Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/04/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, Abril del 2002

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SUPLEMENTO

DECRETO Nº 248
Viedma, 27 de marzo del 2002.
Visto, el Expte. N 56282-DGA-BO-02 del Registro del Ministerio de Coordinación, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la readecuación de los precios referenciales que la Empresa Patagonia Gráfica S.A. debe observar para presupuestar la provisión de bienes y prestación de servicios que se llevaban a cabo en los ex Talleres Gráficos de la Provincia de Río Negro, la impresión del Boletín Oficial y su suplemento; y los trabajos de impresión, encuadernación, provisión de papel continuo y todo otro de tipo gráfico que le sea requerido por la Administración Pública Central, Organismos Descentralizados, Autárquicos, Empresas del Estado, Sociedades Anónimas, Empresas con participación estatal mayoritaria y/o cualquier otra dependencia del Estado Provincial; de conformidad con lo establecido en el Art. 1 del Contrato de Concesión de aquellos servicios, aprobado mediante Decreto N 714/99;
Que a fs. 1 de trámite de la referencia obra Nota N 32/2002 del Subdirector del Boletín Oficial donde solicita que la Comisión Administradora del Boletín Oficial y Fiscalizadora del Boletín Oficial modifique los precios referenciales de acuerdo con las facultades al respecto estipuladas en el Art. 42 del Contrato de Concesión descripto;
Que fundamenta tal solicitud en que a partir de la sanción de la Ley N
25.561 de Emergencia Pública Nacional y Reforma del Régimen Cambiario modificatoria de la Ley N 2.3928 de Convertibilidad, se registra un movimiento en los precios internos mayoristas y minoristas conforme a la cotización en el mercado libre de cambio de la divisa estadounidense;
Que en relación con la fijación de los precios referenciales a los que alude el Art.
42 del citado convenio, los mismos sólo podrían ser modificados en más o en menos cuando el insumo de papel o producto de papel sufriese una variación en más o en menos del 10%, de acuerdo con el Índice de Precios Internos al Por Mayor publicados por el I.N.D.E.C.;
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo citado en el considerando anterior, es responsabilidad de la Comisión Administradora del Boletín Oficial y Fiscalizadora de los Talleres Gráficos listar nuevamente los precios de referencia;
Que atento las circunstancias descriptas, dicho mecanismo contractual resulta no operativo. En primer lugar, porque en el marco de la inflación registrada los indicadores son de aplicación "ex-post", mientras que los precios de los insumos varían conforme varía la divisa norteamericana, provocando un importante desfinanciamiento para la empresa y en segundo lugar porque en la canasta de bienes que conforma el IPIM sólo se registra la variación del papel obra, mientras que los productos involucrados suman una variedad de ochenta y cuatro, variando en ellos la composición de insumos y tecnología, quc minimiza en la mayoría de los casos la incidencia de ese único insumo;
Que de los fundamentos normativos y contractuales descritos surge la procedencia de la reformulación de la Cláusula 42 del Contrato de Concesión involucrado, la cual se ha plasmado mediante el Acta Complementaria obrante a fojas 58 de las actuaciones referenciadas en el Visto del presente, siendo necesario proceder a su ratificación;
Que han tomado debida intervención la Fiscalía de Estado y la Contaduría General de la Provincia.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E TA :
Artículo 1.- Ratifícase en todos sus términos el Acta Complementaria del Contrato de Concesión de los Talleres Gráficos que como Anexo Unico forma parte del presente.
Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Coordinación.
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial, cumplido, archívese.
VERANI.- G. A. Martínez.

ACTA COMPLEMENTARIA
CONVENIO DE TERCERIZACION
DE LOS TALLERES GRAFICOS
Entre la Provincia de Río Negro, Representada en este acto por el Sr. Secretario de Estado de la Secretaría General Administrativa y de Control de Gestión, Dn Carlos Bravo, con domicilio en la calle Laprida N 212, de la ciudad de Viedma por un lado y La Empresa Patagonia Gráfica S.A., con domicilio en calle Gemes N 66, de Viedma, representada en este acto por el Sr. Ricardo Frican, en su carácter de Presidente del Directorio, por la otra, convienen en celebrar la presente Acta Complementaria del Contrato de Concesión oportunamente firmado y ratificado por Decreto N 714/99, conviniendo la modificación del artículo N
42, del Capítulo XI - REGIMEN TARIFARIO Y ECONOMICO, el que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTICULO 42. Modificación de los precios de referencia y valores tarifados.
Los valores tarifados y precios de referencia de los productos comercializados por la empresa, sólo podrán ser modificados en más o en menos cuando se verifique en la plaza local una variación en más o en menos del 10%. Una vez verificada la variación por debajo o por encima del límite establecido precedentemente será responsabilidad de la Comisión listar nuevamente los precios de referencia.
Toda modificación deberá estar debidamente justificada en análisis e informes técnicos, económicos, financieros y legales previos y en prueba de los hechos, actos y sus consecuencias, que hayan dado lugar a la misma.
En la ciudad de Viedma, a los veintisiete días del mes de Marzo del año 2002
y en prueba de conformidad se firman los ejemplares de Ley, recibiendo en este acto cada parte el suyo para su fiel cumplimiento.
Carlos E. Bravo, Secretario de Estado de la Secretaría Gral. Administrativa y de Control de Gestión del Ministerio de Coordinación.- Ricardo E. Frican Presidente de Patagonia Gráfica S.A.
oOo
Provincia de Río Negro Ministerio de Coordinación DIRECCION DE BOLETIN OFICIAL
Resolución Nº 001/2002
Viedma, 02 de Abril de 2002.
Visto, las Leyes 3.135 y 3.252, el convenio firmado entre la Secretaría General de la Gobernación y Patagonia Gráfica S. A., y el Decreto Nº 714/99.
CONSIDERANDO:
Que en el Artículo 10 de la Ley 3.135 se señala que la Contaduría General de la Provincia implementará un sistema de precios testigo para dictaminar sobre la razonabilidad del precio;
Que a la firma del convenio entre la Secretaría General y la empresa Patagonia Gráfica S. A. aún no se encuentra en funcionamiento el mencionado sistema;
Que la Comisión Administradora del Boletín Oficial deberá certificar la razonabilidad de los precios de los trabajos que realiza la empresa a las demás reparticiones del Gobierno Provincial y para ello es necesario contar con precios referenciales para los distintos productos;
Que se decidió elaborar un listado de precios referenciales hasta tanto la Contaduría General de la Provincia implemente el sistema de precios testigos, según consta en el Artículo 57º del convenio firmado entre la Secretaría General de la Provincia y Patagonia Gráfica S. A.;
Que los mismos surgen del análisis de costos realizado conjuntamente con el titular de la Empresa Patagonia Gráfica S. A., llegándose a la conclusión que los precios de referencia están de acuerdo a los valores de mercado;
Que corresponde aprobar los precios de referencia, para los productos e insumos terminados para el ámbito de la Administración Pública Provincial, Organismos Autárquicos, Desconcentrados, Descentralizados, Empresas del Estado, Sociedades Anónimas y todas aquellas empresas en las cuales el Estado tenga participación mayoritaria, o en formación de las decisiones societarias y cualquier otra dependencia del Estado Provincial.
Por ello, La Comisión Administradora del Boletín Oficial R E S U E LV E :
Artículo 1º.- Aprobar los Precios de Referencia que regirán para los productos e insumos elaborados y puestos a la venta para los Organismos de la Administración Pública Provincial, en un todo de acuerdo a las planillas anexas a la presente Resolución.Art. 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y Archívese.

Gloria Iris Giraldi Comisión Administradora Dirección Boletín Oficial
Francisco Humberto Franzó Comisión Administradora Dirección Boletín Oficial
Carlos Ernesto Bravo Comisión Administradora Dirección Boletín Oficial
Julio Tomás Gironde Comisión Administradora Dirección Boletín Oficial

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/04/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha05/04/2002

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones1910

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/04/2024

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