Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 10/1/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 5, miércoles 10 de enero de 2024

En Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de diciembre de 2023, siendo las 13:00 horas, reunidas las personas al margen referenciadas en su condición de miembros de la comisión negociadora del Convenio Colectivo provincial del Sector de la Construcción, convocada al efecto de fijar la jornada laboral anual para el año 2024, en cumplimiento y para la aplicación del artículo 71 del VII Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción; adoptan por unanimidad, los siguientes:
ACUERDOS
1. Que a tenor de lo previsto en el precepto convencional indicado y de acuerdo al párrafo anterior, la jornada compensable será de noventa y seis 96
horas, para adecuarlas a las mil setecientas treinta y seis 1.736 horas previstas en el Convenio Colectivo General para el 2024, lo que equivale a 12 días laborales, que serán compensados a razón de Salario Base y Plus de Asistencia.
2. Que, a tal propósito, las partes convienen en fijar, para su efectiva compensación, un total de 6 días en fechas concretas, y los 6 días restantes a compensar según los criterios que se indican a continuación; a saber:
Fijar como días no laborales y compensados a razón de Salario Base y Plus de Asistencia, los días: 5 de enero, 12 de febrero, 31 de mayo, 16 de agosto, 24
y 31 de diciembre.
Que, restando 6 días, compensables a estos efectos, a razón de Salario Base y Plus de Asistencia, se conceden como días libres cuya concreta determinación tendrá lugar, bien preavisando con al menos 72 horas al empresario para su disfrute, o bien añadiéndolos a sus vacaciones anuales. Como excepción a esta regla, las partes convienen que estos días no podrán ser disfrutados acumulándolos a otros días festivos, excepto cuando exista pacto expreso en contrario entre la empresa y los/as trabajadores/as.
No estará en ningún caso prohibida, ni limitada en modo alguno, la acumulación de estos días al fin de semana sábados y domingos, bien con disfrute coincidente con un viernes, o bien con un lunes.
Para los/as trabajadores/as cuyo contrato de trabajo finalice antes del 31 de diciembre de 2024, les serán compensados mediante su abono en sus respectivas liquidaciones, en la parte proporcional que corresponda.

347

Además, las empresas y los representantes de los/as trabajadores/as podrán distribuir los días indicados en este pacto en días diferentes a los referidos, debiendo en tal caso quedar expuestos en el calendario laboral de las mismas, o en acuerdo posterior que deberá ser registrado en la Dirección General de Trabajo.
Para el subsector de Comercio de la Construcción, y ante las dificultades que los mismos puedan tener, por las circunstancias de su actividad, para el disfrute de los 12 días laborales distribuidos a lo largo del año, se acordarán los correspondientes días libres, bien preavisando con al menos 72 horas al empresario para su disfrute, o bien añadiéndolos a sus vacaciones anuales. Para los/as trabajadores/as de este subsector cuyo contrato finalice antes del 31 de diciembre de 2024, les serán compensados mediante su abono en sus respectivas liquidaciones, en la parte proporcional que corresponda.
3. Que, el presente acuerdo entra en vigor desde el momento de la firma, independientemente de la fecha en la que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia BOP.
4. Las partes acuerdan autorizar a doña María Salud Gil Romero para realizar cuantas gestiones y actuaciones sean precisas para la inscripción de este Acuerdo en los Registros de la Autoridad Laboral competente.
Y, sin más asuntos que tratar, en muestra de su conformidad, lo ratifican y firman, en el lugar y fechas indicados ut supra.
1.044

Dirección General de Trabajo Servicio de Promoción Laboral Las Palmas ANUNCIO
94
Resolución de 2023 de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia el Depósito de la Modificación de los Estatutos de la Asociación Empresarial denominada ASOCIACIÓN DE
EMPRESAS MERCANTILES DE LA ZONA
COMERCIAL MESA Y LÓPEZ - ASOCIACIÓN
MESA Y LÓPEZ-, NIF G35388438, con número de Depósito 35000009 antiguo número de Depósito 35-707.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 10/1/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

PaísEspaña

Fecha10/01/2024

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones2975

Primera edición01/01/2001

Ultima edición06/05/2024

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