Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 11/4/2022

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

4374

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 43, lunes 11 de abril 2022

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
EXCMO. CABILDO INSULAR
DE FUERTEVENTURA
Consejería de Presidencia, Planificación, Hacienda y Promoción Económica ANUNCIO
868
Jéssica Carmen de León Verdugo, ConsejeraSecretaria del Consejo de Gobierno del Excmo.
Cabildo Insular de Fuerteventura, de la provincia de Las Palmas, CERTIFICA
Que por el Consejo de Gobierno Insular de esta Corporación ha sido adoptado, en fecha 4 de abril de 2022, entre otros, el siguiente acuerdo, que literalmente dice:
5. PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL
EXCMO.
CABILDO
INSULAR
DE
FUERTEVENTURA Y DE SUS ORGANISMOS
AUTÓNOMOS. REFERENCIA: 2022/00003682N.
ACUERDOS QUE PROCEDAN.
Vista la propuesta firmada el 31.03.2022 por la Técnica de Administración Especial, doña Noemí de León Matoso y la Consejera de Área Insular de Presidencia, Economía, Hacienda, Promoción Económica y Sostenibilidad Medioambiental, doña Dolores Alicia García Martínez, y que transcrita servirá de motivación al presente acuerdo:
Servicio de Innovación, Calidad y Organización.
Expediente: Plan de Medidas Antifraude.
Referencia: NLM.
PRIMERO. Considerando que el Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020 la creación del programa NextGenerationEU NGEU, un instrumento de estímulo económico en respuesta a la crisis causada por el coronavirus, desarrollado conforme al Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia MRR regulado en el Reglamento UE 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, que constituye el núcleo de este Fondo de Recuperación.

SEGUNDO. Visto el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia PRTR aprobado por el Gobierno español, compuesto por cuatro ejes transversales transición ecológica, transformación digital, cohesión social e igualdad de género articulados en 10 políticas palanca a su vez desglosadas en treinta componentes que permiten diseñar los programas de inversiones y reformas del PRTR.
TERCERO. Teniendo en cuenta que para participar en la ejecución del PRTR, las Administraciones Públicas deben amoldar sus procedimientos de gestión y control a lo establecido en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, indicando éste en su artículo 1 que tiene por objeto establecer las disposiciones generales precisas para facilitar la programación, presupuestación, gestión y ejecución de las actuaciones financiables con fondos europeos, en especial los provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación, aprobado por el Consejo Europeo del pasado 21 de julio de 2020 con la finalidad de impulsar el crecimiento económico y la creación de empleo, recuperar y reparar los daños de la crisis ocasionada por la pandemia del SARS-CoV-2, y promover un proceso de transformación estructural mediante el impulso de la inversión pública y privada y el apoyo al tejido productivo, la aceleración de la doble transición ecológica y digital, y el refuerzo y aumento de la resiliencia y de la cohesión económica, social y territorial en el marco del mercado único europeo, siendo de aplicación, según lo dispuesto en su artículo 2, a las entidades que integran el sector público de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1
de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
CUARTO. Considerando el contenido de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dado que es desarrollo directo de las previsiones del Real Decreto 36/2020
y del Reglamento UE 2021/241, de 12 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, concretamente el artículo 6.1. recoge que Con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones que el artículo 22 del Reglamento UE 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, impone a España en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión como beneficiario de los

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 11/4/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

PaísEspaña

Fecha11/04/2022

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones2979

Primera edición01/01/2001

Ultima edición06/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2022>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930