlos Otto Frei, argentino, nacido el 13 de Mayo de 1944, comerciante, con Libreta de Enrolamiento Nº 7.398.988, casado en primeras nupcias con doña Dora Antonia Iglesias, con domicilio en Avenida San Martín Nº 662, sexto piso, de ésta ciudad. Socio Cesionario:
Christian Otto Frei, argentino, comerciante, nacido el 23 de noviembre de 1973, con DNI. Nº 23.686.674, soltero, con domicilio en Avenida San Martín Nº 662, sexto piso, de ésta ciudad. Fecha Constitución Instrumento: 09 de agosto del año 2002. Cuotas Cedidas:
El Sr. Carlos Otto Frei, cede y transfiere a favor de Christian Otto Frei, las cincuenta y dos 52 cuotas sociales que tiene y le corresponden en la razón social Davos S.R.L.. Inscripción de la Razón Social: Davos Sociedad de Responsabilidad Limitada, inscripta en el Registro Público de Comercio de la III Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en esta ciudad, bajo el Número 752, Folio 72, Libro III, Tomo IV, con fecha 29 de abril de 1987; y sus posteriores Cesiones de Cuotas inscriptas en el mismo Registro Público de Comercio, bajo el número 1413, Folio 91, del Libro III, Tomo VII, con fecha 13 de diciembre de 1993, bajo el Número 1520, Folio 09 del Libro III, Tomo VIII, con fecha 07 de noviembre de 1994; y bajo el número 1903, al Folio 27, del Libro III, Tomo X, con fecha 03 de abril de 1998, respectivamente. Precio de la Cesión: Un Peso $ 1,00. Consentimiento del otro Socio a la Cesión: La Sra. Dora Antonia Iglesias, argentina, notarias, nacida el 13 de junio de 1942, con Libreta Cívica Nº 6.631.215, casada, con domicilio en Avenida

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/12/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha04/12/2002

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones1911

Primera edición03/01/2002

Ultima edición06/05/2024

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