Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 19/7/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 86, lunes 19 de julio 2021

Encausado: DON KHADIM KEINDE. Perjudicado:
NIKE INNOVATE C.V. Abogado: DON LEOPOLDO
JOSÉ UMPIÉRREZ PACHECO. Procurador: DON
PEDRO EUGENIO CRUZ MARTÍNEZ.
Doña Rita María González Vega, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Penal Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria.

FALLO: Debo condenar y condeno a DON KHADIM
KEINDE como autor de un Delito de contra la Propiedad Industrial, previsto y penado en el artículo 274.2 y 3 párrafo segundo del C.P., sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, a la pena de prisión de TREINTA Y TRES
DÍAS DE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA
COMUNIDAD.

HACE SABER: Que en virtud de lo acordado en resolución dictada en el Procedimiento Ejecutoria Penal /Expediente de Ejecución 0000251/2021 que se sigue en este Juzgado contra DON KHADIM
KEINDE representado por el Procurador DON PEDRO
EUGENIO CRUZ MARTÍNEZ se proceda a la publicación de la presente resolución
Debo condenar y condeno a DON KHADIM
KEINDE a abonar a la entidad Nike Innóvate CV el importe de CIENTA CUARENTA Y DOS EUROS
CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO
142,31 euros, con aplicación de los intereses del artículo 576 de la LEC.

SENTENCIA

Debo condenar y condeno a DON KHADIM
KEINDE al pago de las costas procesales.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de mayo de 2021.
Vista por mí, Juan Gallego Ortiz, Juez del Juzgado de lo Penal Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria, en juicio oral y público la presente causa del Procedimiento Abreviado número 3/2021 instruida por el Juzgado de Instrucción Número Tres de San Bartolomé de Tirajana, con el Procedimiento Abreviado número 1.304/2018, por el presunto Delito contra la Propiedad Industrial, contra DON KHADIM KEINDE, natural de NGUÍDELE SENEGAL, con domicilio en Torrevieja, con NIE número Y41..8F, en la que son parte el Ministerio Fiscal, en ejercicio de la acción pública, y el encausado de anterior mención, representado por DON PEDRO EUGENIO CRUZ MARTÍNEZ y defendido por DON LEOPOLDO JOSÉ UMPIERREZ
PACHECO.

Debo acordar y acuerdo la destrucción de los efectos intervenidos así como la publicación de la presente resolución en periódicos oficiales conforme al artículo 288 C.P.
La presente Sentencia es Firme. Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las demás partes procesales.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo, Juan Gallego Ortiz, Juez del Juzgado de lo Penal Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA.
130.672

Franqueo
BOLETÍN OFICIAL

concertado
DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS

23/1

GOBIERNO DE CANARIAS

Año XCVI

Lunes, 19 de julio de 2021

Número 86

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 19/7/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

PaísEspaña

Fecha19/07/2021

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones2975

Primera edición01/01/2001

Ultima edición06/05/2024

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